El Gobierno exige a Madrid, Comunidad Valenciana y Baleares que corrijan normas educativas por contravenir la Lomloe
Las infracciones están vinculadas al sistema de admisión escolar y a la exclusión de los chavales con discapacidad de las pruebas de evaluación
El Gobierno defiende la reforma educativa. El Ministerio de Educación ha enviado en los últimos días cartas a la Comunidad de Madrid, Baleares y la Comunidad Valenciana, gobernadas por el PP (la última en coalición con Vox), advirtiéndoles de que algunas de sus normativas contravienen la ley orgánica de Educación y deben cambiarlas. Dichas comunicaciones constituyen el paso previo a acudir a la justicia.
La supuesta vulneración de Madrid consiste en permitir a los directores de centros educativos excluir al alumnado con discapacidad de las pruebas de evaluación que las autonomías realizaron entre abril y mayo a todos los estudiantes de cuarto de primaria y segundo de la ESO. La de la Comunidad Valenciana, en no haber respetado los criterios a la hora de ordenar las peticiones de matrícula en colegios o institutos en aquellos casos en los que la demanda de plazas supera a la oferta, postergando el criterio de renta y eliminando entre los motivos que deben dar puntos a los solicitantes el hecho de ser víctima de violencia de género o de terrorismo. Y en el de Baleares ―que todavía no ha aprobado el decreto, con lo que la misiva se refiere al borrador que ha publicado en su web el Ejecutivo autonómico―, al hecho de haber excluido a los representantes del profesorado y del alumnado de las comisiones de garantías de admisión, los órganos encargados de velar por la limpieza en los procesos de admisión de alumnado, y la distribución equilibrada de los estudiantes vulnerables entre los centros públicos y los concertados. Los territorios defienden que sus textos son legales.
El punto en el que se encuentran los procedimientos es distinto. En el caso de Madrid, la primera misiva fue enviada por el departamento que dirige la socialista Pilar Alegría el 4 de mayo. La Consejería de Educación respondió que su resolución cumplía la legislación básica. Y lo que este lunes hizo el ministerio fue enviar un requerimiento, firmado por el secretario de Estado de Educación, José Manuel Bar, reclamando a la comunidad que cambie su normativa, el paso inmediatamente previo a interponer en los tribunales un recurso contencioso-administrativo.
La ley de Educación, la Lomloe, establece que las comunidades autónomas debían realizar este curso pruebas diagnósticas para conocer el nivel de competencias de todo su alumnado de cuarto de primaria (9 y 10 años, normalmente) y segundo de la ESO (13 y 14) en varias materias ―de forma orientativa, en matemáticas, castellano, idioma extranjero, sociales, ciencias y, en su caso, lengua cooficial―. El objetivo es proporcionar información a las administraciones educativas autonómicas, a los centros, a las familias y a los propios chavales que les sirva para tomar mejores decisiones. El Ejecutivo que preside Isabel Díaz Ayuso dictó unas instrucciones sobre dicha evaluación que señalaban que los alumnos con necesidades educativas especiales, esto es, con discapacidad, “realizarán la prueba si el director del centro lo estima oportuno, oído el equipo docente”. Y de lo contrario, quedarían excluidos. El requerimiento del ministerio recuerda que, según la Lomloe, las evaluaciones “tendrán en cuenta al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad, incluyendo, en las condiciones de realización de dichas evaluaciones, las adaptaciones y recursos que hubieran tenido”. Es decir, que Madrid debe poner los medios para que los chavales con discapacidad puedan hacer las pruebas, “sin exclusión posible bajo el criterio del director del centro”.
En el caso de la Comunidad Valenciana, el ministerio le ha enviado una carta de colaboración a la Generalitat tratando de que solucione de forma voluntaria las infracciones que el Gobierno considera que ha cometido en su decreto de admisión escolar, que aprobó en abril. La Consejería de Educación ha contestado que, según sus servicios jurídicos, no tienen nada que rectificar. Fuentes del ministerio adelantan que ahora se le enviará un requerimiento y, si tampoco accede a modificar su decreto, el Gobierno irá a los tribunales. El ministerio considera que la Generalitat no ha respetado los criterios fijados con carácter básico por la Lomloe sobre cómo ordenar las solicitudes para acceder a un centro educativo cuando no haya bastantes plazas. Y cita en su misiva una sentencia del Tribunal Constitucional que señala que si bien las comunidades autónomas tienen capacidad para crear criterios propios, “el límite que no se puede rebasar” es que su normativa haga “que los criterios básicos estatales” queden “desfigurados ni desplazados por una regulación (…) que los diluya”.
El Ministerio de Educación considera que la Generalitat ha infringido de seis formas los criterios generales de admisión. El primero de ellos es el que prevé que, entre los elementos a tener en cuenta al valorar las solicitudes, se incluya el hecho de que el alumnado sea víctima de “violencia de género o de terrorismo”. El Ejecutivo que preside Carlos Mazón ha incluido en su decreto otros criterios, como el hecho de ser deportista de alto nivel, o el polémico punto que los centros educativos pueden conceder de forma autónoma ―lo que ha generado una cascada de elementos discriminatorios que la consejería se ha comprometido, al menos parcialmente, a corregir―. Pero en la lista valenciana no figura el de ser violencia de género o de terrorismo.
La norma de la Generalitat también contraviene la ley, según el ministerio, por otorgar los mismos puntos, siete, a los solicitantes que pertenecen a una familia de renta baja, que, por ejemplo, a los que forman parte de una familia numerosa. Este último criterio, y otros que la Generalitat iguala en puntuación con el hecho de ser pobre, también están recogidos en la ley y deben, por tanto, tenerse en cuenta a la hora de ordenar el acceso. Pero el criterio de renta está destacado en la ley como uno de los tres prioritarios (junto al de tener hermanos matriculados en el centro y la proximidad al domicilio o lugar de trabajo de los progenitores), y, según ha establecido el Tribunal Constitucional, ello implica que debe valorarse por encima de los elementos no definidos como prioritarios.
Equilibrar la pública y la concertada
En el caso de Baleares, la supuesta violación de la normativa básica afecta a las comisiones de garantías de admisión y escolarización. Unos organismos a los que la Lomloe concede el papel de supervisar la limpieza de los procesos de matriculación. Y también la tarea de combatir la segregación escolar del alumnado por motivos socioeconómicos o de otra clase, vigilando que los estudiantes con necesidades de apoyo educativo sean distribuidos de forma equilibrada entre los centros públicos (que ahora los acogen de forma desproporcionada) y los concertados. La ley señala que deben formar parte de dicha comisión representantes de la consejería de Educación y el Ayuntamiento respectivos, de los centros públicos y concertados, así como de las familias, del profesorado y del alumnado, designados estos últimos por sus “organizaciones” ―esto es, por las asociaciones de madres y padres, sindicatos docentes y de estudiantes―. El Ejecutivo presidido por Marga Prohens ha excluido, sin embargo, del órgano a los representantes del profesorado ―solo habla de directores― y de los alumnos.
Para evitar trampas en la gestión de las solicitudes por parte de los colegios, la ley establece que las familias pueden presentar la solicitud de matrícula tanto al centro donde quieran escolarizar al alumno, como ante la comisión de garantías de admisión o ante la administración educativa autonómica. El proyecto de Baleares, sin embargo, solo contempla que las solicitudes puedan presentarse “de forma telemática” o presencialmente en el centro en el que quieran matricular al estudiante.
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