La Abogacía del Estado pide al Supremo que archive la causa contra el fiscal general
La defensa entiende que tanto García Ortiz como la fiscal jefa de Madrid obtuvieron el correo filtrado después de su publicación en prensa

La Abogacía del Estado ha pedido que el Tribunal Supremo archive la causa abierta contra el Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, y la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez, por un presunto delito de revelación de secretos contra Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid. En el recurso presentado, ha defendido que existe “un evidente y manifiesto error” en la afirmación de que los representantes del Ministerio Público filtraron un correo del 2 de febrero en el que Amador reconocía dos presuntos delitos fiscales.
El argumento que ha esgrimido es que “las primeras publicaciones en prensa que contienen información literal del contenido del correo se producen antes de que se remitiera antes” de que el fiscal del caso, Julián Salto, remitiera dicho correo a Rodríguez. Además, ha afeado que el Supremo “obviara” las horas concretas en las que la información fue apareciendo el pasado 13 de marzo, cuando la prensa publicó las filtraciones.
Los servicios jurídicos del Estado han lamentado que “las confrontaciones políticas que justificaron que este asunto saltara a la prensa” hayan sido ignoradas al “valorar los eventuales beneficiarios de esta difusión tergiversada” y ha señalado que “está acreditado que parte de las difusiones previas provenían del entorno de la defensa [de González Amador]. También ha manifestado que la declaración de Salto “pone de relieve que ni García Ortiz ni Rodríguez tenían a su disposición los correos electrónicos ni conocían los términos de la conformidad, lo que impedía haber filtrado cualquier tipo de información.
Para ellos, resulta “palmario” que la filtración de los correos del novio de Ayuso “tuvo lugar con anterioridad” a que los fiscales acusados recibieran la información sobre los supuestos delitos fiscales. “Por tal motivo, los hechos examinados por la Sala no son constitutivos de delito, procediendo el archivo de la presente causa especial”, ha declarado.
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