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La Fiscalía rebaja a 3,4 millones el desvío de fondos de los líderes del ‘procés’

El Tribunal de Cuentas cifró inicialmente en 9 millones los gastos del 1-O y la promoción exterior del plan independentista, pero el ministerio público reduce ahora esa cuantía casi en dos tercios

José María Brunet
Lideres proces
Algunos de los líderes del ‘procés’, capitaneados por Oriol Junqueras y Carles Puigdemont, durante una reunión en Waterloo (Bélgica).STEPHANIE LECOCQ (EFE)

La Fiscalía ha presentado este miércoles en el Tribunal de Cuentas la demanda por responsabilidad contable contra varios de los principales líderes del procés independentista catalán, rebajando a casi una tercera parte la cantidad reclamada inicialmente, que pasa de 9.054.005,8 euros a 3.429.342,4 euros. Se incluyen en este expediente —que afecta a 35 exaltos cargos y funcionarios de la Generalitat— tanto los gastos para organizar el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 como aquellos destinados a promover el plan independentista en el exterior. Entre los encausados que se benefician de esa rebaja están los expresidentes catalanes Carles Puigdemont y Artur Mas, el exvicepresidente Oriol Junqueras y varios exconsejeros.

La demanda, a la que EL PAÍS ha tenido acceso, explica esta reducción de cuantías por el establecimiento de “un principio de seguridad jurídica, recogiendo el mismo criterio que el Tribunal Supremo en cuanto a los hechos probados de la sentencia, las condenas y la autoría de las mismas”. Destaca el texto el respeto por “la libertad ideológica”, lo que lleva a la Fiscalía a excluir gastos sobre inversiones o viajes para conferencias o actos culturales, aunque en ellos se defendiera también el derecho a la autodeterminación.

La decisión del ministerio público, que desinfla sustancialmente la causa en el Tribunal de Cuentas —la derivada económica de la causa penal que ya dirimió el Supremo en 2019—, llega después de que el propio Tribunal de Cuentas ya diera un balón de oxígeno a los encausados al aceptar que sus fianzas fueran cubiertas por la propia Generalitat a través de un fondo de avales de nueva creación. Esa fórmula —avalar con dinero público a los supuestos autores de una malversación de dinero público— fue aceptada por el Tribunal de Cuentas el pasado marzo —tras rechazarla inicialmente— después de que la renovación del tribunal diera lugar a una nueva mayoría del sector progresista.

El escrito de la Fiscalía —que se pronuncia por primera vez sobre la cuantía supuestamente defraudada, porque el cálculo inicial lo realizó la magistrada instructora del Tribunal de Cuentas— aborda primero los gastos que supuso la organización y realización del referéndum ilegal del 1-O, que cifra en 1.129.838,63 euros. Esa cantidad supone alrededor de una cuarta parte de la cantidad que recogía el acta de liquidación provisional, en la que la delegada instructora imputó a los investigados una desviación de fondos por valor de 3.903.294,86 euros. En el segundo capítulo, relativo a la promoción del procés en el extranjero a través de Diplocat, la demanda del fiscal jefe del Tribunal de Cuentas, Manuel Martín Granizo, reclama ahora a los investigados 2.209.503,8 euros, frente a los 5.150.711,09 euros de gasto irregular planteados por la delegada instructora.

El dato de la reducción de las cantidades reclamadas es muy relevante, porque determina los límites del procedimiento. El Tribunal de Cuentas no puede condenar a los 35 investigados que permanecen finalmente en el proceso por una responsabilidad contable mayor que la que reclaman las acusaciones. Aparte de la Fiscalía, interviene en este asunto Sociedad Civil Catalana (SCC), que ya presentó su demanda en febrero pasado, cifrando la deuda de los imputados en 5,3 millones de euros, es decir, 3,75 millones menos que los contemplados indiciariamente por la delegada instructora.

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Los investigados no van a sufrir ahora daño patrimonial alguno por estas reclamaciones, dado que han quedado amparados por los avales ofrecidos por la Generalitat, y ya se han levantado los embargos de sus bienes. La admisión de los avales supone que los imputados sólo tendrán que hacer frente de forma conjunta y solidaria a la responsabilidad que se les atribuya en una u otra parte del expediente si son objeto de condena impuesta por sentencia firme. Pueden pasar años hasta que se llegue eventualmente a esta situación, porque el fallo del Tribunal de Cuentas puede ser recurrido sucesivamente al Supremo, el Constitucional y la justicia europea.

