La CIDH, sobre las protestas en Perú: “Podrían calificarse como una masacre”
El informe considera que la respuesta del Estado ante las marchas incluyó el uso “desproporcionado, indiscriminado y letal” de la fuerza
El 15 de diciembre de 2022, en la sierra sur de Ayacucho, un adolescente de 15 años salió de su casa a trabajar en el cementerio, al costado del aeropuerto de la ciudad. Al término de la jornada se fue a comer con un amigo. Un impacto de bala le perforó la espalda y no llegó con vida al hospital. Ese mismo día, Edgar Prado, un mecánico de 51 años, recibió una ráfaga mientras ayudaba a unos manifestantes al frente de su casa. Jhon Mendoza Huarancca, de 34 años, también fue impactado por una bala cuando se dirigía a casa de uno de sus socios con los que había montado una empresa de transportes. Ninguno participó activamente de las marchas. Estos relatos forman parte de un informe que acaba de presentar la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) acerca de la crisis política y social que padeció Perú en los últimos meses. “Al tratarse de múltiples privaciones del derecho a la vida, dadas las circunstancias de modo, tiempo y lugar, podrían calificarse como una masacre”, sostiene.
El documento comprende los hechos sucedidos entre el 7 de diciembre —cuando Pedro Castillo rompió el orden constitucional fugazmente al intentar disolver el Parlamento y tomar el Poder Judicial y el Ministerio Público— y el 23 de enero, y se sostienen en dos visitas de trabajo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). A lo largo de sus nueve capítulos, el informe realiza un repaso por los antecedentes históricos del conflicto como la desigualdad y la desconexión entre Lima y las regiones, pone en contexto que desde el 2016 el Perú “atraviesa una crisis institucional que ha debilitado la confianza de la ciudadanía en sus instituciones y ha obstaculizado la gobernabilidad del país”, realiza una cronología minuciosa de los ataques de las fuerzas del orden hacia los manifestantes y de la quema de instituciones de parte de los civiles, deja en evidencia presuntas violaciones de derechos humanos y, finalmente, establece conclusiones y recomendaciones en busca de la justicia y la paz social.
“En las recientes protestas sociales se ha observado una fuerte estigmatización por factores étnicos-raciales y regionales, particularmente en los mensajes que reproducen algunas autoridades, perpetuando la noción de que las personas campesinas e indígenas que protestan tienen vínculos con actos de terrorismo y que incluyen la utilización de palabras como terroristas, terrucos, senderistas o indios”, dice el texto que lleva por nombre Informe sobre la situación de derechos humanos en Perú en el contexto de las protestas sociales. Esta estigmatización, señalan, “crea un ambiente de permisividad y tolerancia de la violencia institucional y discriminación hacia las comunidades campesinas y pueblos indígenas originarios del Perú”.
La Comisión del CIDH sostuvo más de 60 reuniones con víctimas y sus familiares, altas autoridades de los poderes públicos, así como organizaciones de la sociedad civil, movimientos sociales y gremios sindicales y empresariales en seis ciudades: Lima, Ica, Arequipa, Juliaca, Ayacucho y Cusco. Producto ello, han podido establecer que un gran grupo de la población tiene demandas políticas explícitas como el adelanto de elecciones generales y la convocatoria a una asamblea constituyente. Que en sus demandas hay justas reivindicaciones como el acceso a derechos en condiciones de igualdad y mayor representación política. “La vacancia presidencial fue interpretada por algunos sectores como un acto injusto en contra del expresidente Castillo, a quien, desde su perspectiva, no dejaron gobernar (…) el gobierno actual no representa el proyecto político que ganó en las urnas en 2021; y la sucesión presidencial de Dina Boluarte fue recibida como una traición”, dicen en alusión a una declaración pública en la Plaza de Armas de Juliaca, en el 2021, cuando la entonces vicepresidenta dijo: “si al presidente lo vacan, yo me voy con él”.
En el marco temporal del documento, 56 personas perdieron la vida, ocho de ellos adolescentes y un agente policial; y al menos 912 resultaron heridos. Pero lo cierto es que la Defensoría del Pueblo contabiliza 67 fallecidos (49 en enfrentamientos, once civiles por el bloqueo de carreteras y siete miembros de las fuerzas del orden en el contexto del conflicto), y 1.785 heridos entre civiles, policías y militares. “Hechos que, al ser perpetrados por agentes del Estado, podrían constituir ejecuciones extrajudiciales, extremos que deben ser investigados por fiscalías especializadas en derechos humanos. Además, al tratarse de múltiples privaciones del derecho a la vida, dadas las circunstancias de modo, tiempo y lugar, podrían calificarse como una masacre. La Comisión expresa su firme condena”, remarcan.
En una de las conclusiones principales se señala que “la respuesta del Estado estuvo caracterizada por el uso desproporcionado, indiscriminado y letal de la fuerza. Esto se confirma por factores como el alto número de personas fallecidas y heridas con lesiones en la parte superior del cuerpo por impactos de armas de fuego, incluyendo perdigones; así como la ubicación de un número importante de víctimas que ni siquiera estaban participando de la protesta”. Asimismo, dicen, el Gobierno de Dina Boluarte no ha entregado ningún medio probatorio que confirme su hipótesis de una supuesta infiltración en las protestas de grupos organizados al margen de la ley con el único fin de desestabilizarlos.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, finalmente, le recomienda al Estado peruano implementar una “estrategia de diálogo con enfoque étnico y territorial; el diseño de una política pública con alcance nacional y con perspectiva de derechos humanos; un plan permanente y obligatorio de capacitación y evaluación para las fuerzas de seguridad con el propósito de que su actuación priorice la defensa de la vida y la integridad de las personas; tomar las medidas normativas necesarias para que las armas de fuego estén excluidas de los dispositivos utilizados para el control de las protestas sociales; y que la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad sea extraordinaria, subordinada y complementaria a las labores de las autoridades civiles”.
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