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El BOE publica el calendario de días inhábiles de 2016

Se corresponde con el calendario laboral y sirve a efectos de computar plazos

El Boletín Oficial del Estado ha publicado este miércoles el calendario de días inhábiles de 2016. Este calendario, que se corresponde con el calendario laboral, es el que cuenta a efectos de cómputo de los plazos y es preciso tenerlo en cuenta a la hora de recurrir multas, presentar alegaciones y realizar otras gestiones administrativas.

Lo que se publica hoy es el calendario de días inhábiles para la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. Hay que tener en cuenta que, a efectos de cómputo de plazos, los sábados se consideran días hábiles.

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Así, la resolución establece que serán días inhábiles en todo el territorio nacional: los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las comunidades autónomas no ha ejercido la facultad de sustitución.

En esa situación se encuentran ocho días, además de los domingos: el 1 y 6 de enero (año nuevo y Reyes), el 25 de marzo (Viernes Santo), el 15 de agosto (ascensión de María), el 12 de octubre (fiesta nacional), el 1 de noviembre (Todos los Santos), el 6 de diciembre (día de la Constitución) y el 8 de diciembre (Inmaculada).

También son inhábiles en el ámbito territorial de las comunidades autónomas aquellos días que cada comunidad declara como festivos. Y, en los ámbitos territoriales de las entidades que integran la Administración local, los días que establezcan las respectivas comunidades autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.

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