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El Gobierno aprueba el anteproyecto de la reforma de la Ley del Poder Judicial

Los magistrados del Supremo y los presidentes de los tribunales superiores se eligirán por una mayoría de tres quintas partes del CGPJ

El Gobierno ha aprobado hoy un anteproyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que supone que los nombramientos de los magistrados del Tribunal Supremo y los presidentes de los tribunales superiores de Justicia (TSJ) requieran una mayoría de tres quintas partes del Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

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La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que el Ejecutivo entiende que con esta reforma "se conseguirá potenciar el Tribunal Supremo como órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes". La portavoz del Gobierno ha añadido que igualmente "a las presidencias de los tribunales superiores de Justicia, como los órganos judiciales en los que culmina la organización judicial de la comunidad autónoma, velando así por el prestigio de las instituciones y la cualificación de sus miembros".

De la Vega ha explicado que el Gobierno promueve que "nadie pueda imponer sobre los demás sus candidatos a jueces, sino que todos nos debamos poner de acuerdo para tener a los mejores". El Consejo de Ministros acuerda así una reforma con la que trata de reforzar "la legitimación democrática y el pluralismo en los nombramientos del CGPJ", informa Justicia. La norma, entre otras cosas, pretende dar respuesta a la preocupación expuesta por una amplia mayoría de los diputados en la proposición no de Ley aprobada el martes en el Congreso de Diputados, en la que se instaba al Gobierno a la adopción de las medidas precisas que refuercen la independencia del Poder Judicial. El mérito y la capacidad serán las razones esenciales del nombramiento y acceso al Supremo y a las presidencias de los TSJ.

A favor de la independencia

De esta forma, "se intenta relegar la aplicación de un sistema de mayorías que perjudica la imagen de la justicia y puede enturbiar su independencia", y "para lograr esa transparencia se modifica el sistema de mayorías para la adopción de determinados acuerdos del pleno del CGPJ". La Ley extiende a otros casos la fórmula de elección por mayoría de tres quintos, que ya practica el CGPJ a la hora de efectuar los nombramientos de magistrados del Tribunal Constitucional. Ahora se aplicará esta misma mayoría de tres quintos para elegir a los presidentes de Sala y magistrados del Tribunal Supremo, así como a los presidentes de los tribunales superiores de Justicia, que en la actualidad son nombrados por mayoría absoluta, es decir, la mitad más uno de los miembros del CGPJ.

La mayoría de tres quintos es, además, la que se utiliza en el Congreso y en el Senado para elegir a los miembros del CGPJ, por lo que "está avalada como una fórmula idónea para la adopción de acuerdos por parte del Pleno del Consejo General del Poder Judicial". Así, "se evitará la aplicación automática de la aritmética de un grupo que perjudica el diseño constitucional respecto a la posición del Tribunal Supremo". Es decir, "introduce el consenso como la técnica más idónea de adopción de acuerdos en un órgano colegiado, como el CGPJ, en la política de nombramientos, haciendo del mérito y la capacidad el eje central del debate".

El fin que se persigue es "alcanzar el mayor grado de coincidencia en el momento de cubrir dichos cargos, poniendo a cubierto al Supremo de un enfrentamiento político que pudiera empañar su independencia, entorpecer la alta función que tiene encomendada y menoscabar el prestigio de una institución que es básica en un Estado de Derecho". La nueva fórmula de nombramientos busca hacer efectivo el principio de pluralidad y así el incremento de la mayoría a tres quintos "evitará la tentación, ahora y en el futuro, de elegir conforme al criterio de una mayoría estable concreta, pero institucionalmente insuficiente. Esta práctica se sustituye por el diálogo y el consenso".

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