El Supremo absuelve a dos exdirectivos de la CAM y rebaja la pena a otros dos
El tribunal considera que solo dos de ellos cometieron delitos de falsedad contable y engaño a los inversores por cambiar las cuentas y simular que daban beneficios
El Tribunal Supremo ha revocado las condenas que la Audiencia Nacional impuso en 2017a cuatro directivos de la extinta Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM), que llegó a ser la cuarta caja de ahorros de España, por falsear las cuentas de la entidad y así "maquillar" que se encontraba en quiebra durante la crisis económica. La Sala de lo Penal del Supremo absuelve a dos de estos exdirectivos y rebaja la pena a otros dos.
Las condenas son para la exdirectora general de la CAM María Dolores Amorós Marco por falsear las cuentas de la entidad en los informes presentados al Banco de España respecto del estado económico de la entidad del primer trimestre y del primer semestre de 2011. El Supremo la condena a un año y seis meses de prisión, como autora de un delito societario de falsedad de cuentas. Por un delito distinto, el de falsedad en la información facilitada a los inversores, la Sala de lo Penal condena al exdirector general del Área de Planificación y Control de la CAM Teófilo Sogorb Pomares a la pena de dos años de prisión en relación con los datos aportados a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) sobre el estado económico de la caja en el primer trimestre de 2011.
Amorós Marco fue condenada a tres años y Sogorb a cuatro años por la Audiencia Nacional. En aquella sentencia resultaron absueltos otros cuatro exdirectivos acusados en la causa. Ahora el Supremo absuelve también al exdirector general de la CAM Roberto López Abad y al exdirector general de Inversiones y Riesgos Francisco José Martínez García del delito societario continuado de falsedad contable en relación con el ejercicio de 2010 al considerar que no ha quedado suficientemente acreditado que la alteración de las cuentas fuera “idónea para causar un perjuicio a la sociedad, a los socios o a un tercero”.
El tribunal ha estimado los recursos de casación formulados por López Abad y Martínez García contra la sentencia de la Audiencia Nacional que les condenó a tres años y a dos años, nueve meses y un día de prisión, respectivamente, por falsear las cuentas anuales de la CAM correspondientes al año 2010. El tribunal ha rechazado los recursos presentados por las acusaciones particulares, la Fundación Obra Social de Caja Mediterráneo y el Fondo de Garantía de Depósitos.
Pérdidas en lugar de beneficios
La Audiencia Nacional consideró acreditado que María Dolores Amorós y Teófilo Sogorb ordenaron que las cuentas presentadas en el primer trimestre de 2011 ante el Banco de España arrojaran un beneficio de 39,7 millones de euros sin reflejar la situación económica real de la caja, cuyos resultados, preparados por el FROB, registraban en realidad unas pérdidas de 1.163,4 millones de euros y una ratio de morosidad del 19%.
Para la Audiencia Nacional, esta disparidad en las cifras "constituyó uno de los motivos relevantes para la intervención de la entidad, por los riesgos que suponía para el sistema financiero en su conjunto". Las cifras de los estados de balance e informe de los estados financieros, según los hechos probados, resultaban “irreales y espurias”.
Posteriormente, según esos mismos hechos, Teófilo Sogorb envió a la CNMV información inveraz sobre los aspectos contables de la CAM con un aparente beneficio de 39,8 millones de euros en el primer trimestre de 2011 que fue difundida en la página web de la CNMV.
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