_
_
_
_

El Gobierno cambiará la ‘ley mordaza’ para proteger a los manifestantes

El tiempo de detención se reduce de 6 a 2 horas y se limita el material antidisturbios

Manifestación en Madrid contra la ley mordaza en marzo de 2018.
Manifestación en Madrid contra la ley mordaza en marzo de 2018.JuanJo Martín (EFE)
Carlos E. Cué

Seis años después de su aprobación con una mayoría absoluta del PP, la polémica ley mordaza se acerca a su fin, al menos en sus aspectos más extremos. PSOE y Unidas Podemos, los dos partidos del Gobierno, se han puesto ya de acuerdo en un grupo de enmiendas a la ley de seguridad ciudadana que prevén registrar esta misma semana con una decena de grandes cambios que le dan la vuelta al corazón de la norma.

La negociación está abierta con el PNV, promotor de la reforma de esta ley que siempre criticó, y con otros grupos para tenerla lista en el Congreso a finales de año. La nueva redacción suavizará mucho la anterior sobre todo para proteger mejor los derechos de los manifestantes y acabar con excesos de la ley del PP, como la detención durante seis horas sin justificar —pasará a dos horas—, las limitaciones para grabar una protesta, el uso de material antidisturbios muy agresivo como las pelotas de goma o la presunción de veracidad total del atestado policial.

Rafael Simancas, secretario de Estado de Relaciones con las Cortes, y Enrique Santiago, secretario de Estado para la Agenda 2030 y secretario general del PCE , tienen prácticamente cerrado el texto para registrar las enmiendas el miércoles.

La negociación, que llevaba meses estancada en especial por presiones del Ministerio del Interior, se aceleró desde que el presidente, Pedro Sánchez, anunció en el congreso del PSOE en Valencia que esta norma era una de sus prioridades. Aún así, UP quiere ir más lejos en algunas cuestiones y es probable que presenten enmiendas propias además de las pactadas con los socialistas.

Ambos partidos han decidido dejar el espinoso asunto de las devoluciones en caliente fuera de esta norma, y llevarlas a la ley de extranjería. Así se han podido concentrar en las demás cuestiones, en especial en todas las que afectan al derecho de manifestación y a los posibles excesos policiales.

Uno de los asuntos más delicados en las manifestaciones se produce con las personas que son retenidas y se niegan a identificarse. La norma del PP permitía una detención de hasta seis horas en comisaría, que esta nueva redacción reduce a dos horas, y solo en casos muy excepcionales y justificados lleva a seis. Además, la nueva redacción obliga a devolver a los manifestantes al lugar donde fueron retenidos, y no dejarlos en comisarías que pueden estar a kilómetros de allí.

También se limitan mucho los cacheos para evitar que alguna persona pueda ser desnudada o denigrada en un operativo policial. “No se dejará a la vista la totalidad del cuerpo, ni tampoco de manera sucesiva cada una de sus partes, con el máximo respeto a la identidad sexual, procurando hacerlo siempre en lugar reservado y fuera de la vista de terceros”, señala una de las enmiendas.

Además, se suaviza mucho el texto en lo que se refiere a las protestas no autorizadas previamente. Por ejemplo, las manifestaciones espontáneas ante hechos como las agresiones sexuales de la Manada no supondrán infracciones “cuando el ejercicio pacífico de tal derecho precise de una rápida expresión ante un acontecimiento de indudable repercusión social que no admita demora, siempre que no se cause violencia o alteración del orden público”. La carencia del trámite de comunicación no impedirá así la libertad de manifestación.

Otro cambio importante es que en la cuantía de las multas en caso de infracción se tendrá en cuenta la capacidad económica del manifestante, y habrá reducción del 50% para los que cobren menos de 1,5 veces el salario mínimo y del 25% para los que cobren entre 1,5 y 2,5 veces el SMI.

La propia redacción del nuevo texto demuestra el enfoque muy diferente que tienen de esta cuestión el PP y el Gobierno de PSOE y UP. “Las medidas de intervención para el mantenimiento o el restablecimiento de la seguridad ciudadana en reuniones y manifestaciones se guiarán en todo momento por un enfoque de derechos humanos”, señala el nuevo texto.

Además hay un apartado específico para el polémico material antidisturbios, después de que se hayan producido varias pérdidas de ojos por disparos de pelotas de goma de la policía. “Las autoridades competentes deberán desarrollar protocolos específicos, de acuerdo con los estándares internacionales, sobre el uso de la fuerza y la utilización de material antidisturbios, en orden a utilizar siempre los medios menos lesivos para las personas y evitando aquellos que causen lesiones irreparables”, dice la nueva redacción, que abre paso así a acabar con ellas.

Otro cambio importante es que la “tenencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares o establecimientos públicos” pasa de infracción grave a leve.

Uno de los asuntos que generó más polémica, esto es que la ley consideraba infracción grave “el uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes”, queda totalmente cambiado. Ahora “no constituirá infracción la mera toma de imágenes en lugares de tránsito público y manifestaciones, o su mera difusión”, dice el nuevo texto, aunque sí añade una prevención solicitada por Interior: “No obstante, se considerará infracción grave el uso de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad cuando genere un peligro cierto a su seguridad personal o familiar”.

Otra cuestión que se ajusta es la idea de que el atestado policial tenga presunción de veracidad, algo que ha afectado, por ejemplo, a Alberto Rodríguez, exdiputado de Unidas Podemos condenado por una agresión a un policía en una manifestación con la única prueba de su testimonio. Las enmiendas mantienen esa idea, pero la suavizan. El artículo 19.2 nuevo dirá que el acta “gozará de presunción de veracidad de los hechos en ella consignados, siempre que resulte coherente, lógica y razonable, salvo prueba en contrario”. Ese añadido de “razonable” podrá limitar el efecto en un juicio.

Además, y como guiño a los nacionalistas y a la nueva concepción del Estado plurilingüe que defiende el Gobierno de coalición, según una enmienda, “se incorporan en el diseño del DNI las diversas lenguas cooficiales propias del lugar de residencia del solicitante”, algo inédito.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Más información

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_