Guía básica para conseguir las ayudas públicas para la compra de coches eléctricos
El Plan Moves III habilita 400 millones de euros para impulsar las ventas de vehículos propulsados por baterías
Desde el pasado sábado están en vigor las ayudas del plan Moves, un ambicioso programa de subvenciones a la adquisición de vehículos eléctricos, híbridos enchufables y de pila de combustible de hidrógeno y a la instalación de puntos de recarga con una partida presupuestaria de 400 millones de euros que podría ampliarse hasta los 800 millones hasta finales de 2023. Es la gran apuesta del Gobierno por impulsar un mercado de coches muy residual todavía en España.
¿Qué vehículos se beneficiarán de las ayudas? El programa está orientado básicamente a vehículos nuevos y cuyo precio no supere los 45.000 euros, si bien se amplía ese rango hasta los 53.000 euros si el turismo tiene 8 o 9 plazas. Los vehículos de segunda mano están excluidos, excepto aquellos automatriculados por los concesionarios siempre y cuando hayan pasado menos de nueve meses entre el registro y su venta. En ese caso, cada concesionario tiene limitada la venta de 30 unidades electrificadas (frente a los cuatro actuales) con apoyo del Moves.
¿Las motocicletas pueden acceder a las ayudas? Sí, siempre y cuando respeten el eje principal de las ayudas: que sean eléctricas. Su precio no puede superar los 10.000 euros en los modelos equivalentes a una cilindrada superior a los 50 centímetros cúbicos.
¿Cuáles son las ayudas para coches eléctricos? Comprar un turismo de pila de combustible (hidrógeno) o eléctrico puro puede suponer para un particular o un trabajador autónomo recibir una ayuda de 4.500 euros, ampliable hasta 7.000 euros si a cambio se achatarra otro vehículo con más de siete años de antigüedad. Las furgonetas eléctricas y de hidrógeno podrán contar con una ayuda de hasta 7.000 euros, ampliable a 9.000 euros si se achatarra otra. Los usuarios con discapacidad por movilidad reducida, los que lo utilicen como taxi o vehículo VTC y habitantes de municipios de menos de 5.000 habitantes tendrán un 10% de ayuda adicional.
¿Los vehículos híbridos enchufables no pueden alcanzar la cuantía máxima de subvención? El promotor de las ayudas, el IDAE, ha habilitado excepciones para aquellos turismos que tienen una autonomía en modo totalmente eléctrico superior a los 90 kilómetros. En ese caso sí que podrán recibir esas cuantías máximas. Los que no tengan ese radio de movilidad con cero emisiones se tendrán que conformar con 2.500 euros (5.000 si se achatarra otro vehículo). En el caso de las furgonetas híbridas enchufables, su autonomía en ciclo solo de batería no ha de ser inferior a los 30 kilómetros.
¿Las empresas tienen las mismas condiciones que particulares y autónomos? No. En ese caso se han definido diferentes baremos. En el caso de las pymes, las ayudas pueden oscilar entre los 1.700 euros y los 2.900 euros para turismos, ampliables hasta los 4.000 euros en caso de sacar otro vehículo de la circulación. Para las grandes empresas, las ayudas caen a una horquilla de entre 1.600 euros y 2.200 euros, ampliables a entre 2.300 euros y 5.000 euros con el programa de achatarramiento. Las ayudas para furgonetas pueden oscilar hasta los 5.000 euros en caso de pymes, siempre y cuando se entregue otro furgón para achatarrar.
¿Y si quiero pedir una ayuda para instalar un punto de recarga? El Moves III plantea para autónomos, particulares y comunidades de propietarios una subvención del 70% del coste de instalación, mejorada hasta el 80% en el caso de municipios de menos de 5.000 habitantes. Para las empresas, los porcentajes van desde el 55% de las pequeñas y medianas hasta el 35% de las grandes, si el punto que se va a instalar será de acceso público. En el caso de accesos privados, la ayuda se reduce al 30%.
¿A quién se debe pedir la subvención? Como ya sucedió en la pasada edición, son las comunidades autónomas las gestoras de los fondos, por lo que es a ellas a las que se deberán dirigir particulares, autónomos y Administraciones públicas. En el caso de empresas, el periodo de fecha de la adquisición del vehículo o de la inversión en los puntos de recarga debe ser posterior a la del registro de la demanda de ayudas, al ser necesario cumplir con las condiciones incentivadoras de la convocatoria.
¿Cómo ha de ser la factura para beneficiarse de las ayudas? Ha de tener fecha a partir del 10 de abril de 2021 y hacer constar la matrícula (o el número de bastidor), la marca, el modelo y la versión del vehículo. Además ha de constar un descuento por parte del fabricante o del concesionario de al menos 1.000 euros en turismos y vehículos comerciales ligeros en concepto de “Programa Moves III” que se ha de desglosar.
¿Qué sucede si se han pedido ayudas en el plan Moves II y se puede participar en el Moves III, con cuantías de subvención mayores? Si se solicitó y aún no se ha realizado el pedido del vehículo, se podrá renunciar y empezar de nuevo. Si se ha realizado el pedido y además hay resolución favorable a la subvención, solo se podrá pasar al Moves III en el caso de que la factura de adquisición sea posterior al 9 de abril.
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