Desde el principio de la investigación hubo divergencias en el propio Tribunal de Cuentas sobre la cuantía que debía reclamarse a los investigados, expresadas en varias fases del proceso. Había indicios de que se habían contabilizado dos veces algunos gastos y de que en otros casos se habían sumado otros ajenos al referéndum o a Diplocat. La Fiscalía afirma en su demanda que ha realizado una revisión rigurosa con el fin de evitar “una doble imposición y aclarar conceptos en hechos y responsabilidades que en ocasiones están relacionados entre sí”.

El texto de la Fiscalía mantiene la treintena larga de investigados que ya figuraban en el acta de liquidación provisional, mientras que Sociedad Civil Catalana los ha reducido a 11, centrando las responsabilidades contables por el 1-O y Diplocat al núcleo duro del procés, compuesto por Puigdemont, Junqueras y siete de sus exconsejeros. La Fiscalía, a su vez, atribuye solo a los condenados por malversación por el Supremo la imputación de responsabilidad económica por el 1-O, y a los nombres de Puigdemont y Junqueras une los de los exconsejeros Raül Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull. No hay, en cambio, acusación para las interventoras de la Generalitat, porque los peritos “argumentan que en su labor no pudieron impedir el gasto”, y queda igualmente fuera del proceso la interventora general, Rosa Vidal, “al no quedar acreditado que haya fiscalizado el gasto en alguna de las fases de ejecución”.

Se mantienen entre los acusados de responsabilidad contable por el 1-O los exconsejeros “declarados rebeldes” Antoni Comín y Lluís Puig (prófugos en Bruselas), pero no Clara Ponsatí —en la misma situación que los anteriores— ni Meritxell Serret, pendiente de ser juzgada por desobediencia por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), tras haber permanecido huida desde 2017 y haberse presentado en el Supremo hace un año. Quedan igualmente excluidos de la demanda Josep Maria Jové y Natalia Garriga, ambos exaltos cargos de la estructura de Hacienda de la Generalitat.

La demanda del fiscal jefe ante el Tribunal de Cuentas excluye entre los gastos susceptibles de reclamación los que se efectuaron por el uso de locales públicos para las votaciones del referéndum y los trabajos encargados a Unipost para la impresión y distribución de material relacionado con el 1-O, por estimar que no llegaron a ejecutarse. Todo ello redunda en un sensible descenso de la cantidad reclamada.

“Libertad ideológica”

Más pormenorizado aún es el análisis de los fondos invertidos en la promoción exterior del procés, con el resultado de que la Fiscalía excluye gran parte de ellos, al entender que no todos los viajes al extranjero deben contarse como correspondientes a dichas actividades. El número de imputados, en cambio, es mayor en este apartado, correspondiente a Diplocat. Aquí aparecen los nombres de los expresidentes de la Generalitat Artur Mas —a quien se reclaman 739.918,46 euros— y Carles Puigdemont —2.486.790,71 euros—, el exvicepresidente Oriol Junqueras —la misma cantidad— y también, entre otros exaltos cargos, el exconsejero de Economía, Andreu Mas-Colell, cuya responsabilidad se calcula en la misma cifra que la de Mas.

La Fiscalía subraya en este punto su voluntad de garantizar “la seguridad jurídica” y respetar la “libertad de opinión”. Para explicarlo afirma que no se incluyen en la demanda, por ejemplo, los gastos derivados de la asistencia, organización o impartición de una conferencia, “y ello máxime cuando analizada la documentación se ha constatado que, en numerosas ocasiones, la actuación de las autoridades y funcionarios se limitaron a la asistencia a dichos actos y, en diversos supuestos, a la organización de los mismos, sin que pueda responsabilizárseles a aquellos íntegramente de las distintas manifestaciones vertidas por los participantes en las diferentes actividades”.

La demanda subraya además que, como ya expuso el Supremo en su sentencia tras el juicio penal por el 1-O, ese tipo de actividad “no deviene inequívocamente en un medio preparativo del referéndum” y “tampoco resulta conexión con la actividad específica ulterior directamente encaminada a la campaña del 1 de octubre”. El escrito también destaca que la Fiscalía “respeta y aplica también un principio de libertad ideológica respecto a la finalidad de los desplazamientos al extranjero”.

Los fiscales consideran que “las manifestaciones que se hicieran en el curso de esos debates, conferencias o declaraciones quedarían amparadas por el derecho fundamental a expresar y difundir libremente pensamientos, ideas y opiniones”. Y más adelante añade que, “si bien es cierto que los temas tratados hacen referencia directa, en gran parte, a la situación política de Cataluña en ese momento y al movimiento a favor de la autodeterminación promovido por una parte de los operadores políticos y sociales catalanes, en cualquier caso se trataba de un tema de interés que preocupaba a la sociedad catalana y española y a la comunidad europea, y que queda amparado en el ejercicio de la libertad de expresión e ideológica”. De ahí que los gastos realizados para este tipo de actos queden excluidos de la demanda.

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