El Superior reitera a Sanidad que medicalice las residencias de Alcorcón
Los jueces recuerdan al Ejecutivo de Díaz Ayuso que ya lo hizo en hoteles de la región
Los jueces han tumbado de nuevo el intento de la Comunidad de Madrid de no medicalizar las cuatro residencias de mayores de Alcorcón. Un auto dictado ayer por la Sala de Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) reitera la obligación en los dos escritos anteriores y añade una nueva obligación. Da un plazo de tres días naturales para que la Consejería de Sanidad informe de todo lo que ha hecho en las últimas semanas.
Los jueces de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo dictaron un auto el 21 de abril en el que aceptaban la medida cautelarísima pedida por el Ayuntamiento de Alcorcón, con su alcaldesa Natalia de Andrés (PSOE) a la cabeza. El recurso pedía que se medicalizaran de inmediato las cuatro residencias de mayores de la localidad, ante la cantidad de personas mayores que estaban muriendo. El Letrado de la Comunidad de Madrid recurrió la decisión de los magistrados, pero no se aceptaron sus alegaciones. Un nuevo auto con fecha de 30 de abril reiteraba a la Consejería de Sanidad la obligación de medicalizar los cuatro geriátricos.
Los jueces hicieron en ese último escrito una férrea defensa de que los mayores eran los más vulnerables por la covid-19 y que la Comunidad de Madrid tenía que poner todos los medios para preservar su salud. Pese a ello, el letrado regional lo apeló. Utilizó para ello el argumento de que no quedaba claro cuál era la petición exacta del Ayuntamiento de Alcorcón al pedir “la medicalización” de las residencias. Según la opinión del letrado, debían haber concretado a qué medidas se estaban refiriendo.
Los jueces de la Sección Octava responden en el auto fechado ayer que se trata de dotar a los centros “del personal sanitario necesario (médicos y enfermeras) y de materiales precisos para llevar a cabo los tratamientos y pruebas diagnósticas”. Además, se trata de cumplir lo establecido por el Ministerio de Sanidad en una orden publicada el pasado 19 de marzo. “Esto fue exactamente lo que se pidió a esta sala, en correspondencia con la ‘medicalización’ requerida en la vía administrativa (...) y esto fue exactamente lo que se concedió”, recuerdan los jueces en su escrito.
El ejemplo de los hoteles
El auto recuerda que también cabe la opción de medicalizar solo una parte de las residencias y no la totalidad del centro. Añaden que el concepto no le debe resultar extraño a la Comunidad de Madrid ya que hizo esta intervención en “uno o varios hoteles”. “Un ejemplo con el que es fácil entender y asumir que quien habrá atendido allí a los enfermos de coronavirus, con los medios sanitarios necesarios con los que se les habrá dotado sin duda, será el personal sanitario (médicos y enfermeras) proproporcionado por la Administración sanitaria autonómica”, ironizan los magistrados del TSJM, “y no el personal de hostelería del propio establecimiento, a quien incumbe otras funciones, ciertamente relevantes, pero radicalmente distintas”.
El escrito judicial rechaza que se haya producido indefensión por parte de la Comunidad de Madrid, ya que su abogado ha recurrido en dos ocasiones la decisión de la Sala.
El abogado regional también esgrimió como punto para frenar la solicitud “un abuso” del Ayuntamiento de Alcorcón al pedir ante los jueces que se actuara de manera inmediata en las cuatro residencias de su municipio. Los jueces son también duros en este aspecto y mantienen que la medida cautelar obliga a la Comunidad de Madrid a hacer lo que ellos dictan. Ya verá en el procedimiento legal posterior y en la sentencia si el Ejecutivo regional actuó o no con “pasividad o dilación en el cumplimiento de sus obligaciones”.
El auto es contundente y rememora las graves circunstancias que sufrieron las cuatro residencias de Alcorcón, en las que fallecieron 116 personas entre el 29 de marzo y el 15 de abril. Además, estaban contagiados el 50% de los 579 residentes de las mismas. Los ingresos hospitalarios de los residentes prácticamente se duplicaron desde que esta Sala dictó el primer auto en fecha de 21 de abril. En las semanas anteriores (del 3 de marzo al 21 de abril) fueron trasladados al hospital de Alcorcón 32 mayores. “Mientras, en el breve espacio de tres días desde la fecha de notificación de nuestro auto de 21 de abril hasta el siguiente de 24 de abril, el número de ingresos prácticamente se duplicó, pues fueron trasladados al hospital otros 28 residentes”, añade el escrito judicial. Por tanto, el número de pacientes no solo se redujo sino que aumentó, lo que lleva a los magistrados a confirmar la medida cautelarísima.
El auto va más allá y recuerda que, si la Comunidad no lo aplica, podrá dar lugar a “los apercibimientos legales” —sanciones, incluidas— y obliga “al funcionario o autoridad que corresponda” emitir en el plazo improrrogable de tres días un informe de todo lo actuado por la Consejería de Sanidad. Tendrá que repetirlo cada semana, mientras dure la medida cautelarísima. Contra este auto cabe recurso ante el Tribunal Supremo.
Un muerto menos de una semana a otra
¿Puede una residencia tener un muerto menos por coronavirus de una semana a otra? Aunque la lógica indica todo lo contrario, ese hecho se ha producido en un centro de mayores de Alcorcón, según los partes remitidos a la Agencia de Seguridad y Emergencias de la Comunidad de Madrid.
Si la residencia Campodón tuvo hasta el 8 de mayo 13 muertes por la covid-19, justo una semana después, el 16 de mayo, la cifra se redujo a 12. Eso sí, por otras causas, fallecieron 40 internos. En el resto de los geriátricos fallecieron por el coronavirus 96 mayores y “por otras causas” 64.
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