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El Supremo da por buenas las cartas de despido del ERE de Bankia

El tribunal da la razón a la entidad y sienta doctrina para considerar procedentes los despidos

Reyes Rincón
El presidente de Bankia, Jose Ignacio Goirigolzarri.
El presidente de Bankia, Jose Ignacio Goirigolzarri.SUSANA VERA (REUTERS)

El Tribunal Supremo da la razón a Bankia en los pleitos que mantenía con decenas de trabajadores afectados por el ERE de 2013 respecto a la validez de las cartas de despido entregadas por la entidad. En contra del criterio de varios jueces de primera y segunda instancia, que han considerado improcedente el despido al entender que las cartas no recogían los criterios de selección de cada trabajador afectado, el alto tribunal considera que estos criterios estaban fijados en el acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, por lo que eran de “conocimiento general” aunque no conste en las cartas el baremo aplicado a cada uno de los afectados.

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La sentencia dictada por el pleno de la Sala de lo Social zanja una de las cuestiones que centraban buena parte de las más de 200 demandas individuales presentadas por trabajadores despedidos en el ERE de Bankia de 2013, que se saldó con 4.500 bajas, de las que alrededor de 540 fueron forzosas. La sentencia del alto tribunal resuelve el caso concreto de seis empleados, pero sienta doctrina para todos lo demás que hayan llevado a la entidad a los tribunales por la supuesta invalidez de las cartas de despido.

Los pleitos se centraban en si la comunicación que se le entregó a cada afectado debía recoger los criterios de selección que a ellos les afectaban y si debía darse copia de dicha carta a los representantes de los trabajadores. Según los recursos planteados por los afectados, las cartas incumplían el artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores, que regula los requisitos formales del despido por causas objetivas. La entidad, sin embargo, sostenía que la comunicación formal no tiene que cumplir estos requisitos cuando se trata de un despido individual derivado de uno colectivo.

Un Juzgado de primera instancia y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) habían dado la razón a los seis trabajadores y declarado improcedentes sus despidos. En sus argumentos constataban que antes de la reforma laboral de 2012 los despidos colectivos no tenían que cumplir las exigencias formales establecidas para los despidos objetivos, recogidas en el artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores. Pero tras la reforma laboral, el Estatuto señala expresamente que “el empresario podrá notificar los despidos individualmente a los trabajadores afectados, lo que deberá realizar conforme a lo establecido en el artículo 53.1 de esta ley”. Este cambio es el que llevó a los jueces de primera y segunda fallar en contra de Bankia.

Sin embargo, el Supremo admite que aunque de la nueva redacción puede deducirse que la carta notificando el despido individual derivado del ERE “ha de revestir –en general– las mismas formalidades que la comunicación del despido objetivo”, la existencia de un proceso negociador entre la empresa y los representantes sindicales “permite atenuar el formalismo”. En esta negociación, señala el tribunal, se habían acordado los criterios de baremación que se iban a usar para determinar qué trabajadores se incluirían en el ERE. “Parece razonable entender que en la comunicación individual del despido colectivo no es necesaria la reproducción de los criterios de selección fijados o acordados durante las negociaciones”, sostienen los jueces, que creen que la negociación previa exime a la empresa de que en la carta a cada afectado justifique individualmente su despido.

Varios magistrados han presentado votos discrepantes contra la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Luis Fernando de Castro.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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