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Competencia considera insuficiente la reforma de los colegios profesionales

La CNMC defiende que se reduzca más el número de colegiaciones obligatorias

Amanda Mars
José María Marín Quemada, presidente de la CNMC
José María Marín Quemada, presidente de la CNMCluis sevillano

El anteproyecto de ley con el que el Gobierno pretende liberalizar los servicios profesionales y poner coto al poder de los colegios resulta insuficiente para las autoridades de Competencia. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) es contraria a varios elementos importantes del anteproyecto de ley que ha elaborado el Ejecutivo porque mantiene restricciones en el acceso a algunos oficios que no ve justificadas y porque, además, limita las propias competencias de los profesionales dentro algunos ámbitos.

El organismo defiende la necesidad de regulación de algunas labores por la implicación en los derechos de los ciudadanos, pero siempre ha cuestionado, por ejemplo, que, una vez verificadas las aptitudes de los profesionales a la hora de prestar un servicio de interés general, se mantenga igualmente la colegiación obligatoria como segundo paso. También el Ejecutivo, al defender la normativa, ha argumentado recientemente que la colegiación no tiene por qué ser la forma de controlar el buen ejercicio de un oficio.

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La CNMC ve positivo que la norma liberalice algunos aspectos, pero cree que debería ir más lejos. Competencia no considera justificado que los médicos o abogados que trabajen exclusivamente para la Administración conserven la obligatoriedad de colegiarse, algo que figura en el anteproyecto de ley, cuando tienen un único empleador que es el que verifica su capacitación. De hecho, este argumento del único empleador es el mismo que usa el Ministerio de Economía para explicar por qué en la nueva normativa los abogados de empresas sí pierden la obligación de estar inscritos a un colegio en la futura norma.

“Competencia tradicionalmente ha cuestionado la existencia de tantos colegios obligatorios, no ve argumentos a que existan en determinadas profesiones”, señalan fuentes cercanas a la CNMC. El organismo no ha emitido todavía su dictamen ni ha recibido de forma oficial el anteproyecto de ley, pero sí tiene conocimiento del contenido, hecho público además por el Ministerio de Economía. La futura normativa, entre otras medidas, reduce de unas 80 a 38 el número de profesiones de colegiación obligatoria: la pierden los profesores de educación física, los licenciados en bellas artes, los agentes comerciales o los administradores de fincas, entre otros.

Para Competencia, como ha aclarado en otras ocasiones, no hay argumentos claros que justifiquen que, en cambio, sí se siga reclamando formar parte de colegios a profesionales como los procuradores, podólogos, enfermeros o graduados sociales. El organismo que presidente José María Marín también se ha opuesto tradicionalmente a varios elementos que el anteproyecto de ley no modifica, como el hecho de que sea obligatorio estar colegiado para tener una farmacia.

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La CNMC también cuestiona que los procuradores y los abogados no puedan compatibilizar ambas actividades. Si el abogado es el representante legal, el procurador es el que se encarga de cumplir con todos los trámites, intenta dotar de agilidad al proceso judicial y asegura que este cumple con las normas. La futura ley unifica las vías de acceso a ambos oficios, pero no permite que un abogado pueda ofrecer también sus servicios como procurador.

Pese a que el redactado final ha quedado descafeinado respecto a borradores anteriores, los cambios tienen en contra a la mayor parte de este tipo de organismos, que, cuando el Gobierno apruebe la normativa, entrarán en una nueva etapa: muchos de ellos dejarán de ser obligatorios, además el profesional podrá elegir en qué territorio se colegia y las cuotas estarán limitadas a 240 euros anuales, a no ser que la asamblea de un determinado colegio vote aumentarla con una mayoría de tres quintas partes.

Pero el mundo de los servicios profesionales también cuenta con restricciones dentro mismo ejercicio de las profesiones y algunas de estas, que sobreviven con la futura normativa, son contrarias a la posición de Competencia. Por ejemplo, el anteproyecto no prohíbe que los colegios profesionales compitan con sus propios asociados en la prestación de servicios o que intermedien entre la oferta y la demanda. Además, tampoco se establece de forma explícita que las profesiones puedan ofertar sus propios honorarios. El anteproyecto, asimismo, asigna a los colegios la función de informar en los procedimientos judiciales en los que se discuten los honorarios de un profesional.

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Sobre la firma

Amanda Mars
Directora de CincoDías y subdirectora de información económica de El País. Ligada a El País desde 2006, empezó en la delegación de Barcelona y fue redactora y subjefa de la sección de Economía en Madrid, así como corresponsal en Nueva York y Washington (2015-2022). Antes, trabajó en La Gaceta de los Negocios y en la agencia Europa Press

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