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La Fiscalía pide a la Audiencia Nacional que condene a Ryanair por violar el derecho a huelga

El Ministerio Público asegura que la aerolínea irlandesa obstaculizó los paros de los trabajadores de cabina en 2022

Ryanair
Vista general del logotipo de Ryanair en su sede de Dublín (Irlanda).CLODAGH KILCOYNE (REUTERS)
Luis Enrique Velasco

La Fiscalía de la Audiencia Nacional pide la condena de la aerolínea Ryanair por haber vulnerado el derecho a la huelga de los trabajadores pertenecientes al colectivo de tripulantes de cabina de pasajeros (TCPS) en los paros convocados por la Unión Sindical Obrera (USO) y por el Sindicato Independiente de Tripulantes de Cabina de Pasajeros de Líneas Aéreas (Sitcpla) entre junio de 2022 y enero de 2023. En el comunicado emitido por el Ministerio Público también se pide la condena de otras dos empresas, subcontratas de la aerolínea, por el mismo motivo: Crewlink Ireland LTD y Workforce International Contractors LTD.

Las huelgas fueron convocadas como consecuencia de reclamaciones reiteradas por precariedad laboral. Se resolvió en un juicio celebrado el día 29 de noviembre de 2023 por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional que Ryanair “realizó de forma reiterada y reincidente actos tendentes a obstaculizar e impedir el legítimo ejercicio del derecho a huelga mediante actos de diversa naturaleza”. La manera en la que actuó la empresa para dificultar el desarrollo de las huelgas, según reza el comunicado, fue a través de la falta de información a los trabajadores sobre los vuelos programados, la designación abusiva del número de trabajadores para la prestación de servicios mínimos, la utilización de trabajadores de terceros estados y el apercibimiento de despidos disciplinarios.

Los sindicatos emprendieron las primeras acciones en contra de Ryanair, después de que esta incumpliera la Resolución de Servicios Mínimos establecida por el Ministerio de Transportes en las primeras jornadas de huelga previstas para los días 24, 25 y 26 de junio de este año. Según la denuncia, Ryanair mantuvo como vuelos protegidos todos aquellos que ya estaban programados, lo que desembocó en una fijación ilegal del 100% de los servicios mínimos. Los sindicatos USO y Sitcpla indicaron que los trabajadores Ryanair tuvieron que operar esos vuelos por obligación bajo la apariencia de servicios mínimos, por lo que no pudieron ejercer su derecho a huelga.

Otra denuncia fue presentada a la Dirección Especial de Inspección de Trabajo y Seguridad Social en contra de la aerolínea por parte de USO y Sitcpla, en la que se ponía en conocimiento “múltiples irregularidades” que Ryanair había cometido “con total impunidad”, como la asignación de guardias, tanto en domicilio como en casa.

Antecedentes

A mediados de este año, el Tribunal Supremo desestimó el recurso que Ryanair y las dos firmas asociadas Crewlink Ireland Ltd y Workforce Contractors Ltd interpusieron en contra de la sentencia de la Audiencia General de 2021. Este órgano declaró que las empresas vulneraron el derecho de huelga de los trabajadores Los paros habían sido convocados durante 10 días en septiembre de 2019. Para este episodio, el alto tribunal confirmó la indemnización a los sindicados UNO-STA y Sticpla por la vulneración de los derechos de libertad sindical, con la suma de 30.000 euros para cada uno de ellos.

La decisión también obligó a las empresas condenadas a reponer a los trabajadores que formaron parte de la huelga con el bonus de productividad mensual por importe de 150 euros, del que solo cabía deducir la suma de 5 euros por cada día de participación en dicha huelga.

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