El TJUE abre la puerta a demandas fuera de Alemania por ‘caso dieselgate’
La justicia europea estima que el daño de comprar un coche trucado se produce en el lugar donde se compra, aunque el delito de falsear las emisiones del coche se realice en territorio alemán
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha señalado este jueves que los clientes de Volkswagen pueden acudir a los tribunales nacionales de la UE para lograr una indemnización en relación con el caso llamado Dieselgate, el escándalo oroginado al descubrirse que el fabricante alemán utilizaba programas informáticos para falsear las pruebas medioambientales. Así, los ciudadanos que compraron un auto equipado con un motor diésel trucado en cualquier país de la UE puede demandar al grupo automovilístico alemán Volkswagen en su país.
El fallo del TJUE señala que un fabricante de automóviles cuyos vehículos manipulados ilegalmente son revendidos en otros Estados miembros “puede ser demandado ante los órganos jurisdiccionales de dichos Estados”. El Tribunal ha fallado en ese sentido al responder a las dudas planteadas por una corte de Austria, que debe pronunciarse sobre la demanda por daños y perjuicios interpuesta por la asociación de protección de consumidores VKI contra Volkswagen.
VKI, que representa a 574 consumidores afectados, pide que se condene al grupo alemán a pagar unos 3,6 millones de euros más intereses y gastos (unos 4 millones de dólares) por adquirir coches con motores trucados, como se conoció después. Volkswagen, cuyo domicilio social se halla en Alemania, había cuestionado la competencia de la justicia austriaca para resolver sobre la demanda de VKI, que estima que el precio de los autos debería haber sido inferior de conocerse el escándalo.
Según el TJUE, cuando un vehículo equipado ilegalmente por su fabricante en un Estado miembro, en este caso Alemania, con un software que manipula los datos de emisiones es adquirido en otro Estado miembro, como Austria, el lugar de materialización del daño se halla en este último país. El daño se correspondería con la diferencia de valor del vehículo entre lo que pagó el propietario y el valor real del automóvil, devaluado al conocerse el engaño del constructor alemán. Los jueces de la corte con sede en Luxemburgo validan así en su fallo la competencia del tribunal austriaco.
Por tanto, añade el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, a pesar de que esos vehículos adolecían de un vicio desde la instalación del mencionado software, ha de considerarse que el daño alegado no se materializó hasta el momento en que fueron adquiridos, debido a que su adquisición se hizo a un precio superior a su valor real.
Y precisa la corte de Luxemburgo que, en el caso de la comercialización de vehículos cuyo fabricante equipa con un software que manipula los datos relativos a las emisiones de los gases de escape, el perjuicio sufrido por el adquirente final no es ni indirecto ni puramente patrimonial y se materializa en el momento en que dicho vehículo se adquiere por parte de un tercero.
El escándalo del Dieselgate remonta a septiembre de 2015, cuando el gigante alemán confesó haber equipado 11 millones de vehículos con un programa electrónico fraudulento para reflejar menores emisiones de CO2 a las reales. En Alemania, el grupo debe pagar 750 millones de euros para indemnizar a 235.000 clientes en virtud de un acuerdo extrajudicial, lejos de los 30.000 millones de euros que ya le costó el escándalo, principalmente en Estados Unidos.
Sin embargo unas 60.000 demandas de clientes individuales continúan en los tribunales alemanes.
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