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La salida a bolsa de Bankia

Andreu no imputará a Fernández Ordóñez por los nuevos correos del ‘caso Bankia’

Argumenta que la responsabilidad de la salida a Bolsa es del consejo de administración y no del Banco de España

Fernando J. Pérez
El exgobernador del Banco de España Miguel Ángel Fernández Ordóñez. EFE/Archivo
El exgobernador del Banco de España Miguel Ángel Fernández Ordóñez. EFE/Archivo

El juez Fernando Andreu, instructor del caso sobre si la salida a bolsa de Bankia en junio de 2011 se hizo con un folleto con datos contables y financieros falseados, ha rechazado de nuevo este lunes citar como investigados al exgobernador del Banco de España Miguel Ángel Fernández Ordóñez, al actual subgobernador, y entonces vicepresidente de la CNMV, Fernando Restoy, y al expresidente de la CNMV, Julio Segura.

La Confederación Intersindical de Crédito (CIC), que ejerce la acusación popular en la causa, había pedido al magistrado que imputara a los principales responsables del Banco de España y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores en el momento del debut bursátil de la entidad después de que se aportaran a la causa cuatro correos electrónicos enviados por el inspector del organismo supervisor José Antonio Casaus al responsable de Supervisión, Pedro Comín. En estas comunicaciones, Casaus alertaba al jefe de los inspectores de que el grupo BFA-Bankia no era viable y de que el modelo de salida a Bolsa acarrearía “pérdidas para el contribuyente”.

En un auto –resolución judicial razonada- de 13 folios, el magistrado Andreu da la razón a la Fiscalía Anticorrupción y vuelve a rechazar la declaración como imputados de Fernández Ordóñez, el subgobernador Restoy y Comín. Asimismo, rechaza citar a Jerónimo Martínez Tello, ex director general de Supervisión del Banco de España; Mariano Herrera, responsable de la dirección general de supervisión del Banco de España; Pedro González, exdirector del departamento de Cajas de Ahorros del Banco de España; Javier Aríztegui, ex subgobernador, y Julio Segura, expresidente de la CNMV.

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El magistrado considera que los cuatro correos remitidos por Casaus a Comín entre abril y mayo de 2011 eran reflexiones y comunicaciones informales sin carácter oficial, y recuerda que en el caso Bankia “no se investiga si la decisión de salida al parquet de la entidad fu acertada o errónea” sino si los folletos de emisión contenían información falsa “con el propósito de captar inversores a cualquier precio”. El juez afirma que del contenido de los correos “nada se revela sobre la posibilidad de una alteración o falseamiento de la información”.

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 sostiene que la "actuación del Banco de España como supervisor se ciñe al control de la actividad de las entidades a partir de la información elaborada por estas, de forma que las decisiones de gestión son exclusiva responsabilidad de los órganos de administración y dirección de las entidades". Y añade: "Ningún sistema de supervisión puede ofrecer una garantía completa, particularmente en el caso de que se cometan actos fraudulentos por terceros".

Según Andreu, la opinión de Casaus vertida en sus correos a Comín, dada su posición en el Banco de España, era relevante y fundada, y, como ha demostrado la realidad, resultó acertada. Sin embargo, en esas comunicaciones, el inspector no plantea “en ningún momento (…) ni a nivel de simple sospecha” la posibilidad de que el folleto de emisión bursátil contuviera datos falseados. El rescate de Bankia costó al contribuyente, a través del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), un total de 24.424 millones de euros.

“No existe indicio alguno que pueda respaldar que los órganos de dirección del Banco de España o de la CNMV tramaran un plan delictivo con los miembros del Consejo de Administración” de Bankia y BFA, señala Andreu. El Banco de España optó en su día por una estructura de doble banco, con salida a bolsa del banco bueno, que inicialmente evitaba cargar los costes al erario público. Los inspectores del órgano supervisor no cuestionaron en ningún momento que Bankia cumplía con los requerimientos de cobertura, contenidos en el folleto con cifras falseadas.

“No puede exigirse la garantía absoluta de que no se produzcan decisiones erróneas”, recuerda el juez Andreu. Al mismo tiempo sostiene que “la mera existencia de tales disfunciones (…) no constituye per se, título de imputación”.

En su escrito, Andreu alega que las diligencias solicitadas por la CIC "no son pertinentes ni relevantes", así como tampoco lo es la unión de todos los correos electrónicos que pudiera haber enviado y recibido Casaus a lo largo de dos años; además, recuerda "el carácter confidencial y reservado que tienen las comunicaciones entre los funcionarios del Banco de España".

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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