Impuestos a la carta para los fondos de inversión
Ante el auge de los depósitos bancarios, estos productos de inversión ofrecen flexibilidad y ventajas en el pago a Hacienda
Con la subida de los tipos de interés, los bancos pequeños y los online han comenzado a ofrecer rentabilidades en torno al 3% y superiores en los depósitos bancarios. La gran banca continúa mostrándose renuente a seguir esta estela de subidas, aunque la pasada semana CaixaBank sacaba al mercado un depósito a un año con rentabilidad del 2% (condicionada, en parte, a la contratación de otros productos), abriendo el camino a sus colegas.
Mientras los depósitos empiezan a despertar después de casi una década de tipos cero o negativos, la otra alternativa para el ahorrador son los fondos de inversión, con su generosa gama de modalidades (monetarios, renta fija, Bolsa, indexados, etcétera). Depósitos y fondos ofrecen ventajas e inconvenientes para el ahorrador, pero destaca en los segundos su gran flexibilidad a la hora de pagar impuestos por las ganancias obtenidas.
Como explica Paula Satrústegui, socia de asesoramiento patrimonial de Abante Asesores, unos y otros tributan en la base imponible del ahorro, aunque en diferentes apartados: los depósitos se consideran rendimientos del capital mobiliario (también los intereses de la renta fija, los dividendos), mientras que los fondos figuran dentro de ganancias y pérdidas patrimoniales (junto con las acciones, las plusvalías de la vivienda…). Eso sí, ambos tributan lo mismo. Este 2023 se modificó al alza la escala de gravamen del ahorro del IRPF (impuesto de la renta de las personas físicas) para las más abultadas. Así, para las ganancias hasta 6.000 euros, el ahorrador paga el 19% de esa cantidad; entre 6.000 y 50.000 euros se eleva al 21%; de 50.000 a 200.000 euros llega al 23%, y para ganancias entre 200.000 a 300.000 euros es del 27% (antes 26%), y cuando son superiores a 300.000 euros Hacienda se lleva el 28% de la plusvalía (antes 26%).
La gran ventaja del fondo frente al depósito es que el ahorrador decide el momento de pagar sus impuestos. El dueño de un depósito bancario tendrá que pagar por sus ganancias a Hacienda cuando venza el depósito, mientras que el poseedor de un fondo elegirá el momento más conveniente para pagar impuestos que será cuando venda las participaciones del fondo, antes no. En términos más técnicos es lo que se conoce como rendimientos explícitos (caso de los depósitos), frente a los rendimientos implícitos (caso de los fondos de inversión).
Esta capacidad de decidir el momento de pagar impuestos ofrece sus ventajas, teniendo en cuenta que los rendimientos y plusvalías son progresivos: a más ganancias obtenidas, mayores impuestos. Mientras que en un depósito los rendimientos obtenidos tendrán que tributar en el año del vencimiento, en el caso de los fondos el ahorrador puede elegir el momento y la cuantía. Así podrá vender las participaciones de los fondos que considere necesarias para no superar un umbral de plusvalías que le lleve a un tramo superior en el impuesto.
Los fondos ofrecen otro beneficio, aunque temporal, si solo se desea sacar la ganancia obtenida un año. El propio cálculo de la ganancia es diferente. Un ejemplo: uno de los supuestos ahorradores coloca 10.000 euros directamente en un depósito y el otro la misma cantidad en un fondo de inversión. Los dos obtienen un 3% de rentabilidad. La ganancia, pues, es de 300 euros. El inversor en depósitos deberá pagar por este rendimiento el 19% de esos 300 euros, es decir, 57 euros, a Hacienda.
