Los buenos principios deben ser recibidos con satisfacción, pero en realidad lo que cuenta son los buenos finales. La decisión de la Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) de regular el Registro de Grupos de interés (conocidos en el mundo político-corporativo como lobbies)responde exactamente a esta distinción. Por una parte, es bueno que la Comisión tome nota de que existen grupos de presión y de interés que pretenden influir, en su beneficio o en el de sus clientes, en las decisiones de los Gobiernos o instituciones; por otra parte, resulta que la norma de la Comisión es tímida y manifiestamente mejorable. Existen ejemplos suficientes para decir que la CNMC se ha quedado corta.
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Todas las empresas e intereses económicos tienen derecho a considerar que la legislación puede ser mejorada y modificada para aumentar los rendimientos esperados. Es una pretensión natural que, como tantas otras, debe ser ordenada de forma que se minimicen los efectos indeseados de las presiones a los poderes públicos. Lo que la CNMC propone es un registro de lobbies de carácter voluntario, público y gratuito. Sobre la nula regulación anterior es un avance, pero en relación con la complejidad entre los poderes públicos y los intereses privados, un registro voluntario es insuficiente. Un modelo conocido es el europeo; en Bruselas, para tener derecho a reunirse con miembros del Parlamento es obligado el registro; las reuniones son públicas y, de hecho, se conoce cuántas mantiene cada parlamentario.
La idea de Bruselas es completar un registro obligatorio, incluyendo quizá a los abogados y otros cuerpos profesionales ahora exentos, en 2017. Si este es el modelo que, en la práctica, se desarrolla en España, coherente además con la transparencia exigida a los grupos de presión en el entorno europeo, podremos decir que la regulación española cumple con su cometido; si se queda en un registro voluntario, sin expectativa de evolución, la normativa tendrá escasa utilidad.
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