Once años de inhabilitación para cinco alcaldes del Valle del Jerte por el vertido ilegal de cerezas
Los regidores, condenados por prevaricación administrativa, permitieron y facilitaron el vertido de frutas no comerciables en vertederos ya clausurados
La Audiencia de Cáceres ha condenado a 11 años de inhabilitación para ejercer cargo público a cinco alcaldes de la comarca del Valle del Jerte (Cáceres) por el vertido ilegal de cerezas que no cumplían los requisitos para comecializarse. La sala entiende que se produjo un delito de prevaricación administrativa por parte de los alcaldes de Rebollar, Cabrero, Cabezuela del Valle, Navaconcejo y Tornavacas, ya que sus regidores tenían conocimiento previo de que no se podía verter ningún tipo de residuo en los vertederos ya clausurados en los que finalmente se depositaron las frutas. Los hechos sucedieron entre el 2015 y el 2019. De los cinco condenados, dos alcaldes siguen en activo en los mismos municipios por los que han sido condenados: el de Rebollar, Félix Díaz Ramos (PP), y el de Tornavacas, José Antonio Recio (PSOE). Otra de las acusadas, María Fe Plata (PSOE), condenada por sus acciones como alcaldesa de Cabrero, ahora ostenta el cargo de regidora en Carcaboso, otro municipio de la provincia de la provincia de Cáceres. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
La comarca extremeña del Valle del Jerte, situada en el norte de la provincia de Cáceres, tiene como principal actividad económica el cultivo y la comercialización de la cereza. Los vertidos incontrolados de esta fruta suponen pueden suponer un problema medioambiental. La sentencia explica que varios de los vertederos de los municipios de esta zona fueron clausurados y recuperados ambientalmente en 2014, entre ellos los de las localidades que gobiernan los regidores procesados. Las obras costaron 109.908 euros, de los que 78.232 procedían de una subvención de los Fondos Europeos de Desarrollo Regional (FEDER), y 31.675, de la Diputación de Cáceres.
La sentencia recoge que se remitió una carta a los alcaldes afectados, entre ellos los cinco procesados, haciéndoles saber su obligación de control y supervisión municipal para evitar nuevos depósitos en lugares que no están legalmente autorizados, según ha informado este martes la Audiencia de Cáceres. Y, a pesar de este aviso, según señala la resolución, “los acusados facilitaron y permitieron que se abrieran zanjas en la tierra destinadas al destrío de cerezas [frutas que han sido rechazadas para su comercialización] sobre las superficies recuperadas (...) sin recabar ningún tipo de autorización o permiso”, añade el comunicado del Poder Judicial.
En virtud de estos hechos probados, la Sala considera que los regidores no solo no tomaron ninguna medida para prohibir o mitigar el vertido de residuos en zonas prohibidas, sino que alentaron estos hechos ilegales. En el caso de Rebollar, Cabrero y Tornavacas se llegó a “estimular” con colocación de carteles y bandos municipales que los propios vecinos del pueblo o cualquier tercero interesado pudiese arrojar residuos en las zonas recuperadas.
El depósito de residuos en zanjas que luego son cubiertas conlleva un gran riesgo medioambiental, explica Ecologistas en Acción de Extremadura. Al enterrar los residuos y cubrirlos con una capa de tierra se genera un líquido contaminante muy típico de los vertederos, el lixiviado, que se infiltra en la tierra y puede contaminar los acuíferos, señala Ángel García Calle, abogado de la ONG. “Hay una gestión de residuos que tienen que llevar a cabo los municipios. En Extremadura existen una serie de puntos limpios repartidos por toda la red que es adonde tiene que ir a parar los residuos urbanos”, añade. Este es el procedimiento que deberían haber seguido los alcaldes condenados.
En el juicio, celebrado el pasado 18 de octubre, los cinco ediles se declararon inocentes, al considerar que la responsabilidad de vigilar el vertido de residuos en la zona del Valle del Jerte no es de su competencia, sino de la Junta de Extremadura a través del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (Seprona). Además, los regidores insistieron en que las zanjas no las abrieron ellos, sino los propios agricultores de la zona. Negaron haber firmado las órdenes necesarias para la apertura de estas zanjas, y también negaron haber colocado los carteles para animar a los vecinos a tirar residuos en los vertidos cerrados o recuperados. La Fiscalía pedía 13 años de inhabilitación para cada uno de ellos.
La sentencia no es firme y cabe recurso en el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. El Partido Popular de Cáceres aún está valorando la sentencia y la posibilidad de recurso de sus regidores y eluden hacer declaraciones de momento. Los alcaldes del PSOE condenados han declinado hacer declaraciones, aunque en el partido sí han adelantado que interpondrán recurso y que quieren agotar todas las vías legales, según manifiesta Miguel Ángel Morales, secretario general del PSOE en la provincia de Cáceres. “Consideramos que del relato de los hechos probados no puede llegar a la conclusión de que ha habido prevaricación. El técnico de la Junta de Extremadura que declaró en el juicio oral descartó que los alcaldes tuvieran competencias en este asunto”, añade Morales, que también señala la “perplejidad” con la que han recibido este fallo. “La sentencia es injusta y el apoyo a nuestros alcaldes es total por parte del partido”, ha recalcado.
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