Glovo, Amazon, Deliveroo y Uber acumulan más de 25 millones de euros en cuotas no pagadas a la Seguridad Social
La Inspección de Trabajo ha regularizado desde 2017 a 18.000 repartidores que trabajaban como falsos autónomos
Cuatro de las principales empresas de reparto que operan en España han sido expedientadas por la Seguridad Social desde 2017 por tener cotizaciones impagadas por un importe de 25 millones de euros por el uso de falsos autónomos como repartidores. Desde entonces, la Inspección de Trabajo ha dado de alta de manera forzosa a 17.957 trabajadores en régimen de asalariados y ha reclamado a Glovo, Amazon, Deliveroo y Uber un total de 25.987.401 euros en concepto de cuotas no pagadas a través de expedientes liquidatorios, según fuentes conocedoras de las inspecciones, que no han precisado si la deuda ha sido pagada por las plataformas tecnológicas.
Glovo es la empresa que recibió el expediente más cuantioso. En estos tres años, la inspección le ha reclamado 16.218.944 euros, el 62% del total acumulado, y ha tenido que dar de alta a 11.013 repartidores de su plantilla. Le sigue Amazon, que a través de su servicio Amazon Flex reparte con autónomos en varias ciudades españolas. La empresa estadounidense acumula expedientes liquidatorios por valor de 6.158.505 euros que han afectado a 4.066 trabajadores. Por su parte, la Inspección reclama a Deliveroo 2.792.513 euros y ha dado de alta a 1.450 de sus repartidores. Por último, Uber ha sumado en cuotas no pagadas 817.439 euros y se ha dado de alta a 1.428 conductores.
Una vez que las cotizaciones de los trabajadores son asumidas por estas empresas tras una sentencia judicial, la Administración es responsable de devolver las cuotas mensuales de autónomos, que hasta ahora asumieron los repartidores en su condición de trabajadores por cuenta propia. La Seguridad Social recuerda que “en el caso de que exista una sentencia firme y si en la sentencia se establece así, se reclamarán las cuotas a la empresa y, en el caso de que se realice un cambio de encuadramiento [el afectado pase de cuenta propia a cuenta ajena], al trabajador se le devuelven las cuotas”.
La última reclamación de cuotas por parte de la Inspección de Trabajo ratificada por un magistrado se dio este martes, cuando un juzgado de Barcelona reconoció como falsos autónomos a 748 riders de Deliveroo, la mayor sentencia favorable a los repartidores dictada hasta el momento. Desde la empresa de reparto descartan abonar a la Seguridad Social las cuotas correspondientes de estos trabajadores y aseguran que por el momento van a recurrir la sentencia.
El dictamen de este martes es uno más de las decenas de fallos que dan la razón a los riders y que golpean sin cesar desde 2019 a las empresas tecnológicas. El sindicato UGT, junto a la plataforma de RidersXDerechos, cifran en 41 los juicios que han ganado y en los que un juez ha declarado falsos autónomos a los repartidores, frente a solo dos dictámenes que han perdido en estos años. “Nos han dado la razón una sentencia del Tribunal Supremo, 15 de Tribunales Superiores de Justicia y el resto desde juzgados de primera instancia”, aseguran desde la agrupación de repartidores. Una cifra similar son las actuaciones que ha realizado la Inspección en los últimos tres años: 45 expedientes abiertos y ejecutados contra estas cuatro plataformas.
“Cada sentencia que llega hace acopio de las anteriores y siempre teniendo en cuenta la del Tribunal Supremo”, señalan desde RidersXDerechos. El 25 de septiembre del pasado año, 11 magistrados de la sala de lo Social del Supremo reconocieron a Isaac Cuende como asalariado de Glovo. Era la primera vez que el más alto tribunal se pronunciaba en un caso de repartidores autónomos y sentó la base para otras sentencias como la de este martes.
Tras la resolución del Tribual Supremo, todas las plataformas del sector que utilizan el mismo sistema aseguraron que ese fallo correspondía a un caso aislado y que el dictamen no era extrapolable a otras empresas ni a otros repartidores que estaban en procesos judiciales. Sin embargo, las sentencias posteriores a la de septiembre se valen del argumentario del Supremo, como la emitida este martes contra Deliveroo. “El Tribunal Supremo, en su reciente sentencia de 25-9-20 ha declarado también el carácter laboral de los repartidores de la empresa Glovo, que llevan a cabo su función en términos similares a los aquí enjuiciados”, recoge el dictamen. Este entrecomillado refuerza el argumento de RidersXDerechos, que defienden que la sentencia del TS afecta también a los repartidores que trabajan a día de hoy: “La sentencia del Supremo no se basa en un caso concreto, sino que es extrapolable al resto de casos y al resto de empresas.”
La otra gran victoria de los repartidores se vivió en julio de 2019, cuando un juzgado de Madrid reconoció la laboralidad de 532 riders de Deliveroo en el primer macrojuicio contra una plataforma de reparto. Tuvo que pasar medio año para que la sentencia fuese ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Sin embargo, esta batalla judicial continúa abierta en el Tribunal Supremo tras un nuevo recurso de Glovo, lo que evidencia la dificultad de cerrar judicialmente este tipo de casos, con juicios de repartidores que hace años que dejaron de pertenecer al sector. “Esperamos como agua de mayo la sentencia del Supremo”, cuenta Rubén Ranz, responsable de la división de UGT de plataformas digitales, sobre el macrocaso de Deliveroo, que, de darles la razón, supondría la primera sentencia afirmativa y masiva emitida por el más alto tribunal.
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