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El TSJC da por liquidadas las condenas de Mas, Ortega y Rigau por el 9-N

La sala civil y penal aprueba el licenciamiento definitivo de los tres condenados respecto a las penas de inhabilitación que se les impuso

Artur Mas, en una comparecencia en 2015 tras declarar por el 9-N.
Artur Mas, en una comparecencia en 2015 tras declarar por el 9-N.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña(TSJC) ha dado definitivamente por extinguidas las responsabilidades penales del expresidente de la Generalitat Artur Mas y las exconsejeras Joana Ortega e Irene Rigau por el 9-N de 2014, una vez cumplida la inhabilitación y abonadas las multas. En un auto, la sala civil y penal del TSJC aprueba el licenciamiento definitivo de los tres condenados respecto a las penas de inhabilitación que se les impuso y declara extinguidas las responsabilidades penales una vez cumplida la pena que se impuso a cada uno de ellos por la celebración de la consulta del 9 de noviembre de 2014.

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El Tribunal Supremo rebajó en diciembre de 2018 a un año y un mes de inhabilitación la condena de dos años que el TSJC había impuesto inicialmente a Artur Mas, mientras que a la exvicepresidenta Joana Ortega la bajó de un año y nueve meses a nueve meses y a la exconsejera de Enseñanza Irene Rigau de un año y medio a seis meses. Además, el alto tribunal mantuvo las multas que impuso el TSJC, en concreto 36.000 euros para Mas, 30.000 para Ortega y 24.000 para Rigau. El TSJC condenó en marzo de 2017 a Mas a la pena máxima por el delito de desobediencia -dos años de inhabilitación- al entender que “pervirtió los principios democráticos” e “hizo quebrar” la regla básica de sumisión a la ley, imprescindible para una “convivencia pacífica”, con la consulta soberanista del 9-N de 2014.             

Para el TSJC, Mas y las exconsejeras Joana Ortega e Irene Rigau ”alteraron en términos inaceptables el normal funcionamiento del Estado de Derecho” cuando ignoraron e “impusieron su voluntad” sobre la orden del Constitucional, con la “determinación firme de contravenir” la providencia que suspendía la consulta del 9-N y llevar a cabo la votación “hasta el agotamiento”. Si bien en el caso de Rigau el TSJC ya acordó dar por cumplida su inhabilitación en diciembre de 2019, para Mas y Ortega el alto tribunal catalán tuvo que certificar antes que no incumplieron la condena mediante el cobro de retribuciones públicas. En este sentido, la Fiscalía desvinculó el pasado 5 de junio de la pena de inhabilitación el sueldo público que Mas cobra como expresidente de la Generalitat, lo que despejó el camino para poder liquidar definitivamente su condena.

En el caso de Ortega, la Generalitat confirmó al TSJC que no ha mantenido ningún vínculo ni ha percibido ninguna retribución económica de la administración catalana ni de sus organismos dependientes durante el periodo de su inhabilitación. 

De esta forma, una vez fijada su inhabilitación hasta el 21 de febrero pasado -en el caso de Mas- y el 12 de marzo de este año -Ortega- sin que conste que durante su vigencia se haya contravenido ninguno de los efectos de las penas impuestas, el TSJC ha resuelto definitivamente la liquidación de su condena.             

Con las penas de inhabilitación cumplidas tanto por Mas, como por Ortega y Rigau, el TSJC ha acordado ahora la liquidación definitiva de los tres al comprobar también que han abonado las multas que se les impusieron, con lo que archiva la causa sobre la ejecución de la condena, en una resolución que se puede recurrir ante el mismo tribunal.

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