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La Abogacía del Estado renuncia a acusar por el 1-O a uno de los hombres de confianza de Junqueras y pide una pena atenuada para otro

Josep Maria Jové, líder de ERC en el Parlament, y Lluís Salvadó, presidente del Puerto de Barcelona, son los dos principales ex altos cargos de la Generalitat pendientes de juicio

Josep Maria Jové y Lluís Salvadó, en septiembre de 2017 a su salida del juzgado de Barcelona
Los ex altos cargos de la Generalitat, Josep Maria Jové (izqda.) y Lluís Salvador, tras ser puestos en libertad en 2017.Cristóbal Castro
Camilo S. Baquero

La Abogacía del Estado (el servicio jurídico del Gobierno central) ha presentado este martes su escrito de acusación contra los dos principales dirigentes de ERC y ex altos cargos de la Generalitat que están pendientes de juicio por la organización del referéndum independentista ilegal del 1-O de 2017: Josep Maria Jové, líder de los republicanos en el Parlamento catalán, y Lluís Salvadó, actual presidente del Puerto de Barcelona. Ambos eran los hombres de confianza del exvicepresidente Oriol Junqueras en el momento álgido del procés, y están procesados por desobediencia, prevaricación, malversación y revelación de secretos. La Abogacía, sin embargo, esgrime la reforma del Código Penal pactada por el Gobierno y ERC el pasado diciembre para pedir que se aplique a Jové el nuevo delito de malversación atenuada —solicitando para él tres años y medio de prisión— y no acusar de ningún delito a Salvadó.

La valoración de la Abogacía del Estado difiere considerablemente de la hecha por la Fiscalía, conocida el pasado 17 de febrero. En su escrito, el ministerio fiscal solicitó siete años de cárcel para Jové, ex número dos de Junqueras, por un delito agravado de malversación, además de prevaricación y desobediencia. Para Salvadó, que en 2017 estaba al frente de la Secretaría de Hacienda del Govern, solicitó que la pena fuera de seis años y tres meses de cárcel. Ambos fueron detenidos por la Guardia Civil en septiembre de 2017, en el registro de la sede de la Vicepresidencia de Economía en Barcelona, y posteriormente puestos en libertad. Desde entonces esperan juicio junto a otra veintena de altos cargos o ex altos cargos de la Generalitat.

La Abogacía choca también aparentemente con la conclusión a la que llegó el pasado febrero el propio Tribunal Supremo cuando revisó las sentencias de Junqueras y el resto de condenados del procés para adaptarlas a los cambios en el Código Penal. El Supremo dictó entonces que la malversación cometida por Junqueras y los exconsejeros Dolors Bassa, Jordi Turull y Raül Romeva debía seguir estando castigada con las penas más altas, descartando así que se les pudiera aplicar el nuevo delito de malversación atenuada. “Sería contrario a la más elemental lógica jurídica entender que quien hace suyos los fondos públicos incurre en una pena que puede llegar a los ocho años de prisión y quien los destina a una actividad delictiva o antijurídica —en nuestro caso, la celebración de un referéndum prohibido judicialmente— pueda ser castigado con una pena de multa”, sostenía ese escrito de la sala de lo Penal.

La Abogacía del Estado cree, por el contrario, que la figura atenuada de la malversación puede aplicarse al caso de Jové. La pena máxima de prisión en esa modalidad es de cuatro años, y el escrito pide tres años y medio de cárcel, siete de inhabilitación y una multa de 30.000 euros. El texto explica que, entre otras cosas, Jové ordenó y autorizó los gastos relacionados con la logística de los puntos de votación del referéndum.

En el caso de Salvadó, que desde el pasado mes de noviembre preside el Puerto de Barcelona, la Abogacía del Estado ha optado finalmente por descartar su acusación. No ve indicios delictivos en la instrucción cerrada en 2021 por la magistrada Maria Eugènia Alegret y que le señala como el responsable de preparar las llamadas estructuras de Estado. La magistrada había apuntado a un posible delito de malversación por el gasto de más de 1,2 millones de euros en cambios informáticos que supuestamente facilitarían la labor impositiva en una eventual Cataluña independiente.

Inhabilitación para la consejera de Cultura

En la causa también está procesada la consejera de Cultura, Natàlia Garriga, que trabajaba igualmente en la Vicepresidencia económica de Junqueras. La Abogacía del Estado pide para ella un año de inhabilitación por un delito de desobediencia, pues desoyó, sostiene, las advertencias del Tribunal Constitucional sobre la prohibición de realizar cualquier preparativo para la votación del 1-O.

La organización del referéndum fue inicialmente investigada por el juzgado 13 de Barcelona, pero pasó al alto tribunal catalán por el aforamiento de Jové, Salvadó y Garriga (diputados y miembro del Govern). ERC considera que la ponderación hecha por la Abogacía del Estado “confirma que las interpretaciones hechas por otras instancias son arbitrarias, tendenciosas y retorcidas”, si bien lamenta la petición de prisión para Jové. Fuentes del partido han afirmado este martes que “la judicatura continúa secuestrada por la extrema derecha” y que sigue “el ánimo represivo contra el independentismo”.

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Sobre la firma

Camilo S. Baquero
Reportero de la sección de Nacional, con la política catalana en el punto de mira. Antes de aterrizar en Barcelona había trabajado en diario El Tiempo (Bogotá). Estudió Comunicación Social - Periodismo en la Universidad de Antioquia y es exalumno de la Escuela UAM-EL PAÍS.

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