_
_
_
_
_

El Constitucional rechaza suspender cautelarmente el actual estado de alarma, como pidió Vox

El tribunal constata que la nueva normativa no ha cercenado el ejercicio de derechos como el de manifestación

Desde la izquierda, el secretario general de Vox, Javier Ortega Smith, el presidente de Vox, Santiago Abascal, y la portavoz del partido en el Congreso, Macarena Olona, tras presentar el recurso en el Constitucional contra la prórroga del estado de alarma, el pasado 6 de noviembre.
Desde la izquierda, el secretario general de Vox, Javier Ortega Smith, el presidente de Vox, Santiago Abascal, y la portavoz del partido en el Congreso, Macarena Olona, tras presentar el recurso en el Constitucional contra la prórroga del estado de alarma, el pasado 6 de noviembre.Eduardo Parra (Europa Press)
José María Brunet

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado por 51 diputados de Vox contra el estado de alarma actualmente vigente en España para paliar la pandemia de covid-19 y que entró en vigor el pasado 25 de octubre. El alto tribunal ha rechazado suspender cautelarmente el decreto del Consejo de Ministros que puso en marcha este estado de emergencia constitucional, previsto en el artículo 116 de la Ley Fundamental, como le había solicitado la formación de extrema derecha.

La admisión a trámite del recurso implica que el tribunal presidido por Juan José González Rivas deberá emitir sentencia sobre la constitucionalidad del decreto de estado de alarma que, entre otras medidas, permite a las comunidades autónomas establecer toques de queda nocturnos o limitar los movimientos de los ciudadanos en las zonas más afectadas por la pandemia. El Constitucional tiene pendiente resolver otro recurso, también interpuesto por Vox, contra el decreto de estado de alarma que estuvo en vigor entre el 14 de marzo y el 21 de junio, durante la primera fase de la crisis sanitaria.

El nuevo recurso de Vox —firmado por su portavoz y abogada del Estado, Macarena Olona—fue presentado el pasado 6 de noviembre. Según explicó el líder de este partido, Santiago Abascal, en unas declaraciones efectuadas a las puertas del propio Constitucional, la tesis central del recurso es que España ha pasado “de un estado de excepción encubierto” que permitió la limitación de derechos fundamentales en la primera oleada de la pandemia a un nuevo estado de alarma “con pretensiones de perpetuidad”.

Vox recurrió también la resolución del 29 de octubre por la que el Congreso publicó el acuerdo que establecía que la Conferencia de Presidentes autonómicos pueda acordar el mantenimiento del estado de alarma hasta el 9 de mayo de 2020, a la vista de la evolución de los indicadores sanitarios en los cuatro meses siguientes a la aprobación del decreto, que se cumplirían el 9 de marzo.

Fuentes del Constitucional subrayan que los hechos constatados en los últimos días ponen de manifiesto que las normas aprobadas en el segundo decreto no han supuesto una suspensión de derechos fundamentales, en referencia al ejercicio del derecho de manifestación que ha tenido lugar en diversas ciudades de España para protestar por las previsiones de la ley Celaá en materia educativa.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_