Por su parte, el inversor en fondos puede vender o no participaciones. Si no vende, no paga nada…, pero ¿y si quiere disfrutar de estos 300 euros obtenidos con una inversión, dejando el resto de los 10.000 euros en el fondo para que sigan generando dinero? El “fondista” para hacer esa inversión adquirió 100 participaciones de un fondo a 100 euros cada una (los mismos 10.000 euros). Ahora esas participaciones (rentabilidad del 3%) ya valen 103 euros. Necesita vender tres participaciones para cobrar 309 euros. El cálculo de su ganancia se obtiene de restar el precio de compra (100) al de venta (103 euros) por las tres participaciones que vende: su plusvalía es, pues, de nueve euros. El 19% de esa cantidad es 1,71 euros, que es el importe que deberá abonar a Hacienda. Eso sí, él solo dispone de 309 euros, mientras que el inversor en letras cuenta con los 10.300 euros en su bolsillo.
Pero la magia de este ejemplo va perdiendo fuerza con el paso de los años y, finalmente, cuando el partícipe del fondo venda todas sus participaciones habrá pagado lo mismo que el ahorrador en depósitos, según explica Paula Satrústegui.
Inversión en bucle
La característica fiscal más envidiada por el resto de productos financieros con la que cuentan los fondos de inversión consiste en que el traspaso de un fondo a otro no aflora las ganancias obtenidas con vistas a Hacienda. Es decir, el ahorrador puede coger todo el dinero de su fondo y llevárselo a otro y no pagar impuestos, aunque haya logrado plusvalías. Ese traspaso puede hacerse a un fondo de la misma categoría o de cualquier otra porque quiera asumir más o menos riesgo o porque no esté conforme con la gestión que estén haciendo de su dinero. Sin embargo, cualquier inversor que tenga acciones o depósitos, aunque después de vender sus títulos o vencer su producto haga la misma inversión en otras acciones o depósitos, tendrá que pasar religiosamente por la ventanilla de Hacienda si vendió a un precio superior al que compró o por el interés que recibió.
Únicamente están exentos de esta ventaja los fondos ETF (fondos cotizados), que son tratados como cualquier otro producto financiero, pese a las continuas reclamaciones de sus gestores para lograr ese tratamiento favorable que recibe el resto de fondos de inversión.
La posibilidad de hacer traspasos sin pagar impuestos convierte a los fondos de inversión en un producto muy adecuado para una planificación del ahorro a largo plazo, incluso pensando en la jubilación. El ahorrador puede, por ejemplo, asumir más riesgo a edades tempranas con su fondo e ir reduciendo el riesgo buscando fondos más seguros con el fin de preservar el capital a medida que se acerca a la edad de su retiro laboral.
Seguridad, diversificación y liquidez
Existen otros elementos en favor de los depósitos como es la cobertura que hace el Fondo de Garantía de Depósitos de hasta 100.000 euros en caso de quiebra de la entidad financiera. En los fondos, no existe esta garantía, aunque como contrapunto, el dinero y los activos de los fondos de inversión se encuentran fuera del balance de la entidad gestora y, por tanto, no hay riesgo de que ese dinero o activos (bonos, acciones…) se evaporen. Lógicamente, en los depósitos no hay pérdidas y sí una rentabilidad cierta, mientras que en los fondos –dependiendo de su categoría- se puede perder dinero y no se sabe de antemano la rentabilidad que se va a obtener, con independencia de que asuman mucho o poco riesgo de los mercados.
Una clave en favor de los fondos es su liquidez: el ahorrador puede sacar el dinero cuando guste y, salvo casos especiales, lo rescatará en 24 o 48 horas. En el caso de los depósitos, cuando se pide el reembolso del dinero antes de que venzan, suele existir una penalización. Por ejemplo, en el caso del depósito Caixabank supone no recibir ningún tipo de rendimiento, aunque hayan transcurrido varios meses desde que se contrató. Una última ventaja es la diversificación que ofrecen los fondos frente a los depósitos. Pero aquí, dependerá del perfil del inversor. Los fondos permiten invertir en muchos activos distintos de diferentes países, pero para algunos ahorradores que quieren una ganancia cierta en un plazo concreto, la diversificación no va con ellos.
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