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Desestimado el recurso de Bimbo Donuts contra el registro de la marca ‘Donas’ por parte de Dulcesol

El Tribunal General de la UE concluye que no se ha probado el uso de la marca para las categorías “productos de panificación” y “pastas alimenticias”

Matteo Allievi
Fábrica de Bimbo en Santa Perpètua de Mogoda, Barcelona.
Fábrica de Bimbo en Santa Perpètua de Mogoda, Barcelona.Google Street View

El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) ha desestimado este miércoles el recurso presentado por la empresa madrileña Bimbo Donuts Iberia contra el registro de la marca Donas Dulcesol por parte de la sociedad valenciana Dulcesol. En 2018, la compañía valenciana solicitó ese nombre para varios productos alimenticios, pero la petición fue recurrida entonces por Bimbo Donuts Iberia (en ese momento Bakery Donuts Iberia) por la existencia de una marca ya utilizada por ellos denominada Donas. La justicia europea ha avalado la decisión de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO, por sus siglas en inglés) de rechazar la apelación de Bimbo al considerar que no logró probar el uso de ese nombre para las categorías de “productos de panificación” y “pastas alimenticias”, tal y como había denunciado.

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Bimbo Donuts Iberia había alegado en 2018 que Donas Dulcesol usaba esa marca para un producto de repostería, es decir, “un bollo esponjoso, de forma redonda y plana, que se hornea o fríe, según la variante”, ha informado el TUE en un comunicado. Y por lo tanto, la firma había sostenido que este producto estaba incluido en la categoría de “productos de panificación” y en la de “pastas alimenticias”. Sin embargo, en 2020 la EUIPO desestimó las alegaciones de Bimbo, al confirmar que no se había aportado ninguna prueba del uso efectivo de la marca Donas para los productos que denunciaba. Concretamente, el organismo comunitario observó que sí se había probado el uso de la marca Donas para “piezas esponjosas de repostería con forma de bolas, glaseadas o cubiertas de chocolate”, pero consideraba que estas no formaban parte de la categoría “productos de panificación” ni de la de “pastas alimenticias”.

La EUIPO especificó que los “productos de panificación” designan “pan común” o “pan especial”, y que existe una clara diferencia entre esas categorías y los productos de bollería, pese a que se fabriquen de forma similar. Además, indicó que los “productos de panificación” y los productos de pastelería son también distintos, ya que estos últimos están clasificados bajo el título concreto de “productos de pastelería”. Por su parte, las “pastas alimenticias” se refieren a los productos de la cocina italiana, tales como espagueti, tagliatelle, penne y farfalle, y no comprenden aquellos para los que se había usado la marca Donas.

El Tribunal General ha aclarado que correspondía a Bimbo Donuts Iberia aportar la prueba del uso efectivo de la marca antes de que la EUIPO procediera a examinar los motivos alegados en la oposición. Ese uso debía referirse a los productos respecto de los cuales se había registrado Donas y en los que se basaba el recurso, como productos de panificación, harinas, cereales, pastas alimenticias, arroz y levaduras, entre otros.

Bimbo Donuts alegó en Luxemburgo que la EUIPO había interpretado incorrectamente la publicación oficial de la Comunidad de Madrid titulada El sector de los productos de panadería, bollería y pastelería industrial y galletas en la Comunidad de Madrid, editada en 2010 por la Dirección General de Ordenación e Inspección y el Instituto de Nutrición y Trastornos Alimentarios de la Comunidad de Madrid (INUTCAM). El Tribunal General ha señalado, al igual que la EUIPO, que esa publicación distingue claramente, por una parte entre los “productos de panificación”, y por otra, los productos de bollería, pastelería industrial y las galletas.

Por tanto, el tribunal concluye que Bimbo Donuts Iberia no ha demostrado que el producto respecto del que denunció el uso efectivo de la marca pertenezca a la categoría de los “productos de panificación” ni a la de “pastas alimenticias” y de ahí que la EUIPO actuara correctamente al incluirlo en una categoría diferente, la de “productos de pastelería”, que no están cubiertos por la marca Donas.

La compañía madrileña, que forma parte del grupo Bimbo y que agrupa la actividad productiva y comercial de la antigua Panrico, perdió 19 millones de euros en 2019. Unos números rojos que, no obstante, son un 56% menos de los que tuvo el año anterior, cuando sobrepasaron los 43 millones. Esta mejora se debe principalmente a un aumento de la facturación: los ingresos se elevaron hasta los 489 millones de euros, con una subida del 24%. Además de un repunte orgánico de las ventas, también influyó una reestructuración que Bimbo realizó a finales de 2018.


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