La Fiscalía recurre la decisión de García-Castellón de enviar al Supremo la causa contra Puigdemont
El ministerio público afirma que el juez se contradice y que su argumentación no tiene “fundamento alguno”
La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha presentado un recurso contra la decisión del juez Manuel García-Castellón, instructor del caso Tsunami Democràtic, de solicitar al Tribunal Supremo que asuma la causa e investigue por terrorismo al expresidente de la Generalitat y actualmente eurodiputado, Carles Puigdemont; a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y a 10 personas más. El ministerio público entiende que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 ha incurrido en una “flagrante contradicción”, ya que hace 15 días consideró que no era procedente elevar una exposición razonada al Supremo para que asumiera la causa porque la investigación no estaba agotada. Por ello, la fiscalía afirma que el juez ha tomado la decisión “sin fundamento alguno, sin nuevos hechos acreditados” y sin que haya “nuevos indicios de responsabilidad criminal respecto de los aforados” (Puigdemont y el parlamentario catalán Ruben Wagensberg). Y considera también que García-Castellón ha modificado su propia resolución ya firmada, vulnerando un precepto de la ley del Poder Judicial.
El recurso de la fiscalía ha sido divulgado este miércoles, al día siguiente de que García-Castellón se dirigiera al Supremo y enviara, además, a las autoridades de Suiza una comisión rogatoria —procedimiento de auxilio judicial entre Estados— para que la policía helvética localice a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, huida a ese país desde marzo de 2018, como paso previo para solicitar su detención y entrega a España.
El escrito de la fiscalía incide en la contradicción en la que, a su juicio, incurre García-Castellón al elevar ahora una exposición razonada al Supremo y no haberlo hecho el pasado día 6, cuando citó inicialmente como imputado a Puigdemont a pesar de conocer su condición de aforado. El recurso recoge las palabras que escribió entonces el instructor del caso Tsunami: “Este magistrado entiende que no es procedente en este momento realizar la exposición razonada, sino que será necesario concretar con mayor precisión su participación en los hechos (...) No habiéndose agotado la investigación, no procede acordar la exposición razonada”.
El fiscal Miguel Ángel Carballo afirma que el juez, al hacer dos semanas después lo contrario de lo que entonces escribió, modifica de oficio su propia resolución, y que lo hace “sin fundamento alguno, sin nuevos hechos acreditados y sin que se haya practicado ninguna diligencia que haya recogido nuevos indicios de responsabilidad criminal respecto de los aforados Rubén Wagensberg Ramón y Carles Puigdemont Casamajó”.
Carballo subraya que dicha modificación se ha hecho “en contra del artículo 267.1 de la ley orgánica del Poder Judicial”, que reza: “Los tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan”. La fiscalía asevera que “no resulta ser el caso”.
El auto de García-Castellón del pasado 6 de noviembre provocó un rápido recurso de la Fiscalía ante la Sala Penal de la Audiencia Nacional. El ministerio público sostenía que en el caso no había indicios de terrorismo sino de un delito de desórdenes públicos agravados, y no veía motivo para imputar a Puigdemont. Pero el juez no ha esperado a que la Audiencia Nacional resuelva ese recurso y, antes de que dicha instancia decidiera sobre la implicación del líder de Junts, se ha dirigido al Supremo para que estudie si debe asumir la causa.
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