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El Constitucional rechaza la petición de Vox para que se suspenda la reforma laboral

La solicitud reclamaba que la ley no entrara en vigor hasta que el tribunal decida si fue legal impedir al diputado del PP Alberto Casero que rectificase su voto

José María Brunet
Reforma Laboral
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, la ministra de Economía, Nadia Calviño, y la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, tras la aprobación en el Congreso de la reforma laboral el pasado 3 de febrero.Alejandro Martínez Vélez (Europa Press)

El Tribunal Constitucional ha rechazado la petición de Vox para que se suspenda la reforma laboral aprobada por el Congreso el pasado 3 de febrero con el voto a favor del diputado del PP Alberto Casero. Casero se equivocó al emitir su voto telemáticamente, votó a favor y luego quiso cambiarlo en el último momento. Contra la decisión de la presidenta de la Cámara, Meritxell Batet, de no permitir que el diputado rectificara su voto recurrieron ante el tribunal de garantías el propio diputado popular, el PP y Vox. Pero, de ellos, solo este último partido pidió que se mantuviera suspendida la reforma laboral mientras no se resolvieran las impugnaciones. De haber sido negativo el voto de Casero, la norma no habría salido aprobada.

El tribunal ya tiene en estudio los tres recursos mencionados, que fueron admitidos a su vez a trámite el pasado 11 de julio. Cuando fueron presentadas las impugnaciones, Vox mostró sorpresa por ser la única formación que solicitaba la suspensión de la reforma laboral. El Constitucional, sin embargo, ha considerado ahora que acceder a la solicitud de dicho partido supondría una medida desproporcionada. La entonces diputada de Vox en el Congreso Macarena Olona interpretó en febrero, tras la votación, que el cambio legislativo tenía que salir “por lo civil o por lo criminal, y ha sido por lo criminal”. Luego rebajó el tono y afirmó que la norma se había aprobado vulnerando derechos fundamentales de los diputados, singularmente los del propio Casero.

El recurso de Vox fue el primero en presentarse, y luego se añadieron el del diputado Casero y el de la portavoz de su grupo, Cuca Gamarra, una vez que los servicios jurídicos de la Cámara hubieron elaborado un informe en el que estimaron que el político popular incurrió en un error material al expresar su voto telemáticamente. El mismo informe consideraba que no se dieron las circunstancias para que la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, convocase una reunión de la Mesa de la Cámara. Los servicios jurídicos apoyaron su criterio en diversos precedentes de otros casos de error humano en relación con debates en los que también hubo votos telemáticos que no pudieron alterarse. El informe estimaba, en suma, que el voto formulado por dicho procedimiento no puede cambiarse, especialmente si había existido un mecanismo previo de confirmación de la decisión expresada.

La impugnación del PP se basó en la existencia de una supuesta vulneración del artículo 23.1 de la Constitución, que establece que “los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal”. La infracción de este precepto se produjo, según el PP, porque al diputado Casero se le impidió corregir su voto pese a haberlo solicitado “conforme al reglamento” del Congreso, con lo que se alteró “la voluntad mayoritaria de la Cámara”, en palabras de Cuca Gamarra.

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