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Reducir la vigencia del permiso de conducir a un seropositivo es discriminatorio, según la justicia

Un magistrado de Navarra obliga a la DGT a ampliar la validez del carné hasta los 10 años al demandante, como al resto de personas de la misma edad

Centro de exámenes para permisos de conducir de la DGT en Móstoles (Madrid).
Centro de exámenes para permisos de conducir de la DGT en Móstoles (Madrid).Samuel Sanchez
F. Javier Barroso

Reducir la vigencia del permiso de conducir a una persona seropositiva es discriminatorio. Así lo ha establecido el titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 2 de Navarra, en una sentencia del 27 de diciembre de 2024 y que se ha conocido hoy. El magistrado ha obligado a la Dirección General de Tráfico (DGT) a que prorrogue la vigencia del carné hasta los 10 años, como corresponde al resto de personas de la misma franja de edad, ya que no ha quedado acreditado que los medicamentos que toma el afectado influyan en la conducción. El fallo ya es firme y la DGT ha remitido ya el carné con la validez rectificada al demandante, según ha informado hoy viernes la Coordinadora Estatal de VIH Sida (Cesida). Este organismo, que ha encabezado el procedimiento junto con la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá y la Fundación Fernando Pombo, han calificado de “sentencia pionera” el fallo del magistrado de Navarra.

Según el relato de hechos que consta en la sentencia, la DGT comunicó el 24 de octubre de 2022 a la persona seropositiva que su permiso de conducir clase B (turismos y motocicletas hasta 125 centímetros cúbicos) quedaba limitado a cinco años. El organismo dependiente del Ministerio del Interior alegaba que el afectado había dicho durante el reconocimiento médico que tenía el VIH y que tomaba un tratamiento antirretroviral, en concreto un medicamento llamado Dovato. El mismo no afecta a la conducción o lo hace de manera insignificante, según alegó el demandante. Este recurrió la decisión ante la Jefatura Provincial de Tráfico de Navarra, que la desestimó, por lo que acudió a los tribunales.

El magistrado del Juzgado Número 2 entiende en su fallo que en el informe médico del centro de reconocimiento de conductores considera al solicitante “apto para la renovación del permiso”, pero señala en el mismo documento que sufre “otras causas no especificadas” que establecen una restricción de cinco años de duración. “La resolución impugnada no contiene referencia alguna al Anexo IV del Reglamento General de Conductores que permita determinar el motivo en el que se ampara la decisión de reducir el plazo ordinario de renovación. Ni siquiera el detalle del informe médico contiene una referencia clara, limitándose a un código genérico”, recoge la sentencia. Esta critica que no haya en la denegación “una justificación particularmente detallada” de la reducción del tiempo de vigencia del carné.

Pero el magistrado aún abunda en el tema: “El ser portador del VIH ni aparece reflejado en el Anexo IV del Reglamento General de Conductores ni, por sí mismo, es causa que permita la adopción de medidas diferentes de las establecidas de manera general para la renovación del permiso de conducir”. “La reducción del plazo de renovación del permiso por un tiempo inferior (la mitad) del previsto supone una discriminación, pues supone un tratamiento diferente sin que exista razón alguna para ello”, concluye el juez.

El titular del juzgado es crítico con la Jefatura Provincial de Tráfico y alega varias formas de discriminación: por no seguir el procedimiento establecido en la renovación, por no tener en cuenta el dictamen médico favorable presentado por el recurrente, por descartar el informe del medicamento Dovato y el hecho de que no influya en la conducción, por no tener el recurso de alzada presentado y por “tratar de forma diferente al solicitante de la renovación” al no aplicar la norma general de 10 años de vigencia del permiso de conducir. Además, condena a la DGT al pago de las costas procesales.

El secretario general de CESIDA, Oliver Marcos, ha declarado en un comunicado de Cesida que la sentencia es “un paso crucial en la defensa de los derechos de las personas con el VIH”. “Aún queda mucho por hacer, pero tenemos el firme compromiso de seguir luchando contra la estigmatización y la discriminación que sufrimos las personas con la infección por el VIH en nuestra sociedad”, ha destacado Marcos, que ha animado a todas las personas que se encuentren en la misma situación a que denuncien. “Las administraciones públicas deben ser las garantes de la igualdad y evitar este tipo de discriminación en cualquier ámbito de su competencia”, ha concluido. La representación del afectado la ha llevado un equipo de abogados pro bono (de manera gratuita) del despacho Gómez-Acebo & Pombo.

Por su parte, una portavoz de la DGT ha señalado que el organismo público tiene “un respeto absoluto por la justicia”, sin entrar en más detalles.

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Sobre la firma

F. Javier Barroso
Soy redactor de la Unidad de Edición de EL PAÍS, periódico al que llegué en 1994 para trabajar en la sección de Madrid. He colaborado en la SER, Onda Madrid, TVE, Telemadrid y Cuatro, entre otros medios. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, estoy especializado en Sucesos y Tribunales. Además, soy abogado y criminólogo.
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