Mejora insuficiente
El cambio hipotecario todavía está lejos de los derechos de los clientes europeos
Las protestas contra los desahucios y algunas cláusulas de las hipotecas consideradas como abusivas (la cláusula suelo o los gastos de constitución de la hipoteca) se han constituido en los puntos más calientes de la inquietud social en España. A duras penas, y con la ayuda de Europa, cuyos tribunales han puesto en evidencia la regulación española del préstamo hipotecario, tanto el Gobierno como las entidades bancarias han ido cayendo en la cuenta de que las normas de los préstamos para la adquisición de vivienda tienen que aproximarse a los niveles de defensa del consumidor en la eurozona. Esa es la principal razón por la que el Gobierno se dispone a modificar las normas hipotecarias buscando esa aproximación que, de paso, calme la alarma por la propiedad de la vivienda entre los más afectados por la crisis.
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Pero, si se atiende a los cambios conocidos del anteproyecto de ley de contratos inmobiliarios, la aproximación se va a quedar corta. Sustituir las tres cuotas impagadas como motivo de demanda de desahucio por un porcentaje de impago sobre el préstamo concedido (entre el 3% y el 5%, según la cuantía del préstamo o el momento en que se deja de pagar) es, sin duda, un avance sobre la situación actual, pero no deja de ser un nivel de protección más bajo que el europeo, donde los porcentajes de impago pueden llegar al 8% (caso de Alemania). El anteproyecto tampoco se aproxima a Europa en lo que se refiere a intereses de mora, ni tampoco en el cuidado a la especial vulnerabilidad de grupos como el de los parados.
Si el anteproyecto se mantiene en sus términos actuales, supone una mejora sobre la situación presente, pero presenta el riesgo de que en el futuro las relaciones de clientes españoles puedan recurrir a tribunales europeos y éstos dictaminen según las regulaciones más generosas. Como el anteproyecto es susceptible de modificaciones, es de suponer que se incluirán algunas mejoras. Sería deseable que, al menos, se dejase constancia de un tratamiento más favorable para desempleados y familias en riesgo de exclusión.
Conviene recordar que el mercado hipotecario en España ha respondido hasta ahora a criterios diferentes del europeo. La especial avidez por la propiedad inmobiliaria ha llevado a configurar un esquema de préstamos más barato en teoría que el existente en el resto de Europa, a cambio de menos garantías de otro orden (las cláusulas suelo son un ejemplo). Parece lógico suponer que las hipotecas tenderán a contratos más garantistas, pero más caros; la retribución exigida por el préstamo será mayor. Y también parece lógico suponer que la banca tendrá que establecer costes distintos de los préstamos para premiar a los buenos pagadores.
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