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Trabajo informa a la Fiscalía de los delitos que ha detectado en su investigación a Glovo

El ministerio de Yolanda Díaz dice que el empeño de la empresa de reparto en emplear a falsos autónomos puede ser “constitutivo de un delito contra los derechos de los trabajadores” que vulnera el Código Penal

Un 'rider' de Glovo en Madrid, en agosto de 2023.
Un 'rider' de Glovo en Madrid, en agosto de 2023.Claudio Alvarez
Emilio Sánchez Hidalgo

El Ministerio de Trabajo ha informado a la Fiscalía General del Estado de los delitos que ha detectado en el proceder de Glovo, la empresa de reparto que sigue operando con falsos autónomos pese a la ley rider. El departamento que dirige Yolanda Díaz ha elaborado un informe, que ha remitido a la Fiscalía, en el que detalla cientos de casos concretos de empleados que deberían ser asalariados pero reparten para Glovo como trabajadores por cuenta propia. “Según las actuaciones inspectoras, esta empresa podría vulnerar el Código Penal por no atender los requerimientos que se le han realizado para que reconozca como trabajadores por cuenta ajena a sus repartidores”, explican fuentes del ministerio. Glovo dice que no conoce esta cuestión ni ha recibido ninguna información al respecto.

La Fiscalía General del Estado explica que recibió el informe de Trabajo en octubre de 2023 y que trasladó la información a la Unidad de seguridad y salud en el trabajo “por si los hechos denunciados pudieran ser delito contra los derechos de los trabajadores”. A la vista del informe de ese departamento, la denuncia fue remitida a la Fiscalía Provincial de Barcelona a principios de enero. El delegado de la Unidad en Barcelona (ciudad que acoge la sede de Glovo) está siguiendo el asunto, añaden fuentes fiscales.

El Gobierno aprobó la ley rider en 2021 para que los repartidores que operan como falsos autónomos estén protegidos por un contrato de trabajo en lugar del mercantil. Pero Glovo, la principal empresa del sector, ignora la nueva legislación, a pesar de las millonarias multas impuestas por Inspección de Trabajo y la sentencia del Supremo de 2020 que reconocía la laboralidad de la relación de la empresa y sus repartidores. Ante ese empeño en esquivar la legislación, el Ejecutivo puso en marcha el pasado verano “la vía penal”, según adelantó a EL PAÍS el secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey. “Hemos requerido formalmente a estas empresas que cumplan con la ley para que sean conscientes de que si no lo hacen, ya no es un problema solo de sanciones económicas, sino también un problema de sanciones penales”, dijo en una entrevista con este periódico.

El Congreso aprobó en 2022 una modificación del Código Penal que castiga el uso de falsos autónomos con penas de prisión. Se establecen penas de cárcel de seis meses a seis años y multa de seis a 12 meses a “los que impongan condiciones ilegales a sus trabajadores mediante su contratación bajo fórmulas ajenas al contrato de trabajo, o las mantengan en contra de requerimiento o sanción administrativa”.

Desde el ministerio detallaban que ese aviso a Glovo “era la antesala de la aplicación del artículo 311.2 del Código Penal, recientemente modificado; si estos requerimientos no fructifican, trasladaremos a la Fiscalía la documentación pertinente para que ejerza las acciones oportunas atendiendo a esta nueva regulación penal”. Dado que la empresa sigue funcionando con autónomos, Trabajo ha cumplido su amenaza.

“La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha remitido un informe a la Fiscalía General del Estado poniéndole en conocimiento la actuación de las sociedades mercantiles de Glovo por considerar que podría ser constitutiva de un delito contra los derechos de los trabajadores”, añade el departamento de la vicepresidenta segunda. Según ha podido saber este periódico, el texto elaborado por Trabajo aporta cientos de casos concretos de repartidores que, con la ley en la mano, deberían ser asalariados, pero operan como autónomos para Glovo.

“Glovo no es conocedor de esta cuestión”, dicen fuentes de la compañía. “No hemos recibido ninguna información ni notificación al respecto. En caso de producirse, estudiaremos su contenido. Como siempre hemos hecho, reiteramos nuestra entera disposición para mantener un diálogo abierto y constructivo con las administraciones y agentes de nuestro país para así, entre todos, seguir construyendo el presente y el futuro de la economía digital”, añaden las mismas fuentes.

Multas millonarias

Más allá de la vía penal, según ha podido saber este periódico Glovo acumula 253 millones de euros en sanciones impuestas por Inspección por el uso de falsos autónomos. La última trascendió en enero, por emplear de manera fraudulenta a 49 repartidores en Asturias. Es el primer castigo por hechos posteriores a la aprobación de la ley rider.

