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La juez rechaza ampliar la investigación sobre el novio de Ayuso, como pedían el PSOE y Más Madrid

Practicar la veintena de diligencias solicitadas “se prolongaría durante años impidiendo el pronto enjuiciamiento de los hechos”, según un auto de julio

Alberto González Amador, en primavera a su llegada al Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Alberto González Amador, en primavera a su llegada al Tribunal Superior de Justicia de Madrid.Álvaro García
El País

La titular del juzgado de instrucción número 19 de Madrid ha rechazado las solicitudes del PSOE y Más Madrid para que ampliara la investigación sobre Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, al que investiga por la presunta comisión de dos delitos de fraude fiscal —350.951 euros en la declaración del impuesto de sociedades de 2020 y 2021— y uno de falsedad en documento mercantil. Así consta en un auto firmado el 31 de julio, en el que se expresa con dureza la oposición a practicar las diligencias solicitadas por los dos partidos de izquierdas, personados como acusación particular en el procedimiento. El PSOE y Más Madrid habían pedido en junio que la juez prosiguiera con las pesquisas al encontrar supuestos indicios de cuatro nuevos delitos — administración desleal, falsedad contable, corrupción en los negocios y delito contable—, además de proponer una calificación más severa de los delitos de fraude fiscal por los que ya estaba siendo investigado González Amador. Esa petición frustró en el último momento la negociación de un pacto para que el comisionista previsiblemente asumiera los delitos, pagara una multa y evitara la cárcel.

“Muchas [de las diligencias solicitadas] pueden resultar innecesarias por tener por objeto hechos que pueden ser reconocidos por los investigados en el momento de prestar declaración, otras pueden considerarse prospectivas al no existir indicios de delitos distintos a los que son objeto del presente procedimiento y finalmente, en cuanto a los hechos que pudieran ser conexos, la práctica de las diligencias interesadas supondría excesiva complejidad y dilación en el procedimiento que se alargaría durante varios años, es decir, impediría el pronto enjuiciamiento exigido por el Artículo 17 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”, se lee en el auto.

La acusación particular había solicitado la práctica de 23 diligencias previas, a lo que se opuso tanto la defensa del comisionista como la Fiscalía. Entre ellas, se reclamaba hacer una consulta patrimonial de los cinco investigados entre 2019 y 2022; obtener todos sus movimientos bancarios en ese periodo de tiempo; que González Amador proporcionara documentación contable de su actividad como autónomo y de todas las escrituras de compraventa de viviendas que hubiera adquirido entre 2020 y 2024; además de 20 testificales. Además, PSOE y Más Madrid también querían que se requiriera a siete empresas para que aportaran documentación contable relacionada con el caso; que de cinco de ellas informara Hacienda; y que se contactara con las autoridades judiciales de México para pedir información.

Para justificar su petición, el PSOE y Más Madrid alegaron en junio que no habían tenido tiempo para analizar las pruebas de Hacienda contra Amador. Según su escrito, recibieron el informe de la Agencia Tributaria junto con un CD donde figuraban 1.500 archivos. A la vista de esta documentación, los dos partidos concluyeron que la denuncia que la Fiscalía presentó el 12 de marzo contra Amador y sus cuatro presuntos colaboradores era demasiado benévola. En ese escrito, la Fiscalía consideraba que se habían cometido dos delitos de fraude fiscal (del 305 del Código Penal) en concurso medial cada uno de ellos con un delito de falsificación de documento mercantil (392 CP).

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, en una imagen de julio.
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, en una imagen de julio. CAM/EFE
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El PSOE y Más Madrid entienden que existen indicios para considerar al menos la comisión del tipo agravado de esos dos primeros delitos (305 bis CP) “por la concurrencia de la existencia de una organización y la utilización de toda una ingeniería contable, mediante la utilización de personas jurídicas o físicas interpuestas, algunas de ellas radicadas en el extranjero, para cometer los delitos. Además, añaden la posible comisión de delitos de administración desleal (252 CP), de falsedad contable (290 CP), de corrupción en los negocios (286 bis CP) y el delito contable del artículo 310 CP.

Añaden que existen razones para creer que la cuantía defraudada considerada hasta ahora -350.951 euros- debería ser revisada al alza, y que podría haber otros responsables que no están siendo investigados.

Dar el visto bueno a hacer las diligencias consecuentes, sostiene la juez, dilataría el proceso en exceso. “La práctica de las diligencias interesadas por las acusaciones particulares se prolongaría durante años, impidiendo el pronto enjuiciamiento de los hechos”, argumenta. “Por todo ello procede denegar la práctica de las diligencias interesadas”.

Una decisión a la que ha reaccionado este lunes Díaz Ayuso durante una entrevista en Antena 3.

“¡Cómo será para que la Fiscalía le dé la razón! [a la defensa de su pareja]”, ha dicho la presidenta de Madrid sobre la coincidencia del Ministerio Fiscal y el abogado de González Amador en considerar que las diligencias eran innecesarias. “Se ha permitido que se presenten partidos políticos en una inspección a un particular que nada tiene que ver conmigo, que no nos conocíamos ni siquiera”, ha seguido. “La juez ha puesto barrera ahí, porque ahora querían ir a más”.

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