La Fiscalía de la Audiencia Nacional pide que se aplique la amnistía a los CDR acusados de terrorismo
La teniente fiscal Marta Durántez solicita el archivo de la causa penal contra los 12 procesados después de que el fiscal del caso se apartara al discrepar de la decisión
La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha pedido este jueves que se aplique la amnistía a los 12 miembros de los denominados Comités de Defensa de la República (CDR) de Cataluña procesados por delitos de terrorismo, y solicita que, en consecuencia, se suspenda el juicio que estaba pendiente de celebrarse y se archive todo el procedimiento. La teniente fiscal de dicho órgano judicial, Marta Durántez, ha sido la encargada de expresar la posición del ministerio público en una vista ante los magistrados de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal, después de que el fiscal que llevaba el caso, Vicente González Mota, decidiera apartarse al discrepar de esa tesis sobre los efectos de la ley de amnistía, según han confirmado fuentes fiscales.
El Ministerio Público acusaba a los 12 procesados de pertenencia a organización terrorista; y a ocho de ellos, además, de tenencia, depósito y fabricación de explosivos y de estragos de carácter terrorista en grado de tentativa. Sin embargo, Durántez ha asegurado que la actuación de los CDR es amnistiable porque no tuvo una finalidad para ser calificada como terrorismo tal y como prevé la directiva europea de 2017, y que tampoco supuso graves violaciones de derechos humanos, como el derecho a la vida, la integridad física o psíquica y la integridad moral. Por último, ha añadido la fiscal, los CDR no causaron “actos dolosos” contra las personas —como muerte, aborto o lesiones al feto, pérdida o inutilidad de un órgano o un sentido—, los únicos que, en su interpretación, sí habrían quedado excluidos de la amnistía.
”En los delitos de estragos, que además hemos calificado en tentativa, los acusados no llegan a materializar ni a iniciar la ejecución de ninguna de las conductas descritas en el Código Penal. En consecuencia, y suponiendo que la voluntad de los acusados hubiese sido causar daños materiales o poner en peligro la vida o la integridad de las personas, es una realidad que no llegó a producirse”, ha argumentado Durántez. “Lo mismo podemos decir en cuanto la tenencia o fabricación de explosivos. No podemos partir de suposiciones o del potencial daño que se podía haber causado, sino de certezas, y esto es que ninguna lesión a los derechos invocados se produjo”, ha remachado la fiscal, que ha pedido en consecuencia que se extinga la responsabilidad penal de los 12 procesados y se acuerde el sobreseimiento libre del procedimiento.
“El legislador ha dejado muy claro en el preámbulo de la ley su intención de despojar de carácter delictivo hechos que no han puesto en peligro a la integridad de las personas y derechos fundamentales (...) La interpretación no ofrece género de dudas. Es clara”, ha remarcado la teniente fiscal de la Audiencia Nacional.
El tribunal tenía previsto celebrar esta vista —denominada cuestión de previo pronunciamiento— el pasado 1 de abril, cuando la ley de amnistía aún se encontraba en trámite parlamentario. Pero la baja médica de la defensa de uno de los acusados motivó su aplazamiento, en contra de la opinión del fiscal Vicente González Mota, que en los últimos meses había asumido la causa en sustitución de Miguel Ángel Carballo, quien ahora ostenta la jefatura de la Fiscalía en Ciudad Real. Finalmente, las comparecencias de los letrados y acusaciones se han celebrado este jueves, ya con la ley aprobada.
Mismo criterio que en otras causas
El criterio que ha defendido Durántez lo ha aplicado también la Fiscalía en otros casos en los últimos días. Su compañero, el fiscal Carballo, que pese a estar en Ciudad Real sigue siendo el encargado de llevar la otra causa abierta en la Audiencia Nacional por terrorismo vinculada al procés, la de Tsunami Democràtic, informó hace una semana a favor de aplicar la amnistía a los investigados por esta causa. Del mismo modo lo reclamó también la número dos de la Fiscalía General del Estado, la teniente fiscal María Ángeles Sánchez Conde, en relación al procedimiento abierto también por terrorismo en el Supremo contra el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y el diputado del Parlament Ruben Wagensberg, ambos aforados.
La Fiscalía presentó su escrito de acusación provisional a los CDR en noviembre de 2023 —cuando la tramitación parlamentaria de la ley de amnistía estaba dando sus primeros pasos— y solicitó penas de entre 8 y 27 años de prisión para los 12 encausados. Les atribuía el impulso del llamado Equipo de Respuesta Táctica (ERT), una presunta “célula radical” creada dentro de estos grupúsculos surgidos en Cataluña para defender la secesión tras el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. Según señalaba el escrito fiscal, los CDR constituían una “organización terrorista paralela, de carácter clandestino y estable, cuyo objetivo sería llevar a cabo acciones violentas o atentados con explosivos y sustancias incendiarias”.
Entre sus acciones destacan cortes de carreteras, levantar barreras de peajes o verter aceite en un tramo de carretera por donde debía pasar la comitiva que trasladaba a los condenados por el procés desde la cárcel de Lledoners. Asimismo, según la Fiscalía, recibieron encargos ambiciosos como montar un denominado CNI catalán para aportar la infraestructura logística que permitiera ocupar el Parlament de Cataluña y, posteriormente, defenderlo.
Por ello, la Fiscalía solicitó 27 años de cárcel para ocho integrantes de los CDR: Eduardo Garzón, Esther García, Sonia Pascual, Queralt Casoliva, Germinal Tomás, Alexis Codina, Jordi Ros y Rafael Joaquín Delgado, a quienes atribuyó delitos de pertenencia a organización terrorista; tenencia, depósito y fabricación de sustancias o aparatos explosivos e inflamables; y estragos de carácter terrorista en grado de tentativa. A los otros cuatro procesados —Ferrán Jolis, Xavier Buigas, David Budria y Clara Borrero— solo les imputó el delito de pertenencia a organización terrorista, por lo que reclamó para ellos ocho años de prisión.
Tal y como estaba previsto, las defensas de los CDR han solicitado que se aplique la ley de amnistía y que, en consecuencia, se borre de los archivos policiales todos estos hechos para que no dejen rastro de antecedentes, así como la devolución de fianzas impuestas y el levantamiento de cualquier medida cautelar que pese sobre los procesados.
La acusación popular, en contra de la amnistía
En contra de aplicar la amnistía al caso de los CDR se ha manifestado la acusación popular, ejercida por la Asociación Catalana de Víctimas de Organizaciones Terroristas (ACVOT), la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), Dignidad y Justicia, la Asociación Española de la Guardia civil (AEGC), la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC) y Vox, que consideran que la amnistía es incompatible “tanto con el derecho europeo como con la Constitución española” y que “tanto el terrorismo como la traición siguen apareciendo en la ley como delitos no amnistiables” en los supuestos de violencia. Estas acusaciones ya habían adelantado su posición en un escrito presentado el pasado 24 de junio en el que subrayaban que la propia Fiscalía calificó a los CDR en su Memoria anual de 2020 como “movimiento violento independentista catalán”.
El presidente de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, el magistrado Alfonso Guevara, ha impedido que el letrado de las acusaciones populares continuara su argumentación y le ha interrumpido por estar “criticando la ley”. “A mí, a nosotros tres [en alusión a los miembros del tribunal], nos da lo mismo si está bien o está mal hecha [la ley], sólo si viola o no alguna norma constitucional. Nada más”, ha dicho Guevara. “Que no, que por ahí no trago”, ha indicado, ante la protesta del abogado.
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