Las Corporaciones Locales también se ven beneficiadas del carácter expansivo de los PGE21
Además de responder a muchas de sus demandas, el Proyecto de Presupuestos aporta un importante volumen adicional de recursos a las Corporaciones Locales fundamentalmente gracias al Fondo Europeo de Recuperación
En 2021 las entidades locales recibirán más de 19.000 millones de euros del Presupuesto General del Estado, lo que implica un crecimiento de sus recursos por esta vía de más de 1.200 millones de euros.
Recursos previstos para Corporaciones Locales. Mill. de euros
Pese a que en volumen global sus recursos aumentarán, las entidades locales (EE.LL.) experimentarán una reducción de los fondos derivados de la participación en tributos del Estado (PTE), fruto de la actualización de sus entregas a cuenta al entorno macroeconómico de 2021. En todo caso, esta reducción afectará solamente a las EE.LL. en régimen de cesión (municipios de más de 75.000 habitantes, diputaciones y entes asimilados).
A estos recursos hay que añadir los que recibirán vía otras transferencias, que suman un total de más de 1.852 millones de euros. De esa cuantía destacan por su volumen los relacionados con el Fondo de Recuperación, 1.233 millones de euros. Estos recursos serán finalistas y están ligados a políticas de gasto en línea con lo marcado en el diseño del Fondo. En todo caso, y dadas las competencias locales, se destinarán en una gran mayoría a que Comercio, Turismo y PYMES se recuperen del impacto de la pandemia y transiten hacia modelos de negocio más sostenibles. También se destinará una importante cuantía a infraestructuras y ecosistemas resilientes, lo que podrá ayudar a las EE.LL. a cumplir con los objetivos marcados en sus respectivas Agendas 2030.
Transferencias a las entidades locales
Se incorporan muchas de las medidas del RD-Ley 27/2020
Además de estos recursos, el Proyecto de Ley de Presupuestos retoma algunas de las medidas de apoyo e impulso al sector local que se recogieron en el Real Decreto-ley 27/2020 finalmente no aprobado por el Congreso:
• Se permitirá que los ayuntamientos que se hayan adherido o se adhieran en 2021 al Fondo de Ordenación puedan solicitar, con carácter excepcional, antes del 30 de abril de 2021, la formalización de préstamos, con cargo a ese Fondo, para la cancelación de la deuda pendiente con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social.
• Los municipios podrán incluir en el Fondo de Ordenación los importes pendientes de amortizar que correspondan a operaciones que se formalizaron en el marco de la línea de crédito para la cancelación de deudas de las Entidades Locales con empresas y autónomos regulada en el Real Decreto-ley 8/2011.
• El proyecto de Presupuestos recoge otra de las demandas realizadas por las entidades locales desde hace meses y que se materializa en que, durante 2021, podrán concertar nuevas operaciones de endeudamiento para cancelar parcial o totalmente su deuda con el Fondo en liquidación para la Financiación de Pagos a Proveedores.
• Se otorgará la posibilidad excepcional de convertir, en 2021, la deuda a corto plazo vigente en crédito a largo plazo. Esta opción se establece para las entidades locales que en 2019 o en 2020 presentaron remanente de tesorería para gastos generales ajustado negativo, o que, en alguno de aquellos ejercicios, presentaron ahorro neto negativo. En estos casos, salvo excepciones, será preciso aprobar un plan de saneamiento a cinco años.
Otras medidas
Por último, hay que destacar cuestiones de vital importancia para las EE.LL. en referencia al personal y al transporte urbano de viajeros. En primer lugar, y atendiendo a sus demandas para cubrir plazas del personal necesario para la correcta prestación de sus servicios, las entidades locales que tuvieran amortizada su deuda financiera a 31 de diciembre del ejercicio 2020, podrán hacer uso de una tasa de reposición del personal en todos los sectores del 110%. Para el resto de entidades, esta tasa será del 100%, salvo en los sectores prioritarios, en los que será también del 110%. Se consideran sectores prioritarios los referidos a extinción de incendios o el asesoramiento jurídico y la gestión de los recursos públicos. Importante resulta la posibilidad de acumular la tasa de reposición de un sector en otro sector, siempre dentro de la misma categoría (sector prioritario o sector no prioritario).
En segundo lugar, por lo que respecta al transporte, no se recoge el fondo de apoyo al transporte público local que se creaba en el Real Decreto-ley 27/2020, dotado por una cuantía mínima de 275 millones de euros y máxima de 400 millones de euros. A cambio, se establecen subvenciones de igual cuantía a la de los ejercicios anteriores para el transporte urbano.
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