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Un robot contra las malas prácticas en el trabajo

A partir del 1 enero un programa informático podrá emitir actas de infracción laboral automáticas, sin intervención de un inspector

ITSS
La medida hará que la actuación inspectora sea más eficaz y certera en el manejo de miles de datos.MF3d (Getty Images/iStockphoto)

El nuevo Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) para 2021, 2022 y 2023 suscita cierta preocupación entre los empresarios. Y es que al incremento del 20% en las cuantías de las sanciones laborales, que entró en vigor el pasado 1 de octubre, ahora se une, a partir del 1 de enero de 2022, la introducción de la digitalización en varios de sus procesos, entre ellos la emisión de actas de infracción.

Con ello, se pretende la detección masiva y el control de las irregularidades más recurrentes en materia laboral. Aumentando así la cifra de infracciones detectadas por el organismo en 2020, que según se refleja en la Memoria Consejo Económico y Social (CES), fue de 73.415, lo que supuso un descenso de un 15,18 % con respecto al año anterior.

Como explica Ignacio Moratilla, socio de Laboral en Lexpal Abogados, las actas sancionadoras se levantarán basándose en los resultados que arroje el big data y la inteligencia artificial, sin la supervisión de un funcionario. Para Ignacio Sampere, of counsel (consejero jurídico) del área Laboral de BDO, esta medida hará que la actuación inspectora de la ITSS sea “más eficaz y certera en el manejo de miles de datos que los inspectores y subinspectores de trabajo no pueden abordar con la rapidez de los programas informáticos actuales”. Lo que, en definitiva, significa un importante incremento de las probabilidades de que las empresas sean inspeccionadas y sancionadas.

Un riesgo que preocupa al sector, especialmente a las pymes cuyos procesos, según Moratilla, sean notablemente analógicos. “El gran cambio”, dice el abogado, “es que las empresas recibirán un acta de sanción en frío, sin haber mediado esa actividad indagatoria que supone la primera fase de interactuación con los profesionales de la Inspección de Trabajo”. Para él, la mejor forma en que las empresas pueden prepararse es digitalizando sus procesos y sus entornos para adecuarse a la “teórica digitalización administrativa”. Sin embargo, advierte de que “esto ya se vivió con la liquidación del IVA y que se tuvo que recular ante la imposibilidad material de infinidad de sujetos incapaces de circular por entornos digitales”.

Asimismo, Sampere aconseja que las empresas refuercen su sistema de vigilancia para cumplir estrictamente y en plazo todas las obligaciones legales que dejan una traza informática en las bases de datos de los Ministerios de Trabajo y el de Seguridad Social. En particular, en aquellas referidas a la cotización a la Seguridad Social, las altas y bajas en plazo en la Seguridad Social de sus trabajadores, el correcto registro de los contratos de trabajo —en especial los de naturaleza temporal— y el cumplimiento de los límites de horas de trabajo si el registro de jornada está informatizado. Todo ello, “para evitar que el sistema informático detecte el error antes que la propia empresa investigada”, señala el abogado.

En este punto, el problema es que a pesar de que el 1 de enero de 2022 está muy cerca, aún no se han detallado los supuestos que serán susceptibles de actuación automatizada. Algo que se hará por resolución del director del organismo estatal de la ITSS, como apunta Moratilla. Eso sí, en su opinión, los supuestos de contratación temporal, ETT y similares, estarán seguro entre los que contarán con este medio de “inspección”.

La actuación informatizada de la ITSS, al igual que sucede en los casos de las intervenciones de los inspectores o subinspectores, propondrá las mismas reducciones del 40% de importe de la multa propuesta por pronto pago. “Ello comportará que muchas empresas opten por la sanción reducida y desistan de recurrir”, afirma Sampere.

En cualquier caso, la empresa sancionada mediante el proceso automatizado podrá alegar en contra del acta si considera que el programa informático de la ITSS ha incurrido en error. De esta manera, renunciará a la reducción por pronto pago, pero “retornará la interactuación humana, echándose el robot a un lado”, especifica Moratilla.

A este respecto, Sampere augura que, aunque el nuevo sistema informático de control tarde varios meses en ser plenamente operativo y puedan surgir algunos errores, su actuación será “implacable y sin ninguna debilidad” una vez pasada la fase de adecuación.

Inspectores a la expectativa

Para Ana Ercoreca, inspectora de Trabajo y Seguridad Social, las actuaciones de la inspección de trabajo requieren una valoración jurídica que la máquina no es capaz de realizar. “Por ejemplo”, explica, “el proceso automatizado no va a detectar si una empresa está en concurso y, en consecuencia, no tiene la obligación de realizar las cotizaciones a la Seguridad Social”.

Desde el Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social (SITSS) que preside Ercoreca, afirman que están a favor de la gestión masiva de datos, siempre que no limite, perjudique o anule los derechos de los ciudadanos. En su opinión, dado que el procedimiento sancionador restringe los derechos del ciudadano debe dotarse de todas las garantías. Situación que no se produce si se priva a los administrados de la posibilidad de alegar en fase previa, antes de encontrarse directamente con la sanción impuesta por un robot. “Somos partidarios del cruce de datos, pero siempre y cuando sea un medio auxiliar y de ayuda y la decisión sancionadora la tome un funcionario”, concluye Ercoreca.

Prioridades del Plan Estratégico

El plan de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se articula a través de cuatro grandes ejes, donde se detallan los 40 objetivos marcados. En primer lugar, según destaca el abogado Ignacio Moratilla, el foco se pone en las prioridades del actual Ministerio de Trabajo, como son, la mejora de la calidad del empleo, la igualdad de oportunidades, la garantía de derechos de las personas trabajadoras y la lucha frente a la precariedad y al fraude laboral a la Seguridad Social. El segundo bloque es el refuerzo de las capacidades de actuación de la Inspección de Trabajo. En tercer lugar, el fortalecimiento y modernización del sistema de la Inspección, es decir, su digitalización. Y, por último, el incremento de la vigilancia transnacional para luchar contra el fraude.

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