Las comunidades se preparan ante el caos del impuesto de las hipotecas
Los consejeros aseguran que devolverán el dinero a los contribuyentes que lo reclamen y cobrarán el impuesto a los bancos en caso de que el Supremo lo permita
La mayoría de los consejeros de Hacienda de las comunidades están preocupados por las consecuencias de la decisión del Tribunal Supremo sobre quién debe pagar el impuesto sobre las hipotecas. Los consejeros temen una avalancha de reclamaciones si el alto tribunal admite el carácter retroactivo. Y avisan de que inmediatamente autoliquidarán el impuesto sobre actos jurídicos documentados a los bancos, aunque existen dudas legales de que estos tengan que abonarlas.
El pasado martes se reunió la comisión de coordinación tributaria, un órgano en el que participan los responsables de todas las comunidades con el Ministerio de Hacienda para tratar asuntos ordinarios sobre coordinación y gestión de los impuestos. Aunque no estaba en el orden del día, Canarias pidió discutir sobre el impacto de la sentencia del Supremo sobre el impuesto de las hipotecas. El pasado jueves el alto tribunal estableció que el impuesto sobre actos jurídicos documentados, que grava las escrituras notariales, la deben pagar los bancos y no los clientes. Un día después, el presidente de la sala del Supremo que dictó la sentencia recurrió al pleno del mismo tribunal para que aclarase algunos aspectos fundamentales de la sentencia.
En la reunión con Hacienda, la mayoría de las comunidades reclamaron al Gobierno que articulara un mecanismo para coordinar una respuesta conjunta a la probable avalancha de ciudadanos reclamando la devolución del impuesto sobre actos jurídicos documentados, que grava las escrituras notariales. Y todas mostraron su gran preocupación sobre la situación de inseguridad jurídica.
La escena sirve para ilustrar la gran inquietud que existe entre los consejeros autonómicos. Este periódico tomó ayer la opinión de seis de los máximos responsables de las haciendas regionales, que prefieren no opinar en público hasta conocer la decisión final del pleno del Supremo, que el próximo 5 de noviembre decidirá quién debe pagar finalmente el impuesto de las hipotecas y si esta decisión tendrá carácter retroactivo, entre otras cuestiones.
Planes de contingencias
Las autonomías han encargado informes jurídicos para determinar el alcance de su responsabilidad. Recuerdan que el impuesto sobre actos jurídicos documentados (IAD) es un tributo cedido que cobran las autonomías, pero que está regulado por el Estado central. Además, están desplegando planes de contingencia ante la posible avalancha de reclamaciones, han dado instrucciones a sus oficinas tributarias para reforzarse en caso de que el alto tribunal falle que la sentencia del pasado jueves tiene carácter retroactivo y les obligue a devolver los impuestos cobrados indebidamente a los ciudadanos durante los últimos cuatro años no prescritos.
"Parece que no hay ninguna duda de que estaremos obligados a modificar las autoliquidaciones del impuesto", dice un consejero. Casi todos tienen claro que si el pleno del Supremo ratifica la sentencia tendrán que devolver el dinero. Las cifras oscilan entre 2.500 y 4.000 millones por impuestos cobrados en los últimos cuatro años. Las autonomías solo devolverán el dinero a los que lo reclamen. No tienen previsto hacerlo de oficio. "Hay algunos que han fallecido o han cambiado de domicilio. Es un lío", dice un consejero, que admite que ha dado instrucciones a las oficinas tributarias de su región para que estén preparadas a partir del día 5 de noviembre para evitar colapsos.
Contra los bancos
"Se podría resentir la caja autonómica y habría problemas puntuales de liquidez", dice otro consejero, que reconoce que afectaría al déficit público. Pero la mayoría asegura que irá contra los bancos. Girarán autoliquidaciones a las entidades financieras. "El perjuicio no debe ser en ningún caso para las Administraciones, porque al final el más perjudicado sería el ciudadano".
Otro de los máximos responsables de Hacienda cree que el Supremo fallará que no se aplicará el carácter retroactivo. "Ya ocurrió en 1989, cuando el Constitucional avaló la posibilidad de hacer la declaración de la renta de forma individual, hasta entonces era obligatorio hacerla conjunta. Y estableció la no retroactividad por interés general y en aras del interés general", recuerda un veterano consejero.
Aunque existen dudas jurídicas fundadas de que se pueda cobrar el impuesto con carácter retroactivo a los bancos, los consejeros aseguran que lo harán. "No queremos que el Supremo nos deje sin capacidad de reclamar el impuesto a un sujeto pasivo. No puede fallar sin aclarar quién es el sujeto pasivo para cada uno de los supuestos". Uno de los consejeros, con una amplía formación jurídica, opina: "No son cláusulas abusivas. En realidad es un debate entre dos administraciones". Y reconoce: "No descartamos una acción de responsabilidad ante la Hacienda estatal si es preciso".
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