La Audiencia de Barcelona ordena preguntar a la directora del CNI por el espionaje con Pegasus
El tribunal reprocha a la jueza que haya admitido la querella sin tomar declaración a NSOE Group, la empresa israelí que comercializa el software
La Audiencia de Barcelona ha relanzado la investigación del caso Pegasus, el presunto espionaje a líderes políticos catalanes a través de un programa informático israelí. El tribunal ha revocado la decisión de una jueza de cerrar la causa sin llevar a cabo ninguna diligencia de investigación y ha ordenado que, tal como solicitan los presuntos perjudicados —los diputados de Esquerra Republicana Josep Maria Jové y Diana Riba— se cite a declarar a la presidenta del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), Esperanza Casteleiro, para que informe sobre la “compra y utilización” por parte del organismo del programa espía, y si este se utilizó en los móviles de los dos diputados.
Jové y Riba presentaron una querella por el presunto espionaje a sus teléfonos móviles mediante el programa Pegasus, que comercializa la empresa israelí NSO. Una jueza de Barcelona admitió a trámite la querella, pero no acordó ninguna de las diligencias solicitadas por los abogados al considerarlas “inútiles” para la investigación. Ambos políticos recurrieron la decisión y ahora la Sección Tercera de la Audiencia de Barcelona les ha dado la razón. Los magistrados consideran que es “contradictorio” e “incoherente” admitir una querella si se aprecian indicios de delito y, en cambio, “denegar la diligencia básica de tomar declaración” a la querellada, NSO. La Fiscalía se había opuesto a esa medida al considerar que los tribunales españoles no son competentes.
La Audiencia de Barcelona ordena que se cite, como persona jurídica, a la empresa israelí en calidad de investigada y que se pida “información al CNI sobre la compra y utilización del software” Pegasus en relación con Jové y Riba. La directora del organismo, Esperanza Casteleiro —que sustituyó en el cargo a Paz Esteban el pasado mayo— también será llamada a declarar como testigo “para que informe sobre estos aspectos”. Según la resolución, esa comparecencia debe servir para acreditar si, tal como ha explicado el CNI, el uso del programa “se ha hecho conforme a lo que prevé la ley”, es decir, bajo autorización de un magistrado del Tribunal Supremo y por un periodo de tiempo determinado.
Otra de las diligencias que acuerda la Audiencia de Barcelona, y a la que se oponían los querellantes, es que Jové y Riba entreguen los teléfonos móviles supuestamente atacados con el fin de llevar a cabo un “análisis y un informe pericial judicial” sobre el espionaje. La sala asume que es posible que ya no se hallen rastros de la intromisión en esos móviles dada la “tipología” del software Pegasus y el tiempo transcurrido desde que fueron atacados (2019), pero sostiene que deben ser puestos a disposición de la Unidad Central de delitos informáticos de los Mossos, o la que la jueza determine, para ser analizados. Asimismo, el tribunal emplaza a la jueza a tomar declaración a Jové y Riba como perjudicados.
La Audiencia insta también a la magistrada instructora a resolver sobre si esta causa debe acumularse a la que tiene en sus manos el Juzgado de Instrucción 32 de Barcelona sobre el espionaje a los móviles del conseller de Empresa y Trabajo Roger Torrent y el concejal de Barcelona Ernest Maragall, ambos de ERC. La sala considera que la acumulación sería “pertinente” para evitar la reiteración de diligencias de investigación “complejas, al afectar, por un lado, a entidades mercantiles con sede en otros países y, por otra, a instituciones públicas como el CNI”.
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