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El conflictivo preso que se grapó la boca y consiguió el amparo del Constitucional

Un recluso con largo historial de sanciones carcelarias logra que el alto tribunal reabra una denuncia suya de malos tratos

Óscar López-Fonseca
Exterior del Centro Penitenciario Madrid VII, en la localidad de Estremera, donde se produjeron los supuestos malos tratos denunciados por el preso.
Exterior del Centro Penitenciario Madrid VII, en la localidad de Estremera, donde se produjeron los supuestos malos tratos denunciados por el preso.

Insultos, amenazas, agresiones a otros presos, resistencia a las órdenes de los funcionarios, destrozo de mobiliario, tenencia de material prohibido, autolesiones, huelgas de hambre... El expediente penitenciario de Gustavo C. N., de 36 años, recoge decenas de sanciones desde que fuera encarcelado a finales de 2014 tras ser condenado por un robo con violencia. Habitual de los módulos más duros de las prisiones por las que ha pasado, en varias ocasiones Instituciones Penitenciarias le ha aplicado el artículo 92.2 del Reglamento Penitenciario para aislarle por su “manifiesta inadaptación” al régimen de vida carcelario.

Un conflictivo historial que, sin embargo, acompaña con un reciente triunfo judicial: el pasado 7 de febrero el Tribunal Constitucional dictó una sentencia en la que le daba amparo y ordenaba a la justicia reabrir la investigación de una denuncia que presentó, en 2018, contra tres funcionarios a los que acusó de supuestos malos tratos por haberse grapado la boca como protesta. La causa había sido archivada por una jueza. El alto tribunal consideró que la magistrada no había investigado a fondo aquel suceso, algo que el Constitucional considera aún más necesario cuando, como era el caso, “el ciudadano se encuentra provisionalmente bajo la custodia física del Estado”. La libertad definitiva del recluso está prevista para el 22 de junio. Entonces habrá extinguido, sin haber disfrutado ningún permiso, los 7 años y ocho meses de cárcel que dos tribunales le impusieran por sendos delitos. De nacionalidad uruguaya, tiene abierto un expediente de expulsión.

La historia penitenciaria de Gustavo C. N. se remonta al 4 de noviembre de 2014, cuando ingresó en la prisión de Picassent (Valencia) para cumplir la pena de siete años impuesta por un robo con violencia. Un año después recibiría una segunda condena, esta de ocho meses, por atentado contra la autoridad. Según documentos judiciales, solo 19 días después de su ingreso se puso en huelga de hambre. Desde entonces, ha acumulado un largo historial de incidentes en las cárceles por las que ha pasado: además de la de Picassent, las de Castellón I, Villena (Alicante), Topas (Salamanca), Estremera (Madrid), Puerto I (Cádiz) y Córdoba, donde se encuentra en la actualidad. En lo que va de mayo, acumula cinco incidencias, tres de ellas en la misma jornada. “Es un recluso muy conflictivo, que genera problemas a todos los funcionarios”, señalan fuentes del penal andaluz. Dos de sus últimas sanciones son por “insultos, amenazas y coacciones” a trabajadores penitenciarios.

Un enfrentamiento con funcionarios es, precisamente, el origen del incidente que provocó la denuncia que ha acabado en el Constitucional. El 18 de junio de 2018, cuando estaba en la prisión de Estremera, Gustavo denunció haber sufrido, dos días antes, malos tratos. Cuando finalmente declaró ante una magistrada seis meses más tarde, el recluso acusó a tres funcionarios de golpearle tras protestar porque no le dejaban salir al patio tras ponerse en huelga de hambre el día anterior. Siempre según su testimonio, uno de los trabajadores le propinó una bofetada y le tiró al suelo, para posteriormente inmovilizarle poniéndole las rodillas en el cuello y la zona lumbar, y esposarlo. Tras ello, el recluso fue sometido a sujeción mecánica con correas durante 19 horas ante la agresividad y nerviosismo que mostraba.

El testimonio de los dos funcionarios imputados fue muy diferente. Ambos negaron haber agredido al preso y afirmaron que con su actuación pretendían evitar que este siguiera autolesionandose, ya que cuando llegaron a la celda tenía sangre en la nariz y una grapa en los labios. En su declaración, los trabajadores aseguraron que su comportamiento fue “agresivo” y describieron a Gustavo como “un interno problemático”. El mismo día que prestaron declaración, el 11 de abril de 2019, la jueza archivó la causa al considerar que no había indicios de delito. La Audiencia Provincial de Madrid ratificó esta decisión meses después.

Tras este varapalo judicial, el recluso presentó en diciembre de 2019, a través de su abogado de oficio, Antonio Enrique Serrano, un recurso de amparo ante el Constitucional al considerar que se había vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva por la decisión de la magistrada de rechazar varias diligencias que el preso había solicitado. Dos años y dos meses después, el alto tribunal le daba la razón y ordenaba reabrir la causa. Cuando se dictó esta sentencia el pasado febrero, Gustavo llevaba cuatro meses sin provocar incidentes. Sin embargo, a finales de abril volvía a añadía nuevos a su historial. En pocos días, se le intervino material prohibido, mostró “resistencia activa” a las órdenes y amenazó a funcionarios.

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El interno peligroso que derogó una norma

Gustavo C. N. no es el primer recluso conflictivo que consigue el respaldo de la justicia a sus quejas. En mayo de 2020, el Ministerio del Interior se vio obligado a derogar un protocolo penitenciario puesto en marcha en 2016 por el Gobierno de Mariano Rajoy que, entre otras medidas, obligaba a esposar por la espalda a todos los reclusos catalogados como muy peligrosos cada vez que salían de su celda, aunque fuera para ir a otra dependencia de la misma prisión. La decisión se toma después de que una juez de Vigilancia Penitenciaria dictara un auto en el que aceptaba la queja presentada por Fernando Vázquez Ayude, un preso conflictivo, que se quejaba del trato que recibía en prisión. En su escrito, la magistrada concluyó que aquel protocolo, dictado en la etapa de Jorge Fernández Díaz al frente de Interior, era “contrario al ordenamiento jurídico español” y creaba para estos presos "un régimen de vida distinto y ajeno al contemplado en el Reglamento Penitenciario”. La norma ya había recibido antes varias críticas del Defensor del Pueblo.

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Sobre la firma

Óscar López-Fonseca
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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