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El Supremo confirma la condena de 10 meses de cárcel a Matas por la adjudicación del mayor hospital público de Baleares

Los magistrados sostienen que el exministro del PP ejerció “presión moral y jerárquica” sobre sus subordinados para favorecer a una empresa

Jaume Matas, acompañado de un vigilante y de su abogado, Rafael Perera, tras declarar por el caso Palma Arena.
Jaume Matas, acompañado de un vigilante y de su abogado, Rafael Perera, tras declarar por el caso Palma Arena.TOLO RAMÓN
Reyes Rincón

La justicia ha vuelto a dar por certificada este martes la corrupción que durante años campó en determinados entornos del Partido Popular. El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 10 meses de prisión y 10 años de inhabilitación especial para cargo público al exministro y expresidente del Gobierno balear del PP Jaume Matas por el caso Son Espases, en el que se juzgó el proceso de adjudicación para la construcción y explotación del mayor hospital público de las islas. Matas había sido condenado en julio de 2019 por la Audiencia de Mallorca por un delito de tráfico de influencias y como inductor de delitos de prevaricación continuada y fraude a la Administración por su actuación para conseguir la adjudicación de la construcción del centro hospitalario a la empresa OHL, entonces propiedad del exministro Juan Miguel Villar Mir.

Matas admitió durante el juicio la comisión de un delito de prevaricación y otro de fraude y aceptó por ellos una pena de cuatro meses de cárcel. Pero el expresidente balear no reconoció el delito de tráfico de influencias y, cuando la Audiencia le condenó por él (a seis meses de prisión y tres años de inhabilitación), recurrió al Supremo la condena, que es sobre la que el alto tribunal se ha pronunciado ahora. La Sala de lo Penal ha desestimado íntegramente sus alegaciones y subraya que Matas intentó amañar, con la connivencia de sus subalternos, el proceso de adjudicación del proyecto para construir el hospital —que había sido anunciado por él ya desde su campaña electoral para presidente balear— “con el objetivo de beneficiar a una determinada empresa adjudicándole el proyecto de construcción del Hospital”.

La confirmación de la sentencia por el caso Son Espases es la última que tenía pendiente Matas que, durante los últimos años, se ha sentado en el banquillo de los acusados en más de una decena de juicios y ha sido condenado a penas que suman más de ocho años de prisión. El exministro y expresidente balear tiene todavía que terminar de cumplir los cuatro años y tres meses de cárcel a los que fue condenado por el caso Nóos, pero desde agosto de 2020 cumple la pena en tercer grado. Apartado de la política y con sucesivas condenas de inhabilitación a sus espaldas, Matas ha vuelto a ser noticia en los últimos días por su relación con Enrique Arnaldo, uno de los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional propuesto por el PP. El sumario del caso Palma Arena recoge un correo de Arnaldo a Matas donde le proponía un negocio y añadía: “No te olvides tampoco de mí para los temas jurídicos que puedan surgir”.

La sentencia del Supremo da por bueno el relato de hechos de la Audiencia, que señalaba a Matas como principal muñidor de un plan para que la obra del hospital fuera adjudicada a OHL, a pesar de que su oferta era 100 millones más cara que la de la empresa Dragados. Los magistrados recuerdan que el expresidente balear, para asegurar su control e influir en el proceso de adjudicación de la obra, ordenó contratar a la empresa consultora Global PM “prescindiendo de las normas de procedimiento y con el fin de que fuera ella quien llevara a la Mesa de Contratación las valoraciones de las ofertas de los licitadores”. Para el Supremo, Matas ejerció “presión moral y jerárquica” sobre sus subordinados, la entonces consejera de Salud Ana Castillo y el director general del Instituto Balear de Salud Joaquín Sergio Beltrán, para que la propuesta “fuera coherente con la decisión final del órgano de contratación”. “Se trataba con ello —añade el Supremo— de crear una apariencia de realidad que respaldase la decisión que desde el principio perseguía” Matas.

La Sala concluye que se dan los requisitos para considerar acreditado el delito de tráfico de influencias: “presión moral eficiente ejercida por el autor (Sr. Matas), quien abusando de su jerarquía sobre el quién ha de resolver (Sr. Beltrán) determinó su voluntad en aras a obtener una resolución arbitraria o injusta y ajena a los intereses públicos. Tal resolución iba dirigida a la obtención de un beneficio económico, en este caso a favor de un tercero (OHL), que además de conseguir los beneficios derivados de la construcción del hospital, obtendría los beneficios procedentes de su mantenimiento y de otros servicios relacionados con su gestión”.

En su sentencia, la Audiencia de Mallorca también condenó a la exconsejera Castillo —que reconoció los hechos y facilitó la investigación, según se recoge en la resolución— a 8 meses de prisión (pena sustituida por multa de 4.800 euros) y 10 años de inhabilitación como inductora de prevaricación y fraude; al ex director general Sergio Beltrán como autor material de prevaricación y fraude a 12 meses de prisión (sustituidos por multa de 5.760 euros) y 13 años de inhabilitación; y a Jesús Peinado, propietario de la empresa contratada para informar sobre las ofertas de adjudicación del contrato, como cooperador necesario de prevaricación y fraude a 12 meses de prisión (sustituidos por multa de 5.760 euros) y 10 años de inhabilitación. Ninguno de los tres recurrió su condena al Supremo.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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