Elevada a dos años de cárcel la condena a un hombre que atropelló a dos niños en Basurto
El tribunal considera que el accidente se produjo por "el desprecio total y absoluto a las circunstancias y a las señales de tráfico"
La Audiencia Provincial de Vizcaya ha elevado a dos años de cárcel la condena al conductor que atropelló y mató a dos niños, de siete y cuatro años de edad, cuando cruzaban un paso de cebra en el barrio bilbaíno de Basurto, en enero de 2006. El tribunal estima así los recursos interpuestos por el fiscal y los padres de los fallecidos y revoca la primera sentencia, que condenaba al conductor, Rubén Rodríguez, a 720 euros de multa y un año sin carné por dos faltas por imprudencia leve. Ahora, se le considera culpable de dos delitos de homicidio imprudente.
Por ello, le condena a las penas de un año de prisión por cada delito y de un año de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotor, frente a los dos meses de multa por imprudencia leve con resultado de muerte y un año de privación del carnet de conducir. "Algo es algo. Pasar de falta leve a dos años de prisión supone una diferencia muy grande, aunque al final se traduzca en los mismo", ha afirmado en una breve conversación telefónica el padre de los jóvenes, Eduardo A., dejando entender que probablemente el condenado no irá a la cárcel. "El juicio fue muy desgastante, a veces te hacen sentir verdugo en vez de víctima", ha añadido el padre, quien piensa que la sensibilidad de la Justicia en torno a estos temas está cambiando. No quiso hacer más declaraciones y ha recalcado que quiere preservar la intimidad de su familia.
Así, los jueces han desestimado que la causa del accidente fuera una "confusa señalización" y que una camioneta que limitaba la visibilidad al condenado se acabara de parar en el paso de peatones, como recogía la sentencia anterior. Según la Audiencia, la camioneta estaba detenida y tras ella había seis vehículos más parados. Para el tribunal, el origen del siniestro fue "el desprecio total y absoluto a las circunstancias y a las señales de tráfico".
La sentencia considera probado que el 3 de enero de 2006, sobre las 10.25, el acusado conducía por la carretera N-634 un vehículo Citroën Berlingo, propiedad de una empresa en la que trabajaba. En el lugar en el que se produjo el atropello, en el barrio de Basurto, era un tramo con doble sentido de circulación, con zona ajardinada a modo de mediana. En el lugar existía un paso de cebra, advertido mediante señalización vertical (consistente en dos señales de peligro por paso para peatones y una señal de prohibición de limitación a una velocidad máxima de 50 kilómetros por hora) así como mediante marcas viales. El semáforo principal y aéreo estaba 15 metros después.
Prestaba atención al semáforo
El vehículo circulaba por el carril izquierdo tras haberse desplazado instantes antes desde el derecho para girar a la conducción. Su condutor no se de que, en ese momento, varios peatones cruzaban la calzada a través del paso de cebra". Centró su atención en el semáforo aéreo, "que creyó que le regía", y viendo limitada su visibilidad por una camioneta que se hallaba detenida ante el paso de peatones y tras la que había una hilera de vehículos, el procesado continuó su trayectoria a la velocidad constante de entre 50 y 60 kilómetros por hora, hasta arrollar con su vehículo a los dos niños, de siete y cuatro años de edad, respectivamente, que se habían adelantado ligeramente a su padre cuado éste se paró a recriminar al conductor de la camioneta.
A consecuencia del impacto, la pequeña Oihane salió desplazada hasta quedar tendida en la parte izquierda del carril izquierdo, falleciendo instantes después de ser ingresada en el servicio de Urgencias del Hospital de Basurto, mientras que Aitor, "que iba de la mano de su hermana, fue arrastrado por el vehículo unos metros hasta quedar tendido en el carril derecho", por lo que falleció esa misma noche en Urgencias de la Residencia Enrique Sotomayor de Cruces, en Barakaldo, tras haber llegado a ser estabilzado horas antes en el Hospital de Basurto.
Los padres de los menores renunciaron expresamente al ejercicio de las acciones civiles, al haber sido indemnizados con 219.731 euros por la entidad aseguradora de la empresa para la que trabajaba el acusado. Poco después del accidente, el Departamento de Obras Públicas y Transportes de la Diputación Foral de Bizkaia instaló semáforos en el paso de cebra.
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