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Las escuchas del 'caso Gürtel'

El Supremo da luz verde a la tercera causa contra el juez en el alto tribunal

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El caso

Quién denuncia

La querella fue presentada por Ignacio Peláez, el abogado del empresario José Luis Ulibarri, que no llegó a ingresar en prisión, pero que está presuntamente implicado en la trama. Este abogado visitó en prisión a otros presuntos implicados para preparar la defensa de su cliente, donde fue grabado. Antes de ejercer de abogado, Peláez fue fiscal de la Audiencia Nacional y por tanto, compañero de Garzón. Desde que migró a la abogacía, su trayectoria no ha pasado desapercibida. Hace unos meses fue juzgado junto a sus clientes, Alberto Cortina y Alberto Alcocer, Los Albertos, por el caso de la carta falsa con la que la pareja de empresarios intentó contrarrestar la condena del caso Urbanor, finalmente extinguida por prescripción. El tribunal que les juzgó en octubre expresó su "sorpresa" por la contratación de Peláez por Los Albertos, pero no encontró "prueba suficiente" que demostrara que conocía la falsedad de la carta. Peláez salió absuelto y Los Albertos, condenados a cuatro meses. Hace unas semanas, Peláez fue investigado por la Audiencia Nacional por ayudar a entrar, sin permiso, a un periodista holandés y a la mujer de un preso en los calabozos del edificio. A los policías de servicio les dijo que sus acompañantes eran compañeros del despacho, pero los agentes desconfiaron y descubrieron que uno era periodista y la mujer era la esposa del recluso.

Quién instruye la causa

El juez del Tribunal Supremo Alberto Jorge Barreiro, miembro de Jueces para la Democracia que accedió al cargo hace ahora un año desde la presidencia de la Sección 15 de la Audiencia Provincial de Madrid, encargada de juzgar, entre otros, el llamado caso del ácido bórico en el que se dirimía la actuación de cuatro altos mandos de la Policía por la supuesta manipulación de un informe de tres subordinados suyos en el que vinculaban a ETA con el 11-M.

Qué dice la fiscalía

Qué opinan otros tribunales

Qué delitos se le imputan

Prevaricación: Dictar a sabiendas una resolución contraria a derecho, lo que podría suponerle una inhabilitación de 12 a 20 años.
Contra las garantías de la intimidad: La autoridad o funcionario público que, mediando causa por delito, interceptare cualquier clase de correspondencia privada, postal o telegráfica, con violación de las garantías constitucionales o legales, incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de dos a seis años.

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