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Las telecos, las más sancionadas por violación de la protección de datos

Inserción indebida en ficheros de morosos y altas fraudulentas, principales reclamaciones ante la AEPD

Máquina de triturar papel.
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Los ciudadanos están más preocupados por sus datos personales: la Memoria 2015 de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), publicada este martes, evidencia que las consultas dirigidas a este organismo aumentaron el año pasado en más de un 10% con respecto a 2014, hasta rozar las 220.000 peticiones. Las denuncias, por otro lado, retrocedieron de las cerca de 10.000 de 2014 a las casi 8.500 del año pasado, aunque las resoluciones de la entidad aumentaron en más de un 15%, hasta rozar las 13.000. La inclusión indebida en ficheros de morosos y la contratación irregular de servicios fueron los motivos más recurrentes de reclamación, y las empresas de telecomunicaciones fueron las más sancionadas.

En 2015, los procedimientos de cancelación de los datos personales fueron los más frecuentes en el ámbito de las peticiones presentadas por los ciudadanos para tutelar sus derechos a la privacidad. Las multas, por su parte, experimentaron una bajada del 19% con respecto a 2014, a causa del descenso de las infracciones susceptibles de sanción económica y el aumento de las comunicaciones de apercibimiento —sobre todo las dirigidas a particulares y pymes—, aclara el organismo.

Memoria 2015 de la AEPD.
Memoria 2015 de la AEPD.

El sector de las telecomunicaciones, el más castigado, acaparó sanciones por siete millones de euros —equivalentes al 51% del total—, aunque en términos relativos el importe descendió en un 34%. Le siguieron las entidades financieras —el volumen de sanciones fue el que más creció, hasta un 18%y se situó por encima de los tres millones de euros— y las empresas de suministro y comercialización de agua y energía.

De acuerdo con los datos presentados en la Memoria, “uno de cada tres afectados denunció ante la AEPD cuestiones relacionadas con el ámbito de la morosidad, en particular la inclusión en ficheros comunes, la reclamación de deudas impagadas o la contratación irregular en servicios ofrecidos por operadores de telecomunicaciones, entidades financieras o compañías energéticas”, resume el informe.

Cabe recordar que en España operan diferentes ficheros de morosos, y que solo es posible incluir los datos de un ciudadano cuando exista una deuda cierta, vencida y exigible, es decir que es necesario que exista un comprobante de pago relacionado con un servicio que el usuario haya solicitado y disfrutado, y que el acreedor haya reclamado la cantidad pendiente.

La AEPD es una entidad independiente encargada de tutelar la privacidad de los ciudadanos y garantizar el ejercicio de los derechos ARCO —acrónimo que indica los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición—. Es competente no solo para cambiar comportamientos, sino puede sancionar empresas, administraciones o particulares que violen la información de carácter personal de los individuos. Las multas pueden variar desde los 900 hasta los 600.000 euros, según el tipo de infracción y factores como la reincidencia o la intencionalidad.

En noviembre del año pasado, el organismo presentó su plan estratégico para el periodo 2015-2019, en el que hace particular hincapié en la necesidad de sensibilizar a la población a través del fomento de la prevención en materia de privacidad en el ámbito educativo. Por otro lado, se propone trabajar con las empresas para que mejoren sus políticas y ofrezcan información al ciudadano para que pueda ejercer sus derechos.

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