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La Justicia europea avala intervenir los mercados energéticos en caso de crisis

El Tribunal General de la UE rechaza el recurso de varias empresas españolas contra la excepción ibérica que la calificaban de discriminatoria y no proporcionada

Artículo de EL PAÍS Escaparate que describe una serie de trucos y productos para ahorrar en la factura de la luz.
El TGUE ha avalado la excepción ibérica y respalda la intervención en los mercados energéticos en casos de crisisGetty Images
Silvia Ayuso

Pedro Sánchez se encontraba bastante solo cuando, en marzo de 2022, se peleaba en Bruselas junto con su par portugués y hoy presidente del Consejo Europeo, António Costa, contra los demás líderes europeos para lograr un tope a los precios del gas que se utiliza para fabricar electricidad. La idea era bajar así de forma drástica y rápida la factura de la luz en la Península, la denominada excepción ibérica. Pero la medida no solo fue ganando adeptos en la UE. Ahora, la Justicia europea la ha avalado. Y va más allá aún, al respaldar de forma contundente en una sentencia el argumento de base para este tipo de medidas en el futuro: la intervención de los mercados energéticos en casos de “graves perturbaciones”.

“El objetivo de obtener una bajada de los precios de la electricidad en el contexto de una fuerte presión al alza de los precios de los combustibles (…) es conforme con la finalidad de poner remedio a una grave perturbación de la economía de un Estado miembro, que constituye uno de los motivos por los que algunas ayudas pueden considerarse compatibles con el mercado interior, según los Tratados”, subraya el Tribunal General de la UE (TGUE) en una decisión conocida este miércoles.

Con su fallo, los jueces europeos se abren a que “se pueda respaldar en el futuro la intervención de los mercados en situaciones de crisis”, subraya el eurodiputado socialista Nicolás García Casares, quien como miembro en esta legislatura y la pasada de la Comisión de industria, investigación y energía ha estado muy implicado en todas las negociaciones de la crisis energética desde 2022.

Un respaldo —aunque la sentencia todavía es apelable ante la instancia superior de los jueces de Luxemburgo, el Tribunal de Justicia TJUE— que no podría llegar en un momento más oportuno, agrega el eurodiputado: supone un apoyo tanto a la regulación del mercado eléctrico, que contempla esa posibilidad, como al flamante Pacto para la industria limpia recién presentado en Bruselas para impulsar la competitividad europea sin desviarse de los objetivos climáticos fijados por los Veintisiete. Este pacto abre precisamente la puerta a aplicar modelos similares a la excepción ibérica que en su momento negoció la entonces vicepresidenta tercera y ministra de Transición Energética, Teresa Ribera, hoy al frente de la Comisión como vicepresidenta y al cargo de la cartera de Transición limpia.

La valoración del TGUE se produce en el marco de otro respaldo a la posición española. La sentencia avala plenamente la excepción ibérica y los procedimientos empleados para ella, al desestimar todas las alegaciones presentadas ante Luxemburgo por varias empresas que cuestionaron que la medida, aplicada por España y Portugal para contener los precios en plena crisis energética desatada con el comienzo de la guerra en Ucrania, se ajustara a la legislación comunitaria.

Las empresas demandantes —PGI Spain, Berry Superfos Pamplona, Promens Packaging, RPC Envases y Zeller Plastik España— reclamaban una anulación de la decisión de la Comisión que avaló la excepción ibérica, alegando que el Ejecutivo europeo no había entendido “correctamente” el funcionamiento del mecanismo de la ayuda estatal nacional al darle su visto bueno. Sostenían además que la medida no era ni adecuada ni proporcionada y que era además discriminatoria, y reprochaban que la Comisión no hubiera abierto un procedimiento de investigación formal para confirmar la compatibilidad o no de la excepción ibérica con las normas del mercado interior.

El TGUE es taxativo y rechaza, uno por uno, todos los argumentos de las empresas, que considera “no han conseguido demostrar que hubiera dificultades serias que justificaran la apertura del procedimiento de investigación formal”. Los jueces europeos también rechazan que la medida violara el principio de discriminación. “Es evidente —señalan al respecto— que los compradores de los mercados mayorista y minorista no se hallaban en una situación comparable bajo el prisma del modo en que la bajada de los precios en el mercado mayorista y el pago de la contribución estaban llamados a reflejarse en el precio de la electricidad”. Finalmente, el TGUE también rechaza que hubiera “incertidumbre alguna” sobre la determinación exacta de los compradores de electricidad que podían beneficiarse de una exención.

En un argumento más de que este tipo de intervenciones se justifican en momentos de crisis, el TGUE recuerda además que las empresas demandantes “no cuestionan la materialidad del marco de crisis y sus repercusiones sobre los precios”, motivo último por el que España y Portugal aplicaron a excepción ibérica hasta finales de 2023.

La decisión de TGUE también ha sido saludada en Madrid. “Celebramos que la Justicia europea avale el mecanismo ibérico impulsado por España y Portugal”, ha declarado tras conocer la sentencia la vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen. “Fue una solución que ha proporcionado un ahorro de más de 5.100 millones de euros a los consumidores españoles y que el Tribunal General UE considera ‘necesaria, apropiada y proporcionada’”, ha subrayado.

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Sobre la firma

Silvia Ayuso
Corresponsal en Bruselas, después de contar Francia durante un lustro desde París. Se incorporó al equipo de EL PAÍS en Washington en 2014. Licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, comenzó su carrera en la agencia Efe y continuó en la alemana Dpa, para la que fue corresponsal en Santiago de Chile, La Habana y Washington.
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