La sanción a cuatro aerolíneas por las maletas abre una brecha entre ministerios socialistas y de Sumar
La resolución de Consumo, con multa de 150 millones, se cruza con la estrategia de Transportes y Turismo de que sea la Comisión Europea quien armonice las normas sobre el equipaje
El correctivo del Ministerio de Servicios Sociales y Consumo a Ryanair, Vueling, Easyjet y Volotea, con 150 millones de multa por algunas de sus prácticas comerciales, especialmente la de cobrar por subir una pequeña maleta (trolley) a la cabina del avión, no solo ha caído como una bomba en el sector aéreo. El volumen y el momento en que salta la sanción, en plena campaña de las Elecciones Europeas, ha abierto una brecha entre ministerios socialistas y los de Sumar. También ha puesto al Ejecutivo español bajo el foco de la Comisión Europea (CE) y de potentes lobbies de la aviación, como IATA y A4E.
Mientras el ministro de Sumar que lidera la política de Consumo, Pablo Bustinduy, aboga por actuar “con determinación” en este caso, según afirmó el pasado martes, los departamentos de Transportes y de Turismo, encabezados por Óscar Puente y Jordi Hereu, están tratando de tranquilizar, con garantías de seguridad jurídica, a un sector que consideran estratégico para la economía y la conectividad del país.
La parte socialista del Gobierno de coalición lleva días contenida, en pleno proceso electoral, evitando desautorizar a Consumo, pero aboga, según un alto cargo involucrado, por buscar el equilibrio entre la defensa de los derechos de los consumidores y garantizar a las compañías igualdad de condiciones respecto al resto de la Unión Europea (UE). De hecho, van a reclamar en Bruselas que sea la CE quien armonice la regulación en torno al equipaje y estandarice, para la todo el territorio común, los volúmenes y pesos de las maletas que son susceptibles de pago en los vuelos.
Esta gestión figura, a modo de compromiso, en comunicaciones remitidas desde el Gobierno a las firmas sancionadas. Ante la multa, vista como una victoria histórica por las organizaciones de consumidores, cabe recurso de alzada y, posteriormente, la apertura de la vía judicial. El ministro Bustinduy habla de “todas las garantías procesales” para las empresas, mientras la Asociación de Líneas Aéreas (ALA) espera una clara victoria en los tribunales.
La petición para que la CE actúe, liderada por Transportes, ya partió anteriormente del Parlamento Europeo, derivando en la apertura de conversaciones entre el regulador comunitario y el sector aéreo. En Bruselas, son IATA y A4E quienes representan a las empresas. Con la negociación ya lanzada, entre los socialistas del Consejo de Ministros no ha gustado que Consumo desmarque a España, cuyo turismo es dependiente del tráfico low cost, con una posición contraria a la segmentación (cobro extra por distintos conceptos) del precio de los billetes. El propio presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, pudo pulsar a primeros de año la preocupación de las aerolíneas por el expediente del equipaje. Fue en reuniones con representantes de Ryanair y de IAG, en las que ambas se comprometieron a inversiones multimillonarias en España.
De forma paralela, diversas fuentes afirman que la Dirección General de Transportes de la CE habría tenido contactos con el órgano español de Aviación Civil interesándose por un proceso, el ejecutado por Consumo, que podría chocar con normativa comunitaria. IATA, por último, se ha dirigido al Ejecutivo, a través de una carta remitida a tres ministerios, advirtiendo de la borrasca que acecha al transporte aéreo.
Entre las afectadas, se estudia el escenario de demandas por distorsión del mercado ante una actuación gubernamental que solo impacta, en el caso de la multa, en cuatro de las muchas aerolíneas europeas que cobran por la maleta en cabina, y se circunscribe a España si cristaliza la prohibición de esa práctica. Uno de los problemas a la vista es el de cómo implantar la medida en vuelos desde países en los que no hay regulación en ese sentido.
Meses de tensión
La resolución de Consumo lleva más de un año acechando a Ryanair, Vueling, Easyjet y Volotea. En julio de 2023 ya conocieron la propuesta de sanción, contra la que alegaron sin éxito. Con la resolución en la mano, confían ahora en que la normativa esté de su lado, según ha argumentado el presidente de la Asociación de Líneas Aéreas (ALA), Javier Gándara.
Las compañías invocan el Reglamento 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos, en el que se respalda la libertad tarifaria (artículo 22, apartado 1). Corría 2013 cuando la Dirección General de Transporte de la CE avaló el cobro por la maleta que entonces iniciaba Wizz Air, siempre que se informara claramente al viajero. Pero la OCU y Facua, como plataformas de consumidores, se agarran a las leyes españolas de Navegación Aérea y de Defensa del Consumidor para reclamar la gratuidad del trolley a bordo. Ryanair, de la que se dice que acarrea con la mayor sanción económica de Consumo, ha recibido sentencias en los últimos meses en tribunales de Madrid, Valladolid, Santander, Pontevedra, Pamplona, Vitoria, Las Palmas de Gran Canaria, Málaga, Valencia, Ourense, León, Sevilla y San Sebastián, que sostienen la legalidad de la tarificación del equipaje que exceda ciertas dimensiones, implantada por la firma irlandesa en 2018. En su comunicación a Transportes, Turismo y Consumo, el vicepresidente de Iata, Rafael Schvartzman, asevera que la normativa comunitaria prevalece sobre cualquier legislación nacional que entre en contradicción.
Desde ALA se ha advertido en los últimos días que la resolución “va contra la capacidad del consumidor de elegir”. La asociación estima que 55 millones de viajeros se verán afectados en España por un encarecimiento del billete si se obliga a suprimir la tarifa básica dirigida a los que viajan exclusivamente con un bolso o mochila, considerado equipaje de mano por las empresas. Esa subida, explican, se debería a un mayor coste de gestión del equipaje: “En aviones con 180 plazas, dedicados a vuelos cortos, apenas caben 90 trolleys, con lo que hay que bajar equipaje a cabina, con el consiguiente coste del personal adicional y los retrasos en las operaciones”.
Vacío legal
Transportes y Consumo se reparten competencias en lo que toca a la relación entre compañías aéreas y viajeros, como quedó reflejado, por ejemplo, en una respuesta parlamentaria del Gobierno en agosto de 2022.
Entonces se advirtió de que el artículo 97 de la Ley 48 de 1960, de Navegación Aérea, dispone que “no se considerará equipaje a este efecto [por el cobro] los objetos y bultos de mano que el viajero lleve consigo. El transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos”. Pero en el texto legal se ofrece la posibilidad a denegar el embarque de esos bienes “en atención a razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, en relación con las características de la aeronave”.
El Ejecutivo también reconoció un vacío legal: “No se define qué debe entenderse por objetos y bultos de mano para los cuales se establecen reglas especiales de gratuidad, transporte en cabina y de denegación de embarque”. Y añadió que el contrato de transporte ha de incluir “los requisitos exigidos por la compañía sobre el equipaje de mano”.
A la vista de esta posición, habría escaso margen para multar, pero en esa misma respuesta del Gobierno, al entonces diputado del Grupo Mixto Pablo Cambronero, se estipuló que “la utilización de cláusulas generales de contratación, la garantía de los derechos básicos de cualquier consumidor ante cualquier servicio, la observancia de las reglas de publicidad y demás materias vinculadas” son cuestiones que atañen a consumo y a la protección del usuario, quedando fuera de las competencias del Ministerio de Transportes.
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