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IAHORRO

¿Cuándo y cómo es mejor rescatar un plan de pensiones?

¿Conviene esperar solo el plazo legal de 10 años o aportar durante más tiempo? ¿Es mejor cobrar en forma de capital o de renta? Despeja esta y otras dudas

La sucursal de un banco en Madrid, con anuncios de planes de pensiones.
La sucursal de un banco en Madrid, con anuncios de planes de pensiones.Pablo Monge

Es muy pronto para saber si la posibilidad de rescatar un plan de pensiones tras haber realizado aportaciones durante 10 años —una medida que el Gobierno decidió en 2015 pero implementó hace apenas tres meses— logrará acabar con la agonía de estos instrumentos de ahorro. En el primer trimestre, los españoles tenían globalmente invertidos en ellos 110.000 millones de euros, solo un 1,9% más que en el mismo período del año pasado y un 0,9% menos de lo registrado al cierre de 2017, según la asociación de las gestoras de fondos y planes de pensiones, Inverco. Aproximadamente, dos terceras partes de este dinero se destinan a planes individuales y el resto a planes de empleo, es decir, aquellos que se promueven dentro de una empresa.

Lo que es cierto es que el ligero aumento interanual del patrimonio de los planes de pensiones se debe sobre todo a la revalorización de los activos de sus fondos, más que a las aportaciones de los partícipes. Y que el primer año en el que se podrá rescatar un plan al que se habrá aportado durante una década será 2025 (anteriormente era posible solo por jubilación o, de forma anticipada, en determinados supuestos excepcionales). Pero, ¿cuándo y cómo es mejor rescatar un plan?

¿Cobrar en diez años?

Pese a que la decisión del Ejecutivo resuelve la que fuera tal vez la principal desventaja de los planes de pensiones —la ausencia de liquidez, por lo que era necesario jubilarse para cobrarlos—, Antonio Gallardo, experto de finanzas del comparador bancario iAhorro, opina que sigue tratándose de “productos finalistas, pensados para la jubilación”. Por este motivo, Gallardo solo rescataría un plan de pensiones a los 10 años si necesitara de verdad ese dinero.

Este experto, sin embargo, prevé que “en 2025, cuando se permita ese rescate, la mayoría se hará en forma de capital”, es decir, los beneficiarios decidirán cobrar todo el importe ahorrado de una vez. Con la trascendental consecuencia de dilapidar así las ventajas fiscales que se obtienen al deducir de la renta del trabajo (o profesional y empresarial, en el caso de los trabajadores autónomos) hasta 8.000 euros de aportaciones a planes de pensiones cada año.

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Estas se anularían —o, en el mejor de los casos, se diluirían— porque, en el momento del rescate, el capital del plan se sumaría a las demás ingresos del trabajo y se aplicaría un tipo del IRPF más alto. “Por ello, es más beneficioso distribuir el cobro en forma de renta (un tanto al mes) a lo largo de los años”, sugiere Gallardo, y esperar la jubilación para poner en marcha el rescate. “Y para inversiones a medio plazo, me decantaría más bien por otros productos, por ejemplo, fondos de inversión”, añade. En el caso de optar por la modalidad de rescate mixta (una parte en forma de capital y otra de renta), Gallardo aconseja elegir aquel capital máximo que no conlleve pasar al tipo impositivo superior con respecto al que tocaría sin ese cobro.

Quien herede puede aportar

El rescate de un plan de pensiones se podrá producir también antes de que hayan transcurrido 10 años desde la primera aportación, cuando el beneficiario que lo solicite sea un desempleado de larga duración —es decir, esté en el paro desde hace más de un año—, resulte inscrito como demandante de empleo y no tenga derecho a ninguna prestación contributiva o las haya agotado todas. Asimismo, una enfermedad grave, justificada a través de informes médicos, proporcionará el mismo derecho.

En cualquier caso, los planes de pensiones tributan en el IRPF como rendimiento del trabajo, así como lo hacen aquellos que se rescatan tras haberlos heredado de una persona difunta. Tanto si somos beneficiarios nombrados en el mismo plan, como si figuramos como tales en el testamento del difunto o somos los herederos legítimos, “al contrario de lo que muchos creen, no hace falta rescatar el plan en el momento de la defunción”, advierte Gallardo. Todo lo contrario, “se puede continuar incluso a realizar aportaciones, aunque lo más común sigue siendo el rescate”, admite el experto de iAhorro. Este se hace exactamente como en cualquier otro caso, como capital, renta o de forma mixta. La primera modalidad es la más utilizada, “especialmente si el que hereda está lejos de su propia jubilación”, destaca.

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