La Fiscalía respalda al juez en el archivo de la investigación sobre la sede de Podemos
El ministerio público se opone a reabrir esta línea de las pesquisas del ‘caso Neurona’, como pide una acusación
La Fiscalía se opone a reabrir la parte del caso Neurona que versa sobre la reforma de la actual sede de Podemos. El magistrado Juan José Escalonilla, responsable del Juzgado de Instrucción 42 de Madrid, ya dio carpetazo el pasado enero a esta línea de la investigación tras no apreciar indicios de delitos. Un criterio que comparte el ministerio público desde el principio y que ha vuelto a manifestar ahora al contestar a un recurso presentado por una de las acusaciones populares, Asociación de Juristas Europeos Prolege, que pide que se vuelvan a activar estas pesquisas.
En opinión de la fiscal, no se aprecia “ningún indicio” de administración desleal, como mantienen las acusaciones populares sobre unas obras que costaron 1,3 millones de euros, pese a que se licitaron inicialmente por unos 650.000 euros. Según el ministerio público, tras practicar las indagaciones necesarias tras una denuncia de José Manuel Calvente, un exabogado de Podemos enfrentado con su cúpula, se ha conseguido explicar por qué existe esa diferencia entre el proyecto y la ejecución: “Un desfase, por otro lado, frecuente en la ejecución de obras”.
“El propio arquitecto declaró que el precio fue ajustado, incluso bajo”, insiste el ministerio público, que reprocha que la acusación popular haya pedido, además, un informe pericial al respecto con el único interés de “mantener la investigación”. Prolege defiende que existe una “confabulación entre el partido político, los gerentes, el arquitecto y los contratistas para fijar un precios superior al de mercado”. Pero todos ellos han declarado que “los precios eran los propios de mercado y que, incluso, pueden considerarse ajustados”.
El juez ya archivó esta parte de la investigación al considerar que no se ha acreditado que se produjera una “distracción del dinero destinado a la ejecución de las obras de rehabilitación (...) para pagos u obras ajenas a las propias de dicha rehabilitación”.
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