Castigada a devolver 7.704 euros tras denunciar un fraude laboral
Empleo reclama que devuelva sus prestaciones a una parada que demandó a una empresa por no darle de alta ni pagarle el sueldo
Rocío Hoces, sevillana de 35 años, desempleada y con un hijo a su cargo, trabaja un solo día, no le dan de alta, no firman contrato alguno y ni siquiera le pagan. Lo denuncia y los servicios de Empleo resuelven, tras su queja, suspender la prestación y exigirle la devolución de 7.704 euros con ocho céntimos de ayudas entregadas desde el día del trabajo fantasma. “El mensaje que dan es que mires para otro lado, que hacer las cosas mal compensa. Si no llego a denunciar, no habría pasado nada y hubiera seguido recibiendo la prestación”, lamenta tras dos años a la espera que alguien de la Administración la escuche y lea sus alegaciones para acabar con la pesadilla. Tras conocer que su historia iba a ser publicada, la dirección provincial de Empleo le ha prometido, ahora, una resolución inmediata de su caso.
Ella no cometió ninguna ilegalidad. La situación de Rocío, que también sufre otro compañero que denunció las mismas circunstancias, ha sido desesperante. El Ministerio de Empleo, hasta este martes, ha reiterado en varias resoluciones que devuelva el dinero y que las alegaciones presentadas "no desvirtúan los hechos" que motivaron su decisión, que ampara en cinco preceptos legales.
La mujer sevillana es actriz y la recluta la empresa Asociación Cultural Teatro al Cubo para representar el 12 de septiembre de 2015 La judía de Toledo en el Teatro Góngora. La actuación se programa con motivo de la clausura del séptimo centenario de la sinagoga de Córdoba, un acto que encarga el Ayuntamiento a la mencionada entidad.
Dos días después comunica a los servicios de Empleo que ha trabajado una jornada para que le sea descontada de la prestación que recibe. Pero en las oficinas del Ministerio no constan altas ni contratos de la decena de participantes en la representación.
La empresa no responde a las llamadas y ni siquiera abona el día de trabajo, por lo que el grupo decide comunicar la situación, además de a los servicios de Empleo, a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Esta certifica los términos de la denuncia de los empleados y decide dar de alta a los mismos de oficio, lo que comunica a Empleo.
Entonces, este último servicio sí se da por enterado y entiende que el alta de oficio se ha producido porque no fue comunicada en tiempo y forma por el trabajador, a quien deciden suspender la ayuda y exigir la devolución de 7.704 euros por “incompatibilidad de la prestación con el trabajo por cuenta ajena”. Sin embargo, este empleo nunca existió porque actuaron sin cobertura legal alguna por parte de la empresa y sin que el Ayuntamiento que abonó el servicio a la empresa comprobara las circunstancias laborales de los actores.
Desde ese mes de septiembre hasta la fecha, Rocío y su abogado, Antonio Castro, no han parado de clamar y reclamar una y otra vez que se analice la situación, a lo que Empleo ha respondido reiterando "la comunicación sobre percepción indebida de prestaciones”. Castro no da crédito a la situación, contra la que lleva luchando junto a Hoces dos años. “El trabajador, que tenía que ser el protegido, ha terminado siendo el perseguido”, lamenta.
Fuentes del Ministerio han augurado, tras conocer los hechos por este periódico, una rápida resolución de la situación en favor del trabajador y han atribuido el conflicto a un posible "problema de comunicación". La dirección provincial de Empleo comunicó este mismo martes, después de haber firmado las resoluciones previas de "extinción y revocación de prestaciones", que habían vuelto a revisar el expediente y que se resolverá de forma urgente.
Un régimen especial por la temporalidad del sector
La actividad artística está regulada en el ámbito de la Seguridad Social por los decretos 2621/1986 y 1435/1985 e incluyen "peculiaridades en materia de cotización y acción protectora", según establece el Ministerio de Empleo. Esta singularidad se ha previsto al tener en cuenta la extraordinaria precariedad de las contrataciones. De no ser así, nadie del sector podría aceptar un día de rodaje a costa de la renuncia total a las prestaciones reconocidas. Así, los profesionales como los actores, pueden solicitar la suspensión de la prestación por los días que haya sido contratados, como hizo Rocío Hoces.
Se benefician de esta singularidad, según recoge la norma, "actividades de teatro, circo, variedades y folclore, incluyendo las realizadas por los apuntadores, regidores, avisadores, encargados de sastrería y peluquería siempre que las relaciones de trabajo de los mismos estén concertadas con el empresario de una Compañía de Espectáculos". A estas actividades se sumaron aquellas realizadas también en y para cine, radiodifusión, televisión, salas de fiestas y, en general, "cualquier local destinado habitual o accidentalmente a espectáculos públicos o actuaciones de tipo artístico".
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