Pacto de futuro
El decreto ley sobre teletrabajo permite estimular una producción más flexible
El Consejo de Ministros aprobó este martes un decreto ley para regular el teletrabajo cuya importancia no puede minusvalorarse. De entrada, se ha conseguido con el acuerdo total de las fuerzas sociales concernidas por la aplicación de este modo de trabajo, que se ha multiplicado por tres durante la pandemia. El Ministerio de Trabajo está consiguiendo firmar acuerdos sociales que a otros Gobiernos se les resistían y ha involucrado a empresarios y sindicatos en una rutina negociadora que debería ser un ejemplo para otros ámbitos de la vida pública, como el político. El texto legal se sostiene además sobre criterios que son asumibles por todos y, lo que es más importante, pueden entenderse sin problemas por los afectados. Esos criterios son: la actividad del teletrabajo es voluntaria y reversible, las empresas tendrán que correr con los costes de los suministros necesarios para que los trabajadores puedan ejercer su labor desde casa y los derechos de quienes producen en su hogar son los mismos que los que benefician a los trabajadores presenciales.
Es importante, además, que se haya llegado a un acuerdo sobre un punto tan disputado como es aclarar qué se entiende por teletrabajo. Para considerarlo como tal, la actividad en casa deberá ser al menos el 30% de la jornada durante un mínimo de tres meses. Aunque el límite no satisfaga a los sindicatos, hubiera sido poco inteligente plantear ahora una cuestión de principio en este punto. Tiempo habrá para negociar una reducción de ese porcentaje si se juzga necesario, porque la tendencia a medio plazo es que el trabajo a distancia se extienda. El acuerdo se muestra igualmente preciso en establecer que el horario es flexible, pero con tiempo de disponibilidad obligatoria, o al fijar que la modificación del porcentaje de presencialidad es voluntaria por ambas partes.
El pacto encauza con eficacia política un problema laboral que podía haberse convertido en un motivo de enfrentamiento y construye un precedente para estimular la fórmula del teletrabajo que, con pandemia o sin ella, no hará más que crecer en el futuro. Es verdad que algunos detalles cruciales de la nueva regulación, como el pago de los costes atribuidos a las empresas, la negociación horaria o la presencialidad se dejan a la negociación de los convenios. Pero era conveniente desviar parte de los detalles a negociaciones más específicas para conseguir el acuerdo fundamental entre los agentes sociales. Quizá el punto que va a resultar más espinoso sea la voluntad de excluir de la nueva norma a las empresas que se hayan acogido al teletrabajo empujadas por la covid-19; aunque se reconozca que también en este caso los gastos corren por cuenta de la empresa, debe tenerse en cuenta que no todos los problemas de un régimen laboral proceden del salario o de los costes físicos.
Resulta tranquilizador que, quizá como efecto de la crisis vírica, los agentes sociales hayan acelerado su actitud negociadora y su disposición a respaldar acuerdos globales, relegando los motivos de discusión individual más enconados a los ámbitos donde deben estar, es decir, en los convenios y en los acuerdos de empresa. Se está construyendo poco a poco y sin demasiados aspavientos una cultura de negociación que va a resultar muy útil cuando haya que afrontar reformas estructurales más difíciles, como, por ejemplo, la de las pensiones.
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