Condenados a más de 25 años de cárcel los autores del asesinato de la podóloga de Girona
A los ideólogos del crimen, una compañera de trabajo y su marido, la Audiencia provincial les ha impuesto una pena de 5 años
La Audiencia de Girona ha condenado a Eugenio Pérez y Nicolau Morell, los dos hombres que en septiembre de 2020 asesinaron a la podóloga Carme Font, a 26 años y 25 años y medio de cárcel, respectivamente. El tribunal también ha impuesto una pena de cinco años de prisión para Consol Jacome y Jordi Radresa, a los que considera ideólogos del plan, por un delito de intento de robo y un delito de detención ilegal. Jácome era compañera de trabajo de la también enfermera, esposa de Radresa.
La sentencia de la sección cuarta, de la que ha sido ponente el magistrado Adolfo García, llega después de que el jurado popular declarara culpables a los cuatro implicados en el asesinato de la podóloga, de 68 años. En cuanto a la autoría material, para la Sala, “que no se sepa quién fue de los dos quién apretó el cuello no implica que exista duda sobre la autoría, ya que ésta comprende tanto al que fue autor material como al que no lo fue”. Los dos autores materiales deberán indemnizar a la familia con 110.000 euros.
Sobre el delito de detención ilegal, antes de emitir el veredicto, la sala insistió al jurado “en la necesidad de cierta duración y de la importancia de la existencia de vida en la persona detenida para apreciar el delito de detención ilegal”, como delito en sí y no en concurso medial con el robo. Pero el jurado lo apreció separado.
El ponente muestra su “personal desacuerdo en la introducción de este delito” ya que “producida la muerte y siendo imposible saber el momento en que fue, no puede presumirse contra reo, sin datos científicos, que fue al acabar el robo y por ello la privación de libertad duró, máximo, media hora”. Para él, “la detención ilegal debería haber quedado absorbida por el delito de robo violento”, por ello adelanta que al imponer la pena: “concursaremos medialmente el delito de robo violento en casa habitada con la detención ilegal”.
Según el veredicto, se produjo un asesinato con dos elementos que lo configuran: alevosía y evitación de descubrimiento de un delito. Para la Sala “aplicar un mecanismo mortal a una persona atada, con fuerza suficiente para reducir la su leve capacidad de defensa, es uno de los casos más paradigmáticos de alevosía, porque la defensa está completamente anulada”. El día de los hechos, la policía encontró en el piso de Girona el cuerpo de la podóloga, que presentaba un fuerte golpe en la cabeza con una herida abierta. Los investigadores hallaron restos de sangre en la entrada de la consulta.
Sin embargo, destaca el ponente: “Más complicado resulta el segundo de los elementos, el de impedir que se descubra un delito, en este caso el robo violento, cometiendo otro, el asesinato”. Argumenta que, “si el plan del robo contaba desde un inicio con la ayuda de Consuelo, y la víctima podía suponer que ella había participado también propiciando la visita médica con la que la engañaron para que abriera la puerta, parecería lógico suponer que el plan del robo incluía causar la muerte de la víctima”. Sería necesaria “para que la víctima no pudiera llegar a los asaltantes denunciado a la persona que la señaló como propicia para ser robada”. Consuelo inicialmente también estaba acusada de asesinato, pero la sección tercera resolvió que no se la podía juzgar por ese delito porque no había estado en el piso durante los hechos.
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