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El Tribunal Constitucional rechaza apartar a tres de sus magistrados para que no participen en la sentencia del aborto

El órgano de garantías considera que los cinco exdiputados del PP que cuestionaron la imparcialidad de Conde-Pumpido, Campo y Montalbán no están legitimados para pedirlo. El tribunal reanuda este miércoles la deliberación, en la que solo quedan cuatro intervenciones

España Congreso mundial de Justicia Constitucional
El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, a su salida de un encuentro con la presidenta del Congreso, el 26 de enero.Eduardo Parra (Europa Press)
José María Brunet

El Tribunal Constitucional ha rechazado este miércoles, de plano, la recusación presentada contra su presidente, Cándido Conde-Pumpido, y contra los magistrados Juan Carlos Campo e Inmaculada Montalbán para intervenir en la deliberación y sentencia del recurso presentado en 2010 contra la ley del aborto. Los tres recusados pertenecen a la mayoría progresista del tribunal. La magistrada Concepción Espejel, del grupo conservador del órgano de garantías, se ha manifestado en contra de dicha decisión y ha anunciado la presentación de un voto particular para explicar los motivos de su discrepancia.

Espejel, que también fue recusada, quiso abstenerse de participar en el fallo sobre la ley del aborto, pero el pleno del Constitucional se lo impidió mediante una resolución en la que estimó que no había motivos para que se quedase al margen del debate sobre entre asunto. El tribunal consideró que dicha magistrada se mostró crítica con respecto a la regulación que la aludida ley efectuó de la interrupción voluntaria del embarazo, pero que lo hizo como aportación a un informe que estaba elaborando el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), un texto que nunca llegó a aprobarse ni fue enviado al Gobierno, durante la preparación del anteproyecto de la que en 2010 iba a ser la nueva normativa sobre el derecho al aborto.

La recusación de los otros tres magistrados ha sido rechazada, a su vez, por estimar el tribunal que los cinco exdiputados del PP que presentaron la solicitud de recusación no están legitimados para tomar esta iniciativa. El Constitucional considera que la legitimación para presentar una recusación solo la tendrían en este caso “la agrupación de 50 o más diputados que interpusieron el recurso de inconstitucionalidad” contra la ley del aborto.

El tribunal entiende que los cinco exparlamentarios populares que han presentado la recusación, en cambio, “no actuaban” en nombre de los citados “50 o más diputados” que recurrieron la ley. El texto íntegro de la resolución se conocerá en los próximos días. En el debate previo a la resolución de este asunto se manejó también la idea de reafirmar la doctrina del Constitucional en el sentido de rechazar de plano las recusaciones en defensa de la labor del propio tribunal cuando estima que se pretende impedir su labor, dejándolo sin quórum mediante la presentación de recusaciones basadas en el cuestionamiento de la imparcialidad de sus miembros. Pero finalmente se consideró innecesario añadir argumentos que pudieran provocar nuevas polémicas, cuando existía un motivo para rechazar de plano la admisión de las recusaciones.

Una vez decidido que Espejel debía permanecer en la deliberación y que se rechazaba la impugnación dirigida contra los magistrados Conde-Pumpido —presidente del tribunal—, Montalbán y Campo, el tribunal inició este miércoles el debate del borrador de sentencia elaborado por el magistrado del sector conservador Enrique Arnaldo. El Constitucional dio cuenta de que la deliberación “está siendo intensa dada la complejidad del asunto”. Arnaldo hizo una larga exposición centrada en el aval a la ley de plazos, pero con objeciones a la fórmula empleada para informar a la gestante de la intervención a la que va a someterse y de sus alternativas. También planteó la extensión del derecho a la objeción de conciencia para todos los profesionales que tomen parte en el proceso de interrupción voluntaria del embarazo, no solo el personal médico.

Este jueves seguirá el pleno del Constitucional, en el que faltan por intervenir los magistrados Ricardo Enríquez, María Luisa Balaguer, Inmaculada Montalbán y el presidente, Cándido Conde-Pumpido. La mayoría progresista aboga por avalar íntegramente la ley del aborto y, por tanto, tiene el propósito de rechazar la ponencia de Arnaldo si mantiene la propuesta de declarar inconstitucional el artículo 17.5 de la norma en vigor. Este precepto regula cómo debe proporcionarse información a la gestante, por escrito en un sobre cerrado, cuando a juicio del ponente este sistema es insuficiente y debería existir también una explicación verbal. También hay discrepancias sobre los límites a la objeción de conciencia de los profesionales, si bien el ponente no propone declarar inconstitucional este punto. Lo que plantea el borrador de sentencia es interpretarlo como conforme con la Constitución siempre que el tribunal deje claro que la objeción de conciencia no se reduzca estrictamente al personal sanitario.

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