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El juez anula parte de la convocatoria de cursos de formación de 2016

El fallo rechaza la exclusión de los agentes sociales del órgano que evalúa las solicitudes

Manuel V. Gómez
La ministra de Empleo, Fátima Báñez, con los secretarios generales de UGT, Pepe Álvarez, y CC OO, Unai Sordo, y los presidentes de CEOE, Juan Rosell, y Cepyme, Antonio Garamendi
La ministra de Empleo, Fátima Báñez, con los secretarios generales de UGT, Pepe Álvarez, y CC OO, Unai Sordo, y los presidentes de CEOE, Juan Rosell, y Cepyme, Antonio GaramendiÁlvaro García

Un juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid ha anulado parte de la convocatoria de los cursos de formación para ocupados de 2016. En concreto, el juez Gregorio del Portillo lo que hace es anular la exclusión de sindicatos y patronal del órgano colegiado que elabora informes sobre las solicitudes de subvenciones y por la que tuvieron que pasar todos los expedientes que finalmente acabaron en la concesión de 194 millones para formación. La sentencia emplea palabras duras para calificar la actuación del Ministerio de Empleo y anular esa exclusión. “Caprichosa”, “perturbadora”, “unilateral”, “espuria” o “desviación de poder” son algunos de los términos que aparecen en dos sentencias recurribles falladas el mismo día en respuesta a sendas demandas de UGT y CC OO a los que ha tenido acceso EL PAÍS.

En el verano del año pasado, la larga contienda que mantiene el Ministerio de Empleo con los agentes sociales por el sistema de formación, su gobierno y el destino de sus fondos vivió uno de sus momentos más calientes. Cambiando su intención inicial, el Ejecutivo excluyó en la convocatoria de formación para ocupados de 2016 a los agentes sociales del llamado órgano colegiado de la antigua fundación tripartita. Este órgano no toma decisiones pero sí que elabora informes preceptivos sobre las solicitudes de subvenciones en las diferentes convocatorias que deben ser tenidos en cuenta.

La decisión fue recurrida por UGT, CC OO y CEOE. Las dos primeras, aunque no eran iguales, cayeron en el juzgado 10 de lo Contencioso Administrativo de Madrid. Y sobre ellas hubo un fallo el pasado 17 de noviembre. Las dos anulan el punto 18.1 de la resolución del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) del 17 de agosto de 2016 que dejaba a los agentes sociales fuera del órgano colegiado y la constituía con seis representantes de la Administración. El fallo condena al SEPE a pagar las costas. En el caso de la demanda de CC OO, la estimación es parcial puesto que se recurría por dos motivos y se estima uno. En el de UGT, la estimación es total. La demanda de CEOE, más amplia, todavía está pendiente de que llegue el fallo.

“Estamos contentos porque se reconoce que ese es un órgano de control”, apunta Sebastián Pacheco, responsable de Formación de UGT, que apunta que no cree que el fallo anule las subvenciones concedidas. También en CC OO, Francisco Moreno, adjunto al departamento de Empleo y Cualificación profesional, muestra su satisfacción por la sentencia y, en línea con Pacheco, confía en que el fallo no suponga un freno sobre las ayudas ya dadas.

"Respeto a las decisiones judiciales"

El Ministerio de Empleo, por su parte, señala que todavía no ha recibido la sentencia. Fuentes oficiales muestran su “máximo respeto por las decisiones judiciales” y recuerdan que ahora están negociando con los agentes sociales una nueva convocatoria de cursos de formación para nuevas tecnologías que ascendería a 60 millones.

En los razonamientos del juez Del Portillo se expone que en el sistema de formación es básica “la intervención de los agentes sociales en todas sus fases”. Más adelante apunta que “la inclusión o exclusión caprichosa de los representantes de los interlocutores de la composición del órgano colegiado en diferentes convocatorias sin que se explique el motivo que ampara la decisión en uno u otro sentido es además perturbadora y no encuentra justificación alguna”.

También destacan los fallos que el propio ministerio habría “admitido implícitamente la necesaria participación de los interlocutores en el órgano colegiado” porque en mayo de 2012 había propuesto en el patronato de la antigua fundación tripartita, ahora Fundación Estatal para Formación en el Empleo, contemplaba su presencia. El cambio de criterio, en opinión del juez, llegó “sin justificación razonable alguna” y supone una “desviación de poder”, ya que “vulnera el espíritu y la finalidad” de la norma, la ley de formación aprobada en septiembre de 2015.

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Sobre la firma

Manuel V. Gómez
Es corresponsal en Bruselas. Ha desarrollado casi toda su carrera en la sección de Economía de EL PAÍS, donde se ha encargado entre 2008 y 2021 de seguir el mercado laboral español, el sistema de pensiones y el diálogo social. Licenciado en Historia por la Universitat de València, en 2006 cursó el master de periodismo UAM/EL PAÍS.

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