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Dos inversiones y una decisión para ahorrar en IRPF

Elegir bien cómo y dónde están nuestros ahorros es esencial para la declaración

Invertir ahora mejora las posibilidades de un futuro tranquilo.
Invertir ahora mejora las posibilidades de un futuro tranquilo.SAMUEL SÁNCHEZ

¿Se ha preguntado alguna vez cuanto deja de ganar por elegir un instrumento fiscalmente inadecuado para su plazo de inversión? A la hora de invertir, la elección del vehículo es tan importante como cualquier otro aspecto. Y la fiscalidad, tan cambiante en los últimos años, cobra vital importancia.

Depósitos contra fondos de Inversión

Un ejemplo lo vemos en los depósitos, que serían como un préstamo que el ahorrador hace al banco a cambio de un tipo de interés. Su fiscalidad es muy sencilla, cada vez que venza el depósito o le paguen intereses, los rendimientos tributarán, necesitemos el dinero o no. Si el plazo de la inversión coincide con el vencimiento, perfecto. Pero si llegado el momento usted no necesita el dinero, y quiere reinvertirlo, existen instrumentos financieros con mejor tratamiento fiscal, como fondos de inversión.

El fondo es un patrimonio sin personalidad jurídica. Por ello, existe una sociedad gestora que gestiona e invierte todo el dinero aportado por los ahorradores en distintos activos financieros que constituyen el patrimonio del fondo. A diferencia de los depósitos, son instrumentos muy flexibles, con liquidez en cualquier momento, que permiten adaptar la cartera al perfil inversor y al plazo de la inversión. Además, cuentan con una ventaja fiscal, no tendrá que pagar impuestos por las ganancias siempre que se destinen a comprar otro fondo, lo que le permite aplazar el pago de impuestos indefinidamente y lograr más rendimientos por esos impuestos que no está pagando.

PIAS contra planes de pensiones

Instrumentos financieros pensando para el ahorro a largo plazo y con ventajas fiscales, tenemos los PIAS (Planes de Inversiones de Ahorro Sistemático) y los planes de pensiones.

Los PIAS están configurados como seguros de ahorro en los cuales usted se compromete al pago de una cantidad periódica a cambio de una rentabilidad mínima garantizada. Tienen una serie de características: las aportaciones anuales no podrán superar los 8.000 € ni los 240.000 € en el total de la vida del PIAS y tomador-asegurado y beneficiario, deberán ser la misma persona. Si llegado el vencimiento la prima más antigua tiene 10 años y decide cobrarlo como renta vitalicia, no tendrá que tributar por las plusvalías generadas. Si decide cobrarlo de golpe tributará al tipo del ahorro correspondiente.

Los planes de pensiones y los PPA (planes de pensiones asegurados) son instrumentos de ahorro para la jubilación. Actualmente solo tienen liquidez en el momento de la jubilación o situación asimilable. Las aportaciones tienen la ventaja fiscal de que reducen su base imponible con unos límites financieros y de deducción.

En lo referente al rescate del plan de pensiones o PPA, no tributa dentro de las rentas del ahorro, sino como una renta del trabajo y tributan tanto las plusvalías como las aportaciones. Si decide rescatar todo el dinero de una vez, las aportaciones y sus correspondientes plusvalías anteriores a 2007 se beneficiarán de una exención del 40 %. Este instrumento financiero será más interesante para las rentas más altas, que deducirán más al aportar.

La elección de un instrumento u otro no es rígida, se debe adecuar a lo que cada uno necesite y permitir diferir el pago de impuestos al momento en el que necesite el dinero.

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