La Audiencia Nacional concedió a Glovo entre noviembre de 2023 y enero la suspensión cautelar del pago inmediato de hasta una decena de actas firmes, que sumaban una cuantía total de 67,3 millones de euros. Así lo hizo en cinco sentencias firmadas por la sala de lo contencioso-administrativo, en respuesta a otros tantos recursos interpuestos por la compañía, propiedad del grupo alemán Delivery Hero. El argumento de Glovo para acceder a esos aplazamientos es que su pago inmediato podría “producir a la entidad demandante perjuicios de especial importancia y de difícil reparación”. En todos sus recursos, Glovo aduce las importantes pérdidas que preveía para el ejercicio 2023: 209 millones de euros.

Repartidores de Glovo en Barcelona, en 2021.
Repartidores de Glovo en Barcelona, en 2021.MASSIMILIANO MINOCRI

Estas suspensiones no le salen gratis, ya que la Audiencia Nacional concede la medida cautelar a cambio de que la empresa presente garantías o avales que cubran lo importes. Delivery Hero ya anunció que debería provisionar entre 30 y 45 millones al trimestre por las potenciales sanciones de su negocio español. “Seguimos siendo de la opinión de que el sistema [de contratación] que pusimos en marcha es completamente acorde”, dijo recientemente el director financiero de Delivery Hero, Emmanuel Thomassin, al ser preguntado por las provisiones ligadas a Glovo.

Incumplimientos

La ley rider fue pactada por sindicatos y empresarios y aprobada con 195 votos a favor en el Congreso (20 por encima de la mayoría absoluta). Glovo, con en torno a un cuarto de la cuota de mercado, es el principal agregador (plataformas donde se puede pedir a diferentes negocios) de la restauración española. Le siguen Uber Eats y Just Eat. El año pasado Glovo emplea a unos 15.000 repartidores —autónomos—, Just Eat a 2.000 —contratados; y además opera con algunos subcontratados y otros de los propios restaurantes— y Uber Eats rechaza detallarlo.

“Los que sí respetamos la ley nos vemos perjudicados a nivel económico. Lo que nosotros nos gastamos en Seguridad Social ellos lo dedican a marketing y campañas de precios”, denunciaba en conversación con este peiódico Just Eat, la única que contrata a sus trabajadores. Más allá de los costes en cotizaciones a la Seguridad Social, el modelo de autónomos es mucho más barato porque cuando el repartidor no está trabajando no cobra. En un sistema laboral, con horarios más o menos fijos, los periodos llamados “de ociosidad” sí se retribuyen.

Hay casos en los que los repartidores de Glovo, fácilmente identificables por sus mochilas amarillas, ni siquiera son autónomos, sino empleados sin papeles. Inspección de Trabajo ha multado a la empresa por esta casuística, en la que extranjeros sin permiso de trabajo operan alquilando cuentas de riders autónomos. “Trabajo en esto porque no tengo papeles. Claro que preferiría un empleo con contrato, con unos ingresos fijos”, contaba en un reportaje reciente a este periódico Adrián, un venezolano de 29 años, frente al McDonald’s de la Gran Vía madrileña.

Ley europea

El 11 de marzo los ministros de Trabajo de la UE dieron luz verde al pacto alcanzado entre el Consejo y la Eurocámara sobre la directiva oficial de trabajo en plataformas. La norma salió adelante pese a no obtener el respaldo de los dos grandes países de la Unión, Francia y Alemania, pero sí del resto. Según cifras del Consejo de Europa, en 2022 había 28,3 millones de personas de la UE trabajando en las 500 plataformas digitales que operan en la unión. Y en 2025 se espera que la cifra llegue a 43 millones.

El texto no aporta grandes novedades respecto a la ley rider que ya aplica en España, pero sí abre la protección que esta norma establece para los repartidores a otros colectivos relacionados con las plataformas. Es decir, la presunción de laboralidad aplica a muchas más personas. La normativa europea también va más allá que la española en la transparencia en el uso de algoritmos y en la protección de datos de los repartidores.

En los últimos años España ha redoblado sus esfuerzos en la búsqueda de empleados por cuenta propia que deberían ser asalariados: Inspección ha aflorado 88.074 falsos autónomos de 2020 a septiembre de 2023, según los últimos datos a los que tuvo acceso EL PAÍS.

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Sobre la firma

Emilio Sánchez Hidalgo
Redactor de Economía. Empezó su trayectoria en EL PAÍS en 2016 en Verne y se incorporó a Sociedad con el estallido del coronavirus, en 2020. Ha cubierto la erupción en La Palma y ha participado en la investigación de la pederastia en la Iglesia. Antes trabajó en la Cadena SER, en el diario AS y en medios locales de su ciudad, Alcalá de Henares.
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