Los conductores que suspendan la ITV podrán llevar su coche a otra estación
El Gobierno aprueba un real decreto que flexibiliza la inspección técnica de vehículos y añade requisitos a los centros
El Consejo de Ministros aprobó ayer un real decreto para “flexibilizar” la normativa sobre la Inspección Técnica de Vehículos (ITV). Cuando entre en vigor, la nueva norma permitirá que, cuando un coche no haya superado la ITV, el conductor pueda llevarlo a un centro distinto del que le suspendió la primera vez, cosa que no está permitida actualmente, salvo excepciones. Además, se exigirá a las estaciones nuevos requisitos de personal y dotación.
Actualmente, cuando la inspección a un vehículo es desfavorable, el conductor tiene que volver con los desperfectos subsanados en un plazo inferior a dos meses —el plazo concreto depende de la Comunidad— a la misma estación ITV o a otra que “designe el órgano competente de la Comunidad Autónoma, previa petición del titular y cuando existan razones que lo justifiquen”. Según informó ayer el Ministerio de Economía e Industria, la futura normativa “ofrece más flexibilidad al usuario al no obligarle a repetir la inspección en la misma estación donde resultó desfavorable o negativa”.
A falta de conocer el detalle de la norma, el responsable de una estación ITV de Madrid que pide anonimato explicó que se abre la puerta a que un conductor busque “una segunda opinión”, es decir, que un inspector más benévolo pueda aprobar lo que otro suspendió. “Es raro, porque todos manejamos los mismos procedimientos y manuales, pero podría darse el caso”. Primero, porque el segundo inspector no tiene por qué tener constancia de lo dicho por el primero y además, porque todos somos humanos” y hay aspectos en los que puede darse una “apreciación subjetiva”.
Señala este responsable, además, que actualmente esa segunda revisión en el mismo centro donde se suspendió suele ser gratuita, pero duda de que vaya a serlo esa “segunda opinión”, al tratarse de una inspección nueva.
El real decreto mantiene la periodicidad de las revisiones (para los turismos, bienal a partir de los cuatro años de la matriculación y anual a partir de los 10), pero cambia la norma en caso de que el conductor pase la inspección antes del fin del plazo. Si esta antelación no es superior a un mes, la fecha de la siguiente inspección no se modificará.
En cuanto a las estaciones, el Ministerio adelantó que el nuevo marco legal obliga a cumplir una serie de requisitos en cuanto a personal, formación, instalaciones, equipos y procedimientos de inspección para “la mejora de la seguridad vial y la protección del medio ambiente”. Así, se obligará a las estaciones ITV a “disponer de herramientas de diagnóstico que se conecten con los ordenadores de a bordo de los vehículos”, de forma que se podrá inspeccionar el buen funcionamiento de los sistemas electrónicos de seguridad de los coches y sus datos de emisiones contaminantes.
En cuanto al personal, se exigirá a los inspectores la titulación de Técnico Superior de Automoción, como mínimo. Finalmente, la administración reforzará el control gracias a un mayor “intercambio de información entre estaciones y Administración Pública”